Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1, 15 de Abril de 2019, expediente CFP 004684/2012/TO01/CFC001

Fecha de Resolución15 de Abril de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1

CFCP - Sala I CFP 4684/2012/TO1/CFC1 Cámara Federal de Casación Penal Registro Nro. 570/19 la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Capital Federal de la República Argentina, a los 15 días del mes de abril del año dos mil diecinueve, se reúne la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por el doctor D.G.B. como P. y los doctores D.A.P. y A.M.F. como Vocales, a los efectos de resolver el recurso de casación interpuesto por la defensa particular en esta causa nº CFP 4684/2012/TO1/CFC1, caratulada: “B., E. s/abuso sexual –art. 119, 1er párrafo CP”, de cuyas constancias RESULTA:

  1. ) Que, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 2 –con integración unipersonal- resolvió “Condenar a E.B. (…), a la pena de un (1) año de prisión en suspenso (…) por considerarlo autor penalmente responsable del delito de abuso sexual (artículos 26, 29 –

    inciso 3°-, 40, 41, 45 y 119 primer párrafo del Código Penal de la Nación; 530 y 531 del Código Procesal Penal de la Nación)”, e impuso a su vez al nombrado “el cumplimiento, por el término de dos años, de la regla de conducta establecida en el inc. 1° del art. 27 bis del Código Penal, esto es, fijar residencia y someterse al cuidado de un patronato” (fs. 789/795; 804/806 vta.; 808/808 vta.; 809/810; 814/838 vta.).

  2. ) Contra dicha resolución, la defensa particular del imputado B. interpuso recurso de Fecha de firma: 15/04/2019 1 Alta en sistema: 16/04/2019 Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: DIEGO G. BARROETAVEÑA, JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: D.A.P., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado(ante mi) por: F.M., Prosecretaria de Camara #19771539#231830587#20190416120806434 casación (fs. 844/857 vta.).

    El recurso fue concedido a fs. 858/859 vta., y mantenido en esta instancia a fs. 864.

  3. ) Que durante el trámite previsto en los arts.

    465 - cuarto párrafo - y 466 del Código Procesal Penal de la Nación, se presentó el Sr. Fiscal General ante esta Cámara, Dr. J.A. De Luca, quien solicitó que se rechace el recurso (fs. 867/868 vta.).

  4. ) Cumplidas las previsiones del art. 468 del Código Procesal Penal de la Nación, de lo que se dejó

    debida constancia en autos (fs. 880), las actuaciones quedaron en condiciones de ser resueltas.

  5. ) Efectuado el sorteo de ley para que los señores jueces emitan su voto, resultó el siguiente orden sucesivo de votación: doctores A.M.F., D.A.P. y D.G.B..

    La señora jueza doctora A.M.F. dijo:

    I I.1) Los comportamientos por los que fuera condenado E.B. tuvieron como víctima a J.A.G., y ocurrieron en el ámbito del Hospital Aeronáutico Central, institución en la que -al momento de los hechos-

    el encartado se desempeñaba como médico, y la nombrada como enfermera.

    El primero de los hechos atribuidos –conforme quedara fijado en la sentencia que aquí se recurre-, “ocurrió el día 18 de diciembre de 2010 en la sala de médicos del citado nosocomio en circunstancias que, según se pudo reconstruir a partir de la prueba testifical, el imputado B. se hizo presente en el sector donde se encontraba la víctima (J.A.G.) desayunando junto a los también enfermeros B. y Luero. Al llegar, el médico saludó con un beso a estos últimos y, al pretender hacer 2 Fecha de firma: 15/04/2019 Alta en sistema: 16/04/2019 Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: DIEGO G. BARROETAVEÑA, JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: D.A.P., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado(ante mi) por: F.M., Prosecretaria de Camara #19771539#231830587#20190416120806434 CFCP - Sala I CFP 4684/2012/TO1/CFC1 Cámara Federal de Casación Penal lo mismo con (J.A.G.), ésta se negó por no tratarse del saludo permitido en el ámbito castrense. Se produjo un altercado entre ambos que finalizó cuando se retiró

    B. del lugar”.

    Sin embargo, a los pocos minutos (B.)

    regresó y ordenó a (J.A.G.) que lo acompañase a la Sala de Médicos. Una vez allí, mientras la víctima se encontraba sentada con sus manos sobre la mesa, B. apoyó

    una de sus manos sobre las de ella, reteniéndoselas y, con la mano restante, realizó tocamientos de índole sexual al introducirla entre sus piernas, en la zona vaginal, por encima del ambo que vestía. Simultáneamente, acercó su cabeza a la de (J.A.G.) y, al oído, le dijo que eso era lo que buscaba, que a ella le gustaba, refiriéndose a ella como ‘gordita’

    .

    El segundo hecho motivo de condena ocurrió “el día 13 de enero de 2011, nuevamente en el interior del Hospital Aeronáutico Central, esta vez a la salida de los ascensores del cuarto piso del hall central, B. realizó tocamientos de índole sexual sobre los senos de la víctima (J.A.G.)”.

    Así fue descripto por la damnificada (…) En sus propias palabras: ‘esperando el ascensor en el cuarto piso, estaba sola, llamo al ascensor para bajar, me tenía que retirar, aparece este señor en el ascensor, yo me corro para que pudiera salir sin tener ningún tipo de contacto ni nada, se me acerca y me manosea los pechos. Yo le retiro las manos, de forma como pude corriéndole las manos con mis brazos y me voy por escaleras, hasta el primer piso, que era entrepiso donde teníamos el vestuario Fecha de firma: 15/04/2019 3 Alta en sistema: 16/04/2019 Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: DIEGO G. BARROETAVEÑA, JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: D.A.P., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado(ante mi) por: F.M., Prosecretaria de Camara #19771539#231830587#20190416120806434 femenino y podíamos cambiarnos’

    (fs. 831/831 vta.).

    I.2) Para sustentar la responsabilidad penal de E.B. por los hechos antes descriptos, el tribunal a quo tuvo particularmente en cuenta el testimonio de la víctima, J.A.G., quien al declarar en el marco del debate oral refirió que había ingresado a la Fuerza Aérea en el año 2007 -con el grado de Cabo-, y que fue destinada al Hospital Aeronáutico Central, donde se desempeñaba como enfermera. Indicó que en junio de 2009 se produjo el ingreso de B. al citado nosocomio, como residente de primer año, y puntualizó que ya desde ese momento “comenzaron distintas situaciones de descalificación, de denigración, de maltrato verbal hacia mi persona. En distintas oportunidades me descalificó como mujer y como profesional”.

    Para ejemplificar el alegado maltrato, J.A.G.

    recordó “un suceso en el que B. le apoyó el dedo índice en su cabeza y luego de empujarla, afirmó ‘que vaya ésta que está al pedo’, ante la negativa de una colega suya a realizar una tarea, ‘cuando yo nunca le di ninguna confianza como para que se dirigiera a mí de esa manera’ y cuando se lo manifestó al imputado, ‘en todo momento hace referencia de que como era mujer tenía que hacer lo que él decía, ni hablar en el ámbito militar siendo él superior mío’”.

    Luego, al describir el primero de los hechos que motivaran el juicio, relató que “el 18 de diciembre del año 2010, estando de guardia un día sábado con la Cabo Bordón y el Cabo Primero Luero, se presentó B. sin estar de guardia y de civil ‘saluda al Cabo Luero con un beso y se queda hablando con él’. Luego ‘pretende hacer lo mismo conmigo y yo no me acerco a él para darle un beso, porque no es lo que corresponde’. Que en ese momento 4 Fecha de firma: 15/04/2019 Alta en sistema: 16/04/2019 Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: DIEGO G. BARROETAVEÑA, JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: D.A.P., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado(ante mi) por: F.M., Prosecretaria de Camara #19771539#231830587#20190416120806434 CFCP - Sala I CFP 4684/2012/TO1/CFC1 Cámara Federal de Casación Penal ‘se exalta el señor y empieza a decirme que no corresponde descalificar, o no cumplir la orden que él daba, si él me quería dar un beso, yo se lo tenía que dar’”.

    Prosiguió su descripción refiriendo que “como había otras personas, B. ‘me cita a que yo me retire del lugar y vaya a la sala de médicos, donde él cierra la puerta, me dice que me siente y él se queda parado en la sala. Entonces me siento, pongo mis dos manos en el escritorio, me siento derecha, este señor me retiene las manos con una mano y con la otra la introduce dentro de mis piernas sobre el ambo y me dice al oído que era lo que yo estaba buscando, que era lo que a mí me gustaba, y me dice gordita’. En ese momento logró sacar las manos del imputado y se retiró abruptamente de la Sala de Médicos”, y “se fue al baño, que queda en el segundo piso, ‘llorando, tratando de calmarme, de poder ir a dar la novedad a quien corresponda. En ese momento estaba como jefa de turno la teniente C. y sin dar mucho detalle le doy la novedad, quien me dice que ella iba a hablar con él, que después me iba a ver a mí’”.

    La teniente C. –dijo J.A.G.- no pudo encontrar a B. en ese momento, y decidió que “el lunes siguiente” ella y la víctima pedirían una entrevista “con el V.M., que era el subdirector o director médico, para darle la novedad correspondiente”.

    Cuando finalmente pudieron reunirse con M., éste le pidió a J.A.G. que cuente lo sucedido, pero seguidamente “sin permitirle finalizar el relato, le dijo que ‘si esto estaba pasando era porque yo lo estaba provocando y que él conocía muy bien todo lo que respecta Fecha de firma: 15/04/2019 5 Alta en sistema: 16/04/2019 Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: DIEGO G. BARROETAVEÑA, JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: D.A.P., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado(ante mi) por: F.M., Prosecretaria de Camara #19771539#231830587#20190416120806434 (al) historial familiar de este señor y que a mí no me conocía y que ponía en duda lo que estaba diciendo”, dispuso asimismo el nombrado –conforme lo relata la víctima- que J.A.G. sea asignada a otro sector.

    Con respecto al segundo hecho del que fuera víctima, J.A.G. refirió que éste ocurrió “en el hall del cuarto piso del hospital, mientras se encontraba sola esperando el ascensor y al llegar uno de...

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