Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL, 4 de Julio de 2019, expediente CCC 031619/2018/TO01

Fecha de Resolución 4 de Julio de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 31619/2018/TO1 Buenos Aires, 2 de julio de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

Se reúnen los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n° 3 de Capital Federal, D.. G.P.V., como presidente, M.Á.C. y G.J.R., como vocales, juntamente con el secretario A.A.L., para redactar los fundamentos del fallo dictado el 13 de junio pasado en esta causa n° 31.619/18 (registro interno n° 5.849) seguida por el delito de homicidio agravado por el vínculo y por mediar violencia de género, cometido en grado de tentativa, a G.A.S., argentino, nacido el 30 de septiembre de 1992 en esta ciudad, soltero, empleado, titular del Documento Nacional de Identidad n°

37.120.248, hijo de O.G.S. y de I.B., con domicilio en la calle O.C.3., pasaje S.J., M. 57, casa 4, sector G, Barrio Flor del Ceibo, V.Z., de esta ciudad.

Intervienen en la audiencia el F. General Dr. A.Y. y asistiendo al imputado el Defensor Público Coadyuvante Dr. T.G.T..

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que por requerimiento de elevación de la causa a juicio obrante a fs. 145/148vta. se atribuyó a G.A.S. el hecho delictivo que el F. de Instrucción calificó de autoría de homicidio agravado por el vínculo y por mediar violencia de Fecha de firma: 04/07/2019 Alta en sistema: 05/07/2019 Firmado por: G.J.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.P.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.A.L., SECRETARIO DE CAMARA #32541657#238998986#20190704164652304 género, cometido en grado de tentativa (arts. 42, 80, inc. 1° y 11 del Código Penal) y describió en los siguientes términos:

    Hecho I:

    Ocurrido el día señalado por la madrugada, aproximadamente a las 03:30 o 04:00 hs., oportunidad en que el imputado se presentó en el domicilio de su ex concubina, M.G.O.G. y dentro de la habitación de la damnificada, que se encontraba acostada en su cama durmiendo, la despertó, increpándola verbalmente, y le propinó un golpe de puño en la espalda, arrastrándola del cuello hasta el piso de la habitación, luego le pegó golpes de puño en la cabeza y comenzó a ahorcarla, asfixiándola y ante los gritos de O.G. le colocó un trapo o remera en la boca para qué deje de gritar. Este episodio culminó cuando C. y A. (hermana e hijo de la damnificada) ingresaron a la habitación, momento en que se inició

    un forcejeo entre el imputado y la damnificada, quedándose S. encerrado en otra habitación.

    Hecho II:

    El mismo día, en horas de la tarde (después de las 18:00 horas), en el comedor del domicilio mencionado, nuevamente le propinó una golpiza a la víctima. Concretamente le asestó patadas en la zona abdominal, oportunidad en que la dejó sin aire, la empujó contra el lavarropas donde se lastimó la cintura, le propinó patadas en todo el cuerpo, en la cabeza, luego le levantó la cabeza y se la hizo rebotar en el suelo dos veces, lo que provocó

    que la damnificada se desmayara.

    Fecha de firma: 04/07/2019 Alta en sistema: 05/07/2019 Firmado por: G.J.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.P.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.A.L., SECRETARIO DE CAMARA #32541657#238998986#20190704164652304 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 31619/2018/TO1 En ese momento el imputado le pisó la cara con el pie ejerciendo presión y frotando su pie en la cara de la damnificada, lo que provocó que se encontrara muy mareada, desmayándose en varias oportunidades. Luego de recibir los golpes y cuando se incorporaba el imputado le volvía a pegar.

    En el marco de esa golpiza cuando el imputado intentó

    nuevamente pisarle la cara, O. se tapó con el brazo, por lo que la pisó en el hombro a la altura de la clavícula.

    En ese contexto la victima escuchó a G.S. decir “la mate” (sic).

    A causa de las agresiones padecidas O.G. sufrió la fractura de huesos propios de la nariz, latero-desviación de la pirámide nasal con hundimiento de la vertiente izquierda del techo, trazo de fractura bajo del huso nasal izquierdo, rasguño en la pera, lesiones en el pómulo, en la boca y un chichón grande en la cabeza

    .

  2. ) Que, invitado a formular descargo o aclaración acerca de la acusación, G.A.S. dijo que nunca quiso matarla, que jamás se le pasó por la cabeza, si bien admitió que la golpeó y le tiró del pelo aclarando que todo ello fue mutuo.

    Manifestó que nunca le puso nada en la boca para ahorcarla o asfixiarla; que se retiró de la habitación cuando llegaron A. y C. ante los llamados de M., y que él se fue a dormir a la pieza de al lado para no seguirla.

    Recordó que al día siguiente se chocaron cuando ambos pretendían entrar al baño y comenzaron a discutir de nuevo Fecha de firma: 04/07/2019 Alta en sistema: 05/07/2019 Firmado por: G.J.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.P.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.A.L., SECRETARIO DE CAMARA #32541657#238998986#20190704164652304 y ella le dijo que eso no quedaría así, ante lo cual le contestó que se tranquilice pero M. siguió insultándolo y agarró incluso un cuchillo. Fue entonces que, tras sacárselo de la mano, agarró todos los cuchillos que había en la casa y los tiró debajo de la cama para que no se llegara a otro extremo.

    En oportunidad de las palabras finales dijo que solo quería pedir que se lo juzgue por lo que hizo, y no por lo que dicen que hizo, y que confiaba en que el Tribunal hiciera justicia.

  3. ) Que durante el desarrollo de la audiencia de debate comparecieron a testificar:

    1. M.G.O.G. contó que el 20 de mayo del año pasado, alrededor de las 3.30 o 4 de la mañana, volvió del cumpleaños de un compañero a su casa y estando ya acostada y durmiendo, entró G. y le empezó a preguntar con quién había estado.

      Aclaró que habían convivido dos años con S. quien era el padre de su hija J., de dos años y que, en ese momento, no tenían relación porque estaban separados. Contó que se conocieron en febrero de 2016, cuando fue a tatuarla y empezaron a frecuentarse. Luego se entabló una relación hasta que, cuando quedó embarazada, se fue a vivir con ella; calculó que ello haría sido en julio de 2016.

      Dijo que, luego de dos años, en marzo de 2018, se separaron y S. se fue a vivir con su mamá, pero nunca dejó de estar y exigirle que quería estar presente por la hija. Contó que decidió separarse cuando S. la apuñaló en la pierna.

      Fecha de firma: 04/07/2019 Alta en sistema: 05/07/2019 Firmado por: G.J.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.P.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.A.L., SECRETARIO DE CAMARA #32541657#238998986#20190704164652304 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 31619/2018/TO1 También relató que, al mes y medio de embarazo, empezó a hostigarla, a perseguirla en el trabajo. Aclaró que no la acompañaba a los controles médicos, sino que la seguía y le decía que era una puta y que estaba con otra persona. Dijo que era celoso y psicópata; que le revisaba el teléfono y miraba sus redes sociales; que le habrá roto siete teléfonos durante la convivencia cuando ella no le permitía que los revisara.

      Contó que, antes de convivir, nunca pasó nada así y luego le decía “te celo porque te quiero, porque sos muy linda, sos la madre de mi hija” y más de una vez le dijo que le desfiguraría la cara para que nadie la mire.

      Dijo que manipulaba a sus otros hijos; por ejemplo, a A., de trece años, le decía que le contara cómo estaba vestida y con quién se había ido y le compraba cosas y le decía que ella lo había dejado. Que luego la encerraba y discutían fuerte, recordando que, una vez, estando embarazada de nueve meses, se le subió

      encima de la panza por lo que pudo haber perdido a su hija. Dijo que la asfixiaba, le prendía fuego la ropa, le tapaba la boca y no la dejaba respirar, al principio cada quince días, luego cada semana y al final todos los días tenían una situación violenta.

      Luego, en marzo de 2018, le cortó la pierna. Dijo que habían ido a la fiesta en San Blas, que estaba en el baño cuando entró S. y la increpó diciéndole que había tenido relaciones sexuales con alguien y luego la sacó de los pelos diciéndole “vamos puta de mierda”. Contó que logró zafar y salió corriendo por O.C. mientras S. le tiraba piedras. Más tarde en la Fecha de firma: 04/07/2019 Alta en sistema: 05/07/2019 Firmado por: G.J.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.P.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.A.L., SECRETARIO DE CAMARA #32541657#238998986#20190704164652304 casa, aumentó la violencia Agarró un cuchillo y se lo incrustó en la pierna, y debió ser internada en el Hospital Británico.

      Dijo que le comentó a sus compañeros de trabajo que estaba pasándola mal pero sin dales tantos detalles. Sí contó que era víctima de violencia doméstica a su madre, hermanas y a su compañero F., pero nunca lo denunció.

      Aclaró que decidió separarse cuando, antes de que la atacara después del boliche, S. le dijo que hablaría con el papá

      de los otros hijos para que se los sacaran. Que aunque ella le pedía que se fuera, S. no quería y le decía que no se iría nunca porque sus hijos querían que se quedara. Que, de hecho, su mamá tuvo que interceder para que se fuera.

      Contó que luego la perseguía en la escuela y la vigilaba, también en el trabajo y en el pasillo a la casa, a la que entraba e incluso se llevaba a su hija a la casa de la madre.

      Reiteró que S. iba a la casa cuando ella no estaba; decía que iba a cuidar a J. y llevaba comida. Que, incluso, puso un local a la vuelta para poder controlarla. Dijo que ponía la excusa de ver a J. pero iba para hostigarla y amenazarla, y que en ocasiones no decía nada para no discutir frente a los chicos.

      Respecto del hecho imputado, dijo que el 20 de mayo del año pasado, cuando ya no estaban conviviendo, volvió del cumpleaños de un compañero y se fue a dormir cuando, de repente, se despertó porque S. le gritaba si...

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