Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: NIEVAS, IVAN GONZALO s/ABUSO SEXUAL - ART. 119 1° PARRAFO DAMNIFICADO: SOSA AREVALOS, CAMILA BELEN

Número de expedienteCCC 060376/2016/TO01
Fecha19 Marzo 2019
Número de registro228983242

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL DE MENORES NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 60376/2016/TO1 Buenos Aires, 19 de marzo de 2019.-

Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa 9497 y sus acumuladas 8939 y 9459 del registro del Tribunal Oral de Menores N° 1, de conformidad con lo establecido por la ley 27308, el Sr. Juez, Dr. S.R., decide ante la secretaria de actuación que refrenda, Dra. B.K., dictar sentencia en las causas de referencia seguidas a I.G.N…… Intervienen la Sra. Fiscal General, Dra. P.Q.C., el Sr. Defensor Público Oficial, Dr. J.A.T. y la Sra. Defensora Pública de Menores e Incapaces, Dra.

S.C..

RESULTA:

I - Por sentencia del 6 de agosto de 2018 este Tribunal declaró a I.G.I.G.N., autor penalmente responsable del delito de robo agravado por el uso de arma de utilería en grado de tentativa (causa nro. 8939) y coautor del delito de robo reiterado –tres hechos- agravados por haber sido llevados a cabo con un arma cuya aptitud para el disparo no pudo tenerse de ningún modo por acreditado, y robo en grado de tentativa (causa nro. 9459) (arts. 42, 44, 45, 55, 164 y 166 inciso 2do., párrafos segundo y tercero del Código Penal).

A esa decisión se arribó por el procedimiento abreviado, en el que el Sr. Fiscal General requirió la imposición de la pena de dos años y seis meses de prisión en suspenso y costas, a resultas del tratamiento tutelar (art. 4° de la ley 22.278).

II – Requerimiento de elevación a juicio causa nro.

El hecho que ha sido materia de acusación conforme el requerimiento de elevación a juicio de fs. 120/122 VTA., es el siguiente: “… el haber abusado sexualmente de la menor C.B.S.A., de 12 años de edad, mediante tocamientos en sus partes íntimas por encima de sus ropas.

Fecha de firma: 19/03/2019 Alta en sistema: 20/03/2019 Firmado por: SERGIO REAL, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: B.K., SECRETARIA #31997777#228983242#20190320090730054 Este episodio ocurrió el día 6 de octubre de 2016 siendo aproximadamente las 12.30 horas en la intersección de las calles Montesquieu y California de esta ciudad.

En aquella oportunidad, la menor se encontraba caminando rumbo a la escuela por la intersección aludida cuando fue interceptada por I.G.N. quien la tomó de sus brazos, la llevó hasta uno de los pasillos allí ubicados, le tapó la boca, la tocó en sus partes íntimas por encima de sus ropas y, luego, intentó bajarle sus pantalones al mismo tiempo en que le refirió “si gritas o le contás a tu mamá te mato y si no te tenés que matar vos” (textual).

En ese momento, apareció en el lugar una mujer – de la cual se desconocen datos filiatorios – quien evitó que el incuso continuara con su accionar. Luego, I.G.N. se dio a la fuga hacia una dirección desconocida.”

El hecho fue calificado por el fiscal de instrucción como abuso sexual simple (artículos 45, 119, primer párrafo del Código Penal de la Nación) revistiendo el acusado el carácter de autor.

III - Acuerdo art. 431 bis C.P.P.N y 4to de la ley 22.278:

Atento a lo que surge del acta de fs. 191 de la presente causa nro. 9497, con fecha 11 de marzo próximo pasado se reunieron el Sr. Auxiliar F.D.J.P.V., el Sr. Defensor Público Oficial, Dr. J.A.T. y la Sra. Defensora Pública de Menores e Incapaces, Dra. S.C. junto con el procesado I.G.N., conforme lo estipulado en el art. 431 bis del Código Procesal Penal, según Ley 24.825.

En ese acto, el procesado prestó conformidad respecto del hecho imputado en la causa nro.9497, su participación y la calificación legal a la que se arribó en dicho acuerdo.

Vista la admisión de culpabilidad señalada y llegado el momento de mesurar la pena a la luz de los artículos 40 y 41 del Código Penal, las partes prestaron conformidad en que el nombrado fuera declarado autor penalmente responsable del delito de abuso Fecha de firma: 19/03/2019 Alta en sistema: 20/03/2019 Firmado por: SERGIO REAL, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: B.K., SECRETARIA #31997777#228983242#20190320090730054 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL DE MENORES NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 60376/2016/TO1 sexual simple – (artículos 45 y 119 párrafo 1° del Código Penal de la Nación) y condenado a una pena de ocho meses de prisión y costas, no oponiéndose la fiscalía a la aplicación del beneficio de la reducción de pena prevista en el artículo 4to. de la ley 22.278, por lo que en consecuencia solicitó la PENA DE CUATRO MESES DE PRISION Y COSTAS Y LA PENA UNICA DE DOS AÑOS Y OCHO MESES DE PRISION Y COSTAS, compresiva de la pena solicitada en la presente y del pedido de dos años y seis meses de prisión y costas requerido en las causas 8939 y 9459, siendo que ambas defensas y el procesado prestaron conformidad a tal...

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