Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 30 DE LA CAPITAL FEDERAL, 27 de Agosto de 2019, expediente CCC 078610/2018/TO01

Fecha de Resolución27 de Agosto de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 30 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 30 de la Capital Federal CCC 78610/2018/TO1 la Ciudad de Buenos Aires, a los dieciséis días del mes de agosto del año dos mil diecinueve, se constituye en la sala de audiencias del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n° 30 de la Capital Federal, la doctora Marcela M.

Rodríguez, para la celebración de la audiencia prevista en el art. 293 del C.P.P.N., en la causa n° 5981 seguida a B.M.M., en orden al delito de amenazas coactivas (dos oportunidades hecho I y II) en concurso real con lesiones leves agravadas por haber sido cometidas contra una persona con la que al momento del hecho mantenía una relación de pareja y mediare violencia de género (hecho III) –arts. 55, 89, 92 en función del art. 80 inc. 1º y 11º, 183 y 149 bis-.----------------------------------------------------------------------------------------------

La doctora M.M.R. verifica por informe del Secretario, doctor J.M.A., la presencia del imputado B.M.M., su defensora doctora P.V. (Defensoría Oficial nº 20), la A.F., doctora C.T. y las presuntas víctimas A.M.M.M. y C.M.E..----------------------------------------------------------------- Por disposición de la doctora M.M.R., y previa conformidad de las partes, se tienen por incorporado el requerimiento de elevación a juicio de fs. 101/104 y el certificado de antecedentes de fs. 111.--------------------------------- Seguidamente, se interroga al imputado M.M. sobre sus condiciones personales, manifestando ser paraguayo, nacido el 3 de abril de 1970, hijo de I.M.V. y J.M., titular del D.N.I.E. 92.986.205, con domicilio en la casa 97 de la manzana 2 del barrio 21-24 de esta ciudad, con estudios secundarios incompletos, sin adicciones, percibe $10.000 aproximados mensuales de ingresos.-----------------------------------------------------------------------

Fecha de firma: 27/08/2019 Alta en sistema: 28/08/2019 Firmado por: M.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.M.A., SECRETARIO DE CAMARA #33495661#242554772#20190827083751269 Al serle concedida la palabra a la defensa, a cargo de la doctora V., manifiesta que solicita la suspensión de juicio a prueba por el término mínimo de un año, teniendo en cuenta que en caso de recaer sentencia condenatoria en la presente causa, la pena podría ser dejada en suspenso, ofrece que su defendido realice cuatro horas mensuales de tareas comunitarias en la sede de la Basílica Sagrado Corazón de Jesús sita en Vélez Sarfield 1351 de esta ciudad y abone la suma de $1.000 en concepto de reparación patrimonial a cada una de las presuntas víctimas en autos.-----------------------------------------------------------------

Seguidamente se les concede la palabra a las presuntas víctimas, señora M.M. y M.E., a quienes se les explica los alcances del instituto solicitado, quienes manifiestan que están de acuerdo y aceptan la reparación patrimonial ofrecida.-------------------------------------------------------------------------- Al serle conferida la palabra al A.F., manifiesta que teniendo en cuenta la escala penal para el delito imputado, la falta de antecedentes de M.M., en caso de recaer sentencia condenatoria la pena podría ser dejada en suspenso, teniendo en cuenta el presente ¨G.¨ de la C.S.J.N., por lo que presta conformidad para que se conceda la suspensión de juicio a prueba por el término de dos años y seis meses, plazo durante el cual deberá fijar domicilio, someterse al control de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal, efectuar cuatro horas mensuales de tareas comunitarias en el lugar solicitado y realizar el Programa Grupos para Hombres Violentos del Hospital Álvarez. A su vez, considera viable la reparación patrimonial ofrecida.------------------------------- Con lo que se da por finalizada la audiencia firmando la...

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