Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MENDOZA 1 - SECRETARIA, 4 de Abril de 2019, expediente FMZ 000699/2018/TO01

Fecha de Resolución 4 de Abril de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MENDOZA 1 - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MENDOZA 1 FMZ 699/2018/TO1 FUNDAMENTOS DE LA SENTENCIA Nº 1.903 M., cuatro de abril del año dos mil diecinueve. De conformidad con lo dispuesto por los arts. 399 y 400 del Código Procesal Penal de la Nación, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1 de M., integrado por los señores Jueces de Cámara doctores A.D.C., M.P.M. y A.W.P., con la presidencia del primero de los nombrados en presencia del señor Secretario doctor E.F., luego de la audiencia de debate celebrada en los autos Nº FMZ 699/2018/TO1, caratulados “PADRONI, F.M. y otros s/ Inf. Ley 23.737”, se planteó las siguientes cuestiones a resolver:

1. ¿Procede el planteo de nulidad formulado por las defensas de los imputados?

2. En caso negativo, ¿están acreditados los hechos en su materialidad y autoría?

3. En caso afirmativo, ¿qué calificación legal y pena les corresponde?

4. Costas.

Introducción.

  1. Los hechos presuntamente delictivos que abren la instancia ante este Tribunal han sido definidos por el Ministerio Público F. en el requerimiento de elevación a juicio obrantes a fs. 559/571.

    La pieza acusatoria atribuyó a F.M.P.S. la infracción al artículo 5º, incisos "b" y “c” de la Ley 23.737, en las modalidades de fabricación de estupefacientes y de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, en concurso real con el artículo 189 bis, inciso 2, primer y segundo párrafo, e inciso 3, del Código Penal, en calidad de autor. Asimismo, se atribuyó a M.A.D.F., L.A.B.C. y J.N.P.D. la infracción al artículo 5º, inciso "c" de la ley 23.737, en la modalidad de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, con el agravante del artículo 11º, inciso "c" de la misma norma -por haber intervenido en el hecho tres o más personas-, en calidad de autores.

    Fecha de firma: 04/04/2019 Firmado por: A.W.P., J. de Cámara Firmado por: M.P.M., J. de Cámara Firmado por: A.D.C., Presidente 1 Firmado(ante mi) por: E.F., Secretario Federal #32876919#230753260#20190404142231027 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MENDOZA 1 FMZ 699/2018/TO1 Así, el representante de la vindicta pública expuso que “En primer lugar, a todos los encausados se les atribuye la tenencia de estupefacientes con fines de comercialización en relación al material que fue secuestrado en cada uno de sus domicilios. Por esta misma conducta a los encausados M.D., L.B. y J.P. se les atribuye haber participado en forma organizada para la comercialización de estupefacientes. Asimismo, a F.P. se le atribuye la fabricación de estupefacientes. Todo lo expuesto, en orden a las circunstancias fácticas que describiremos a continuación.

    ”Las presentes actuaciones se inician el día 5 de febrero de 2018, mediante nota Nº 71/18 originaria del Departamento Escuchas Telefónicas y Coordinación Investigativa de la Policía de M., anoticiando que, a raíz de tareas de inteligencia y análisis de información efectuadas en el marco de los autos N° FMZ 28644/2017, se había tomado conocimiento de un grupo de personas que se dedicarían a distribuir y comercializar estupefacientes en nuestra provincia.

    ”Atento a la información reunida por la fuerza actuante, se llevaron a cabo diversas intervenciones telefónicas sobre los encartados F.M.P. –principal investigado, usuario del abonado N° 2612406821-, como proveedor de L.A.B.C. -

    alias “NANA” o “ENANO”, usuario del abonado N° 2616849218-, quien distribuía la sustancia entregada por P.. Otro investigado que surgió

    de las escuchas fue M.A.D.F. –alias “PATITA”, y socio de L.A.B., quien llevaba la cuenta de la droga entregada y cuyo domicilio sería utilizado como un lugar de guarda de estupefaciente-.

    ”Asimismo, de acuerdo al contenido de las escuchas telefónicas dispuestas en el marco de estos obrados y las tareas de vigilancia realizadas, la prevención pudo destacar que los distribuidores L.B. y M.D., se conducían en un Gol Trend hasta altas horas de la noche, realizando el comercio de droga, en el que también participaba la pareja del primero de los nombrados, J.N.P.D..

    ”Atento al resultado de las investigaciones desarrolladas, los efectivos intervinientes solicitaron órdenes de allanamiento para los siguientes domicilios: 1) Y.3. de V.N., G., M. - domicilio de F.P.-; 2) Y. 3445 de V.N., Fecha de firma: 04/04/2019 Firmado por: A.W.P., J. de Cámara Firmado por: M.P.M., J. de Cámara Firmado por: A.D.C., Presidente 2 Firmado(ante mi) por: E.F., Secretario Federal #32876919#230753260#20190404142231027 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MENDOZA 1 FMZ 699/2018/TO1 G., M. -galpón y posible lugar de guarda de estupefacientes utilizado por F.P.-; 3) Barrio 9 de Julio, manzana A, casa 01, L.H. -domicilio de L.B.C. y J.D.-; 4) Barrio Aeroparque, manzana 27, casa 16, L.H., M. -sede de la Cooperativa 25 de febrero y posible lugar de guarda de CHEVRETE y M.D.- y 5) Barrio Aeroparque, manzana 27, casa 17, L.H., M. -domicilio de M.D.-, órdenes a las que Usía hizo lugar y se llevaron a cabo el día 5 de abril del 2018.

    ”Del registro practicado sobre los inmuebles cuyo allanamiento autorizó V.S. se obtuvo el siguiente secuestro, a saber:

    1. En el domicilio de F.M.P. -sito en calle Y. 3437 de V.N., G., M.-, se secuestró en su dormitorio, sobre una mesa estilo escritorio, dinero en efectivo de diversa denominación (44 billetes de cien pesos, y un billete de doscientos pesos), una pistola B.T. 380 de color plateada con cachas negras, número de serie F59393, con cargador colocado y cinco cartuchos calibre 9 milímetros colocados en él. Sobre el mismo escritorio, una caja de color azul con la inscripción “M. conteniendo en su interior 50 cartuchos 9 milímetros; del mismo escritorio, en el primer cajón del lado derecho, una bolsa de nylon conteniendo en su interior dos trozos de cocaína, los cuales arrojaron un peso de 435 gramos. En el mismo mueble se encontró un cargador de color negro, calibre 9 milímetros con elevador de cartucho de color amarillo y 11 cartuchos 9 mm introducidos. En la misma habitación, en el interior de un placard, se incautó una pistola marca P.B. de color negro, número de serie A100022Z, con cargador introducido con 15 cartuchos 9 mm, una bolsa nylon con dinero de diversa denominación (2 billetes de cinco pesos, 30 billetes de diez pesos, 7 billetes de veinte pesos, 53 billetes de cincuenta pesos, 831 billetes de cien pesos, 39 billetes de doscientos pesos, y 30 billetes de quinientos pesos), un cargador calibre 9 milímetros con 12 cartuchos del mismo calibre, una caja de color azul con la inscripción “M.” conteniendo en su interior 29 cartuchos 9mm y una caja de cigarrillos M. con 16 cartuchos 9mm en su interior.

    En la habitación orientada al sur, se encontró un rifle marca Ruger calibre 22, número de serie 23637378 con 4 cartuchos introducidos en su correspondiente cargador.

    Fecha de firma: 04/04/2019 Firmado por: A.W.P., J. de Cámara Firmado por: M.P.M., J. de Cámara Firmado por: A.D.C., Presidente 3 Firmado(ante mi) por: E.F., Secretario Federal #32876919#230753260#20190404142231027 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MENDOZA 1 FMZ 699/2018/TO1 ”A su vez, de la requisa del rodado en el que arribó al domicilio F. PADRONI -Peugeot 306, dominio BUS 052- se incautó

    en el cenicero, una bolsa de nylon con cocaína en polvo, que arrojó un peso de 19 gramos, un teléfono celular -abonado 2612406821 que se correspondía con la línea intervenida desde la que se comunicaba P.), una billetera de color gris que contenía dinero de diversa denominación (7 billetes de cincuenta pesos, 3 billetes de veinte pesos, 14 billetes de diez pesos, 2 billetes de cinco pesos, y 1 billete de dos pesos), cinco cartuchos calibre 380 y dos cartuchos calibre 25.

    ”b) En el domicilio colindante al inmueble de F.P. arriba descripto –galpón sito en calle Y.3., V.N., G., M., cuyas llaves entregara de forma voluntaria al personal policial el encartado P.- se hallaron, sobre una mesa de madera, trozos de cocaína compactada, que arrojaron un peso de 798 gramos; en la misma mesa, una bolsa de nylon con cocaína en polvo.

    Por otra parte, en este mismo galpón y junto a la sustancia mencionada, se logró secuestrar un trozo de papel con nombres y montos, entre los cuales se observa el nombre “NANA” –que, como se destacó, sería uno de los apodos utilizado por B.C.-. Sobre el cardinal sureste de la habitación, se secuestraron cuatro ladrillos con cocaína compactada, los que arrojaron un peso total aproximado de 4084 gramos. Además, se halló una prensa con su respectivo molde -con similares dimensiones a los ladrillos secuestrados- un gato hidráulico, tres balanzas, un cuter y un martillo. Detrás de la mesa, en el piso, se secuestró una licuadora marca Philips con su respectivo recipiente que poseía restos de cocaína, junto a otro vaso de licuadora y un recipiente de aluminio con un colador, todo con restos de sustancia blanquecina. Del interior de una caja que estaba en el piso, se encontraron tres bolsas con sustancia blanquecina, dos de ellas con cocaína –con un peso de 1998 gramos y 1524 gramos, respectivamente- y otra con sustancia blanquecina con un peso de 496 gramos. Por otra parte, en el interior de un tacho, se hallaron 15 rollos de diferentes diámetros de bolsas de nylon. Junto al recipiente de residuos se lograron secuestrar un bidón de 5 litros, una botella de dos litros y una botella de color verde de 500 cm3. Del interior del baúl de un vehículo Renault 18 dominio IKB102 -que se encontraba dentro del mismo galpón-, se extrajo una bolsa de nylon transparente que contenía envoltorios rectangulares realizados en cinta de empaque de diferentes colores. Siempre en el galpón, y en el interior de una Fecha de firma: 04/04/2019 Firmado por: A.W.P., J. de Cámara Firmado por: M.P.M., J. de Cámara Firmado por: A.D.C., Presidente 4 Firmado(ante mi) por: E.F., Secretario Federal #32876919#230753260#20190404142231027 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MENDOZA 1 FMZ 699/2018/TO1...

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