Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: PATTA, LUIS EMANUEL s/INFRACCION LEY 23.737

Número de expedienteFSA 029048/2018/TO01
Fecha08 Abril 2019
Número de registro231389974

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SALTA En la ciudad de Salta, a los cinco días del mes de Abril del año dos mil diecinueve, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Salta N° 1, integrado por los señores Jueces de Cámara F.S.D. -Presidente-, M.M.J.A., y M.L.S., con la asistencia de la Secretaria M.A.F., procede a dictar Sentencia en la causa N° FSA-29.048/2.018/T.O.1, caratulada “PATTA, L.E. s/ Infracción Ley N° 23.737 – Transporte de Estupefacientes”, en la que se encuentra imputado L.E.P., argentino, soltero, independiente, de veinticinco años de edad, titular del Documento Nacional de Identidad Nº 37.919.470, con instrucción, nacido en fecha 25 de Diciembre de 1.993, hijo de J.M.P. y de A.M.R., con domicilio real en la calle E.A.N.° 157, del Barrio Zarzoso, de la ciudad de San Pedro de Jujuy, Provincia de Jujuy, asistido por el señor Defensor Público Doctor O.T. delC., e interviniendo como representante del Ministerio Público Fiscal el S.F. General C.M.A..

Y CONSIDERANDO Que, en miras a una mejor disposición metodológica, las cuestiones a tratar serán las siguientes:

I) Plataforma Fáctica;

II) Análisis de la descripción del hecho;

III) Análisis del reconocimiento del hecho y de la responsabilidad;

IV) Análisis de la calificación de la conducta; y

V) Análisis de las penas solicitadas.

I) Plataforma fáctica.

  1. La presente causa se inició el día 28 de Septiembre de 2.018, aproximadamente a horas doce (12:00), en oportunidad en la que el personal del Escuadrón 45 “Salta”, de Gendarmería Nacional, integrado por los gendarmes M.F. de firma: 08/04/2019 Alta en sistema: 09/04/2019 Firmado por: F.S.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.M.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.S., JUEZA DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.A.F., SECRETARIA #33033658#231389974#20190408124216580 F.C., L.M.P. y D.A.P., se encontraba realizando un operativo público de control y prevención en la Ruta Provincial N° 68, Kilómetro 5, cuando controlaron un vehículo marca Renault, modelo L., de color blanco, Dominio colocado PGD-257, conducido por L.E.P., quien al ser preguntado acerca del origen y destino del viaje, respondió que venía de la ciudad de San Pedro de Jujuy, Provincia de Jujuy, y que se dirigía hacia la ciudad de Cafayate, Provincia de Salta. Asimismo, presentó cédula de identificación del automotor, de la que surgió que era su titular registral. Se le solicitó que estacionase a la vera del camino para el correspondiente control físico y documentológico; de este último no se advirtió ninguna novedad. Al proseguir con el control del automóvil, la gendarme C.G. advirtió que los bordes internos de la guantera contenían masilla y restos de pegamento. Al verificar el actuario, S.F.R.M. la parte interior del torpedo del rodado a la altura de la guantera, denotó una modificación a la estructura, impropia del vehículo. También, al levantar la tapa que cubre el habitáculo del Airbag, observó a simple vista la presencia de un paquete rectangular, envuelto en cinta de pegar de color ocre.

    Frente a esta situación, el personal preventor convocó la presencia de los testigos hábiles señores A.G.L., y E.G.E., y procedió a realizar las comunicaciones judiciales correspondientes, siendo dispuesto por el señor J.F.M.A.M. el traslado del rodado al asiento de la Unidad para una requisa minuciosa. Una vez allí, extraída completamente la tapa del Airbag, se detectaron paquetes de distintos tamaños, envueltos en cinta de color ocre, procediendo a la extracción, y contabilizando los mismos, alcanzando un total de cuarenta y tres (43) paquetes.

    Acto seguido, se efectuó la prueba de campo sobre cuatro (04) paquetes elegidos al azar por los testigos, arrojando resultado positivo para la presencia de Fecha de firma: 08/04/2019 Alta en sistema: 09/04/2019 Firmado por: F.S.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.M.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.S., JUEZA DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.A.F., SECRETARIA #33033658#231389974#20190408124216580 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SALTA cocaína. El peso ascendió a veinticuatro mil ciento setenta y cinco gramos (24.175).

    Se informó al Juzgado acerca del resultado de la requisa, disponiéndose la detención del ciudadano, el secuestro del estupefaciente, del vehículo, del dinero encontrado ($19.000,00.-), y de todo elemento de interés para la causa, entre otras medidas (fojas 01/08).

  2. A fojas 24 fue indagado el imputado, haciendo uso de su derecho de abstenerse de declarar.

  3. A fojas 43 declaró el testigo civil A.G.L., quien contó que ese día estaba trabajando en construcción, y que cuando salió a la ruta vio a la gente de Gendarmería y a un auto estacionado. Dijo que estuvo presente cuando lo abrieron y cuando los gendarmes hallaron paquetes marrones delante del asiento del acompañante. Asimismo, manifestó que observó la realización de la prueba de campo, que arrojó resultado positivo para la presencia de cocaína, y que también se secuestró dinero que estaba en poder del encartado.

  4. A fojas 44 hizo lo propio el testigo civil E.E., quien declaró que el día de los hechos, al salir del trabajo vio que la Gendarmería Nacional detuvo un auto blanco. Señaló que participó en el procedimiento, viendo cuando abrieron el auto, corroborando que en la parte de adelante había paquetes marrones, que sumaron un total de cuarenta y tres (43). Refirió que la prueba de campo dio resultado positivo para cocaína, y que se secuestró la suma de diecinueve mil pesos ($19.000,00.-) que llevaba el causante.

  5. A fojas 46 obra el acta de pesaje judicial de la sustancia incautada, del que surge que el peso fue de veintidós mil ochocientos setenta y siete con 50/100 gramos (22.877,50).

    Fecha de firma: 08/04/2019 Alta en sistema: 09/04/2019 Firmado por: F.S.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.M.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.S., JUEZA DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.A.F., SECRETARIA #33033658#231389974#20190408124216580 f) A fojas 54 rola el informe mental, del que surge que al momento de los hechos P. habría comprendido la trascendencia de sus actos, y que dirigía libremente sus acciones.

  6. A fojas 55/66 se agregó el informe de la pericia efectuada sobre la telefonía celular secuestrada al encartado en el procedimiento.

  7. A fojas 72/73 se incorporó el informe socio ambiental realizado por la Policía Federal Argentina, D.J..

  8. A fojas 76/85 está adjuntado el informe de la pericia química, del que se advierte que la sustancia secuestrada se trató de clorhidrato de cocaína, con una concentración que osciló entre 55,044% al 89,090% de pureza, con capacidad para producir ciento sesenta y un mil novecientos cuarenta y cuatro (161.944) dosis umbrales.

  9. A fojas 87/90 se procesó al imputado en orden al delito de Transporte de Estupefacientes, previsto y reprimido por el artículo 5 inciso c de la Ley N°

    23.737. Asimismo, se convirtió en prisión preventiva su detención.

  10. A fojas 96 rola la constancia de depósito judicial del dinero incautado durante el procedimiento.

  11. A fojas 99 se agregó el informe del Registro Nacional de Reincidencia, del que advierte que el causante no tiene antecedentes penales computables.

  12. A fojas 100/102 el señor F.F. requirió la elevación de la causa a juicio por idéntico delito por el que P. fue procesado.

  13. A fojas 112 se clausuró la instrucción, ordenándose la remisión de las actuaciones a este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Salta N° 1, siendo recibidas a fojas 114.

    Fecha de firma: 08/04/2019 Alta en sistema: 09/04/2019 Firmado por: F.S.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.M.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.S., JUEZA DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.A.F., SECRETARIA #33033658#231389974#20190408124216580 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SALTA o) A fojas 116 se citó a las partes a juicio, y para que ofreciesen pruebas, haciéndolo la representante del Ministerio Público Fiscal a fojas 133/134, y haciéndolo la Defensa Oficial del imputado a fojas 138/139.

  14. A fojas 146 se fijó fecha de audiencia de debate para el día 27 de Marzo del corriente año, a horas 08:30.

  15. A fojas 162/164 señor F. General ante el Tribunal Oral solicitó que se dispusiere la aplicación del instituto de juicio abreviado, acompañando la correspondiente acta, mediante la que el imputado asesorado por su abogado defensor, reconoció la materialidad del hecho y su participación, bajo la calificación legal del delito de Transporte de estupefacientes, previsto y reprimido por el artículo 5 inciso c de la Ley N° 23.737, acordando una pena de cuatro (04) años y diez (10) meses de prisión efectiva, multa de cincuenta unidades fijas (50), con más las inhabilitaciones de ley por el término de la condena (artículo 12 del Código Penal), y las costas del proceso, como así también el decomiso de todos los elementos secuestrados (artículo 30 de la Ley N° 23.737).

  16. A fojas 171 obra el Acta de Audiencia prescripta por el artículo 431 bis punto 3 del Código Procesal Penal de la Nación, oportunidad en la que se tomó

    conocimiento de visu del procesado. En dicho acto, el...

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