Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL, 16 de Agosto de 2019, expediente CCC 053388/2009/TO01/CNC001

Fecha de Resolución16 de Agosto de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 53388/2009/TO1/CNC1 Buenos Aires, 16 de agosto de 2019.

VISTA:

La causa n° 53.388/2009 (interno n° 4858) seguida a V.J.R., argentino, nacido el 10 de noviembre de 1968 en esta ciudad, titular del Documento Nacional de Identidad n°

20.404.594, hijo de V.D. y de A.M.K., soltero, desarrollador de proyectos inmobiliarios, instruido, titular del prontuario policial Legajo C.

  1. n° 9.539.158, con domicilio real en la calle Ayacucho 1095, piso 8°, departamento: 5 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

    Intervienen en el proceso representando al Ministerio Público Fiscal, la Dra. A.D.C., los querellantes, representados por los Dres. J.H.D. y R.A.M. y el Sr.

    defensor de confianza, Dr. C.S.M..

    De la que RESULTA PRIMERO En lo que respecta a esta causa la acusación privada, representada por el abogado J.H.D., sostuvo que:

    Con fecha 12/12/2007 la abogada D.R.C., adquirió, por medio de escritura de compraventa n° 318 un inmueble sito en el Partido de V.G., Pcia. De buenos Aires, consistente en 28 ha., 43ª., 13 ca., por ante el E.W.F.S., aportado para tal adquisición U$S 40.000, el procesado R. y R.M. un monto igual

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    Fecha de firma: 16/08/2019 Alta en sistema: 21/08/2019 Firmado por: M.R.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.I.B., SECRETARIO DE JUZGADO #30680997#241677480#20190816121751478 “La compra la realizó la nombrada en el carácter de Fiduciaria del F.C., de acuerdo a la Ley 24.441, y con fondos del mismo de acuerdo a lo estipulado por el contrato de F. según escritura otorgada en la fecha al folio 107 de este Registro Notarial”.

    Con idéntica fecha, es decir el 12/12/07 y ante el mencionado notario se constituyó por medio de escritura 317 al folio 107, n fideicomiso que se denominó F.C.

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    En dicho F. se le otorgó, como se dijese, a la Dra. D.R.C. el rol de Fiduciaria determinándose quien tiene a su cargo la administración de los activos transferidos por los FIDUCIANTES BENEFICIARIOS, o lo que por subrogación se incorporen en el futuro, para aplicarlos conforme a lo establecido en las cláusulas de este contrato, a adquirir la propiedad fiduciaria del inmueble, abonar los gastos del INMUEBLE, y las obras de infraestructura del emprendimiento, controlar la ejecución de las mismas y por último adjudicar a cada uno de los FIDUCIANTES BENEFICIARIOS los lotes que les corresponden. Se determinó

    asimismo, en la cláusula 5-4 de la escritura en comentario que: EL FIDUCIARIO rendirá cuentas a los FIDUCIANTES BENEFICIARIOS en forma anual. Esta rendición de cuentas se ajustará a las siguientes pautas: 5-4-1) la rendición de cuentas se efectuará por escrito y contendrá el detalle de las tareas realizadas y de aplicación de fondos y será remitida por el FIDUCIARIO al domicilio constituido por el FIDUCIANTE BENEFICIARIO dentro de los diez días corridos siguientes de comenzado cada año

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    Se determinó también como obligación de EL FIDUCIARIO: …controlar la ejecución por parte del FIDUCIARIO Fecha de firma: 16/08/2019 Alta en sistema: 21/08/2019 Firmado por: M.R.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.I.B., SECRETARIO DE JUZGADO #30680997#241677480#20190816121751478 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 53388/2009/TO1/CNC1 INVERSOR DESARROLLISTA de las obras comprometidas. Las mismas deberán ser efectuadas teniendo como parámetro las obras de similares características que se han efectuado en el inmueble lindero, parcela 40pp…

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    Le fue otorgado el rol de FIDUCIANTE BENEFICIARIO INVERSOR Y DESARROLLISTA ORIGINARIO a V.J.R., quien:…es la persona física que aportará parte de los fondos necesarios para la compra del inmueble, que se incorporará

    en dominio fiduciario a este F., y se obliga a aportar los fondos necesarios para que EL FIDUCIARIO realice las obras de infraestructura y servicios y en general, para todo gastos necesario para llevar adelante las tareas que permitan terminar con la urbanización del inmueble en los términos del presente contrato y a quien corresponderá

    el derecho a la adjudicación de los lotes asignados. Dentro de las atribuciones del mencionado R. en la cláusula…13)

    COMERCIALIZACIÓN DE LAS UNIDADES Y REGLAMENTO DE ADMINISTRACIÓN Y CONVIVENCIA: 13.1. La comercialización de las unidades que surgen del proyecto de subdivisión del Anexo I estará a cargo en forma exclusiva del FIDUCIANTE- BENEFICIARIO INVERSOR Y DESARROLISTA originario o de la persona que éste designe con el único requisito de idoneidad

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    “Le fue otorgado el rol de FIDUCIANTE-

    BENEFICIARIO INVERSOR ORIGINARIO a R.A.M..

    “El hecho es que a través de importantes y diferentes tipos de publicidades, en todo tipo de medios, mis mandantes tomaron conocimiento de un emprendimiento inmobiliario denominado C.d.M., consistente en más de 120 lotes de terreno de diversos tamaños Fecha de firma: 16/08/2019 Alta en sistema: 21/08/2019 Firmado por: M.R.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.I.B., SECRETARIO DE JUZGADO #30680997#241677480#20190816121751478 y departamentos (unidades de viviendas) construidos y a construirse en una lonja de terreno de un poco más que 60 ha., sitas en el Partido de V.G., Pcia. De Buenos Aires. Varios de mis poderdantes se interesaron, además de la abundante publicidad, a través de la Inmobiliaria G. de la localidad de V.G., Mar de las Pampas y Mar Azul, cuyo titular es el Señor R.G..

    En el emprendimiento entre otras obras se efectuaron las siguientes: a) entrada con construcciones varias sobre la ruta 11, a la altura del km. 425,5, b) alambrado perimetral, c) entrada con obras varias sobre playa, d) instalación de tendido eléctrico general, habiendo hoy más de 20 casas habitaciones con servicio eléctrico, etc.

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    El emprendimiento comenzó a desarrollarse en 2005, en una primera lonja de terreno de aproximadamente 30 ha. En diciembre de 2005 se entregaron los primeros 12 departamentos (numerados del 1 al 12) llamada etapa primera y varias casas

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    En 2006 se hizo entrega de los segundos 12 (numerados del 13 al 24) denominado etapa segunda y otras casas

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    En abril de 2007 comenzó el desarrollo de la lonja lindera del lado sur, denominada 40rr, entregándose en diciembre de dicho años, los primeros 12 departamentos (numerados 25 al 36) y quedando parcialmente terminada la construcción de la cuarta etapa (numerados 37 al 48), así como otras nuevas casas

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    Atento que las fechas, precios, unidades y demás detalles de los contratos para las diversas operaciones de compraventa fueron diferentes efectuamos un detalle para cada una de ellas:

    Unidad 73, Planta Alta, adquirida por P.I.R.:

    El S.A.B. y su Señora esposa P.I.R., concurrieron a G.I., en la cual su titular, el Señor Fecha de firma: 16/08/2019 Alta en sistema: 21/08/2019 Firmado por: M.R.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.I.B., SECRETARIO DE JUZGADO #30680997#241677480#20190816121751478 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 53388/2009/TO1/CNC1 R.G., los entusiasmó, con la descripción de los departamentos y les mostró otros ya construidos, de idéntica factura al que adquirirían. Lo único que el mencionado les advirtió que la fecha de entrega sería la pactada; lo que se podría atrasar, aproximadamente un par de años era la suscripción de la escritura traslativa de dominio ya que debían aprobarse los planos y la subdivisión de los lotes y unidades de viviendas

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    Con fecha 12 de marzo de 2008, se hizo reserva de la unidad, entregándose en ese acto la suma de u$s 4.500 en G. Inmobiliaria a su mismo titular, estableciéndose como fecha de firma del boleto el 18/03/08. En dicha fecha, se suscribió en las oficinas de C.d.M. S.A. y con la presencia del S.R.G., entre la Sra. I.P.R. y V.J.R., éste último en su rol de FIDUCIANTE BENEFICIARIO INVERSOR Y DESARROLLISTA, quien además reviste el carácter de presidente de C.d.M. S.A., el pertinente boleto de compra venta, abonando, la adquirente, en dicha fecha el 50% del precio, es decir U$S 45.000, y el saldo de la comisión del martillero hasta un total de U$S 5400. El día 3 de abril de 2008, completó el precio pactado, abonando el saldo del precio es decir U$S 45.000, atento que el precio final de la unidad adquirida se pactó en U$S 90.000

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    Ante el retraso de las obras, que determinaban como fecha de entrega el 18/06/09 se le solicitó al FIDUCIANTE BENEFICIARIO INVERSOR Y DESARROLLISTA, V.J.R. entregara la posesión de la unidad en el estado de construcción en que se encontraba, a lo que el mencionado accedió con fecha 29 de octubre de 2009 mediante Acta Notarial de Entrega de Posesión suscripta por ante la E.M.B.F., en el cual se Fecha de firma: 16/08/2019 Alta en sistema: 21/08/2019 Firmado por: M.R.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.I.B., SECRETARIO DE JUZGADO #30680997#241677480#20190816121751478 otorgó la posesión formal y material de la unidad adquirida. En resumen P.I.R., no sólo ha pagado el total del precio de la unidad adquirida sino que además ha recibido la posesión formal y material de la misma

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    “Unidad 60, Planta Alta, adquirida por G.F.C.:

    Con fecha 15/05/08, suscribió G.F. casal con V.J.R., éste último en su rol de FIDUCIANTE BENEFICIARIO INVERSOR Y DESARROLLISTA, quien además reviste el carácter de presidente de C.d.M. S.A., el pertinente boleto de compraventa, abonando en dicha oportunidad el total del precio pactado de $ 245.670, por la compra de la unidad 60 de la Planta Alta de la etapa quinta y sexta de C.d.M.

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    Ante el retraso de las obras, que determinaban como fecha de entrega en el mes de diciembre de 2008, se le solicitó al FIDUCIANTE BENEFICIARIO INVERSOR Y DESARROLLISTA, V.J.R. entregara la posesión de la unidad en el estado de construcción en que se encontraba, a lo que el mencionado accedió con fecha 29 de octubre de 2009, mediante Acta Notarial de Entrega de Posesión suscripta por ante la E.M.B.F., en el cual se otorgó la...

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