Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 26 DE LA CAPITAL FEDERAL, 26 de Agosto de 2019, expediente CCC 070068/2017/TO01

Fecha de Resolución26 de Agosto de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 26 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 26 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 70068/2017/TO1 Buenos Aires, 26 de agosto de 2019.

VISTA:

La causa n° 70.068/2017 (interno n° 5808) seguida a M.N.C., argentino, nacido el 30 de octubre de 1994 en Merlo, provincia de Buenos Aires, titular del Documento Nacional de Identidad n° 41.764.263, hijo de V. y de T.N.B., soltero, empleado en un lavadero, instruido, con legajo del Registro Nacional de Reincidencia T4529320 y P.P. de la División Robos y Hurtos n° 299.062, con último domicilio real en la calle E.B. 1851, torre 4, P.B.: N, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y actualmente detenido en el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza.

Intervienen en el proceso la Sra. Fiscal Dra. D.G. y la Defensoría General n° 13.

De la que RESULTA PRIMERO De acuerdo al requerimiento de elevación a juicio obrante a fojas 104 a 107 se le atribuye al acusado:

…el hecho ocurrido el día 17 de noviembre del 2017, a las 00.20 horas aproximadamente, en las inmediaciones de las calles T.T. y B.P. de esta ciudad

.

En dicha ocasión, el Sr. M.N.C. conducía la moto marca Honda, modelo Dally XRE 300, dominio 473-

JUT, color rojo y blanco, haciéndolo a alta velocidad y por la calle Fecha de firma: 26/08/2019 Alta en sistema: 28/08/2019 Firmado por: M.R.A., Juez Firmado(ante mi) por: J.M.B., SECRETARIO #32766801#242338453#20190823114539484 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 26 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 70068/2017/TO1 T.T., a la par de otro motociclista que no logró

identificarse

.

Al arribar a la calle B.P., advirtió la presencia de personal de Gendarmería, motivo por el cual, disminuyó su velocidad e intentó efectuar una maniobra en U con el objeto de darse a la fuga, y de ocultar la procedencia ilícita del rodado en el que se trasladaba, el que había sido sustraído el día anterior a su propietario y sobre el cual pesaba un pedido de secuestro

.

Producto de una mala maniobra, el Sr. C. cayó sobre el asfalto

.

Inmediatamente el Gendarme Miers se acercó hasta allí

con el objeto de identificar al acusado, quien en ese momento intentó

darse a la fuga, por lo que procedió a su detención y correcta identificación

.

Tras ello, se determinó que el vehículo marca Honda, modelo Dally XRE300, dominio 473-JUT, motor nro. ND12E1D900923 y chasis nro. 8CHND1210DP001356, registraba un pedido de secuestro vigente por haber sido sustraído a su titular (OMAR ALEJANDRO HOYOS), el día 16 de noviembre del 2017, a las 17.15 horas en las inmediaciones de la Av. C. y B., de esta Ciudad, por el delito de robo con armas por parte de dos masculinos que no lograron identificarse, hecho por el cual intervino la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional nro. 20

.

Fecha de firma: 26/08/2019 Alta en sistema: 28/08/2019 Firmado por: M.R.A., Juez Firmado(ante mi) por: J.M.B., SECRETARIO #32766801#242338453#20190823114539484 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 26 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 70068/2017/TO1 Este hecho fue calificado por el Sr. Fiscal de grado como constitutivo del delito de encubrimiento, debiendo responder como autor (arts. 45 y 277 inciso 1, apartado b) del Código Penal).

SEGUNDO Se presenta al Tribunal esta propuesta de juicio abreviado y cumpliendo con los recaudos formales establecidos por el artículo 431 bis del código de rito.

Allí (actas de fojas 224) el imputado presta conformidad con la existencia del hecho y admite la intervención que le cupo, y la Sra.

Fiscal, requiere al Tribunal que al momento de fallar se le imponga a M.N.C., la pena de un año de prisión y el pago de las costas.

Asimismo y en atención al antecedente condenatorio que el imputado ya registra, sentencia impuesta por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n° 22, en la causa n° 5522, de fecha 23 de agosto de 2018, a la pena de tres años de prisión y la del Juzgado de Primera Instancia en lo penal y Contravencional y de Faltas n° 18, en la causa n° 12.945/16 de fecha 5 de febrero de 2019, a la pena de ocho meses de prisión en suspenso y multa de mil pesos ($ 1.000) y costas; se le imponga en definitiva LA PENA ÚNICA DE TRES AÑOS Y SEIS MESES DE PRISIÓN, MULTA DE MIL PESOS ($ 1.000)

ACCESORIAS LEGALES Y COSTAS, debiéndose revocar la condicionalidad de la última sanción.

Fecha de firma: 26/08/2019 Alta en sistema: 28/08/2019 Firmado por: M.R.A., Juez Firmado(ante mi) por: J.M.B., SECRETARIO #32766801#242338453#20190823114539484 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 26 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 70068/2017/TO1 Todo ello de acuerdo a lo establecido por los arts. 5, 12, 29 inciso 3°, 45, 55, 58 y 277 inciso 1° apartado b) del Código Penal; y 530 y 531 del Código Procesal Penal de la Nación.

Después de haber recibido en audiencia personal al imputado, quien me ratificó el contenido del acuerdo me encuentro en condiciones de resolver.

Corresponde entonces que me pronuncie al respecto.

TERCERO Considero que en el marco de esta causa se ha adquirido certeza positiva en cuanto a la materialidad de los hechos y a la responsabilidad que le cupo al imputado en los mismos.

Así y en los términos fijado en la plataforma fáctica del requerimiento de elevación a juicio respectivo, he adquirido certeza positiva acerca de la materialidad de esos hechos.

En definitiva quedó demostrado, más allá de toda duda razonable, que el día 17 de noviembre de 2017, cerca de la medianoche, el acusado M.N.C., intentó ocultar a la autoridad policial la moto marca Honda, modelo Dally XRE 300, dominio 473-

JUT, color rojo y blanco, la que sabía proveniente de un delito, pues dicho vehículo le había sido sustraído el día anterior cerca de las 17 horas a su propietario el Sr. O.A.H. en las inmediaciones de la Av. C. y B. de esta ciudad, por parte de dos individuos armados, que no fueron identificados.

En efecto y en aquella oportunidad y mientras circulaba por las calles T.T. y B.P., el acusado, al advertir la presencia de personal de Gendarmería Nacional (el Oficial Miguel Fecha de firma: 26/08/2019 Alta en sistema: 28/08/2019 Firmado por: M.R.A., Juez Firmado(ante mi) por: J.M.B., SECRETARIO #32766801#242338453#20190823114539484 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 26 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 70068/2017/TO1 Ángel Miers) giró sobre su eje para darse a la fuga. Sin embargo, debido a una mala maniobra cayó pesadamente al pavimento lo que permitió

que el...

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