Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL, 28 de Febrero de 2019, expediente CCC 072317/2018/TO01

Fecha de Resolución28 de Febrero de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 72317/2018/TO1 DAMENTOS DEL VEREDICTO DICTADO EL 21 DE FEBRERO DE 2019 POR ESTE TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 13, EN LA PRESENTE CAUSA NRO.

72317/2018, SEGUIDA A J.J.G. FLORES EN ORDEN AL DELITO DE ROBO SIMPLE, EN GRADO DE TENTATIVA, EN CALIDAD DE AUTOR (ARTS. 42, 45 Y 164 DEL CÓDIGO PENAL).-

I) Y VISTOS:

Constituido el Dr. E.J.G., Presidente del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n° 13, con la asistencia del Sr.

Secretario del Tribunal, Dr. D.N.R., para dictar sentencia en la presente causa N°

72317/2018 seguida a J.J.G. FLORES (peruano, indocumentado, nacido el 29 de julio de 1988, hijo de J.A.G.C. y de M.J., con último domicilio real en la calle I.W. 2785, de la localidad de Tigre, Provincia de Bs. As., actualmente alojado en el Complejo Penitenciario Federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, identificado con P.. Pol. T.M.

80700, y registro de reincidencia O3733716, con antecedentes penales registrables), en orden al delito de robo simple en grado de tentativa (arts.

42, 45 y 164 del Código Penal)

Intervienen en la presente causa, el Sr.

Fiscal General, Dr. Aldo de la Fuente, y el Sr.

Defensor Público Coadyuvante, Dr. G.D.M..

II) Y RESULTANDO:

PRIMERO

Fecha de firma: 28/02/2019 Firmado por: E.J.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: D.N.R., SECRETARIO DE CAMARA #32901530#227552144#20190227145632286 El hecho objeto de juzgamiento:

De acuerdo con los términos del requerimiento de elevación a juicio formulado por el Sr. Auxiliar Fiscal de Instrucción Dr. G.I.A., en su intervención de fs. 40/vta., (cfrme.

el Art. 347 del Código Procesal Penal), que presentara este proceso ante el Tribunal, en oportunidad de pormenorizar el hecho que postulara como plataforma fáctica para el debate traído a conocimiento de este Tribunal:

Se le imputa a J.J.G.F., la comisión del siguiente suceso: “(…) el haber intentado apoderarse mediante la exhibición de un destornillador para aumentar su poder intimidatorio, de los teléfonos celulares de propiedad de A.S.B. y P.M.B.C., suceso que acaeció en el interior del parque ubicado en la intersección de las avenidas libertador e I., el pasado 21 de noviembre, a las 13.00 aproximadamente.

En efecto, mientras los damnificados se encontraban ejercitando, G.F. se les aproximó con una cámara de fotos preguntándoles si se la querían comprar. Sin embargo, cuando se negaron el imputado les refirió de manera amenazante que le dieran sus celulares, exhibiendo un destornillador, mas, al negarse a dárselos, G. fugó en dirección al Rosedal.

Ello, motivó la intervención del O.D.H.S., quien fue desplazado por el Departamento Federal de Emergencias para Fecha de firma: 28/02/2019 Firmado por: E.J.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: D.N.R., SECRETARIO DE CAMARA #32901530#227552144#20190227145632286 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 72317/2018/TO1 constituirse en el lugar, donde tomó contacto con los damnificados y al ser anoticiados de los pormenores del hecho, se dirigió a bordo de su cuatriciclo en dirección a las Avdas. D.L. y Oro, donde ocasionales transeúntes les brindaron datos respecto a la dirección de fuga del imputado.

Al lograr alcanzarlo, el uniformado le dio la voz de alto, más el imputado opuso resistencia y le propinó un golpe de puño y patadas, lo que motivó

que el preventor utilizara la fuerza mínima indispensable para aprehenderlo.

En ese momento, formalizó su detención y secuestró en su poder un destornillador de acero templado y punta plana, de mango plástico color verde, con 30 cm. de diámetro y una cámara de fotos con flash, marca M..”

SEGUNDO

El debate ante el Tribunal:

  1. La versión del imputado.

    Llegado el momento de prestar declaración indagatoria en los términos del art. 378 del Código Procesal Penal, el imputado manifestó que el día del hecho se aproximó a los damnificados con el único fin de preguntarles si conocían el domicilio de algún local de venta de antigüedades, ya que deseaba vender la cámara de fotos que llevaba consigo.

    Señaló que los damnificados se asustaron ante su presencia, por lo que él se retiró caminando del lugar, y luego fue detenido por personal policial.

    Aclaró que ante el accionar policial no ejerció resistencia alguna, y que el destornillador Fecha de firma: 28/02/2019 Firmado por: E.J.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: D.N.R., SECRETARIO DE CAMARA #32901530#227552144#20190227145632286 que tenía era únicamente para abrir la cámara fotográfica.

    A su vez, en oportunidad de llevarse a cabo el juicio oral y público, se negó a declarar.

  2. Incorporación de prueba:

    Durante el debate, vinculado con el hecho descripto en el acápite segundo, se ha producido la siguiente prueba:

    Declaración testimonial del Sr. A.S.B., damnificado del hecho, quien refirió

    que el día del hecho estaba entrenando a un alumno en el Rosedal, entre el monumento a los españoles y la embajada de Estados Unidos, momentos en que se acercó una persona con un destornillador de aproximadamente veinte centímetros y les exigió que le entreguen los celulares, a lo que retrocedieron diciéndole que no, y él se quedó en guardia, esperando la reacción, y estando ahí, le chifló a un policía que vio en frente, pero como no lo escuchaba, llamó al 911, quienes llegaron inmediatamente en motos.

    A su vez, recordó que su cliente agarró un palo que había por ahí, que nunca llegó a usar, y se quedaron ahí.

    Indicó que el sujeto se le acercó a unos diez centímetros de distancia, por su espalda.

    Relató que tanto él como su cliente estaban mirando para el mismo lado y alguien se acercó de atrás, y al darse cuenta, miró para abajo y vio que sacó algo y le dijo que le iban a tener que dar los celulares, a lo que le respondió que no Fecha de firma: 28/02/2019 Firmado por: E.J.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: D.N.R., SECRETARIO DE CAMARA #32901530#227552144#20190227145632286 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 72317/2018/TO1 le iba a dar nada y se puso de frente, aproximadamente a un metro de distancia, por lo que retrocedieron.

    Contó que tenía conocimientos en defensa personal, por lo que se puso en guardia para defenderse porque sabía artes marciales. Retrocedió

    con el destornillador, continuando con las amenazas, y queriendo volver, pero él se quedó cuidando sus cosas, sus materiales de entrenamiento.

    Recordó que ellos estaban distraídos mirando los teléfonos celulares, y el individuo les mostró una cámara, por lo que entendió que se las quería vender, y a los cinco segundos vio que sacó

    el destornillador con mango verde y dijo que le iban a tener que dar los celulares.

    En relación a la actitud que tuvo esa persona cuando ellos advirtieron su presencia, precisó que empezó a insultarlos y a revolear el destornillador, diciendo que los iba a matar y “todas las cosas que suelen decir”; luego fue retrocediendo de a poquito y lo vio que se fue acercando a otras personas, entonces empezó a chiflar a la Policía que estaba en la embajada de Estados Unidos.

    Respecto de su reacción frente a la exigencia del sujeto, refirió que por supuesto tuvo miedo, porque nunca le había pasado, y que el chico que estaba junto a él salió corriendo, por lo que se quedó solo, dado que su cliente se fue más para atrás, y él se quedó a unos dos o tres metros, y siguió alejándose estando a la defensiva, pero el Fecha de firma: 28/02/2019 Firmado por: E.J.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: D.N.R., SECRETARIO DE CAMARA #32901530#227552144#20190227145632286 agresor volvió a la carga porque quería seguir, entonces él retrocedió porque su último deseo era entrar en pelea, salvo que sea como última consecuencia.

    Luego contó que le manifestó al individuo que iba a ir preso, a lo que le contestó que no le importaba porque ya había estado preso.

    Refirió que al principio tuvo miedo y adrenalina, y que mientras esa persona avanzaba, él retrocedía, siendo que después se iba unos metros y quería volver, y él se preguntaba qué estaba haciendo, dado que no iba a salir ganando de ninguna forma. No recordaba cuánto tiempo pasó, cuántos minutos, pero se fue retirando de a poco, pero volvía a la carga, a lo que apareció su cliente con un palo, y él le dijo que no servía el palo, aclarando que su cliente era su primo y que era un chico de veintiún años. Precisó que el palo lo llevó

    cuando el agresor ya se estaba retirando.

    En cuanto a la presencia de personal policial en los alrededores del lugar, especificó

    que (únicamente sucedió eso), que aparecieron cuando el agresor ya se estaba retirando, dado que en el momento únicamente podía ver al oponente y el arma, y no lo que podía pasar alrededor.

    Aclaró que el policía que estaba en frente, en la embajada, no escuchó su llamado porque la avenida D.L. era grande, y se trataba de un puesto fijo, dado que siempre estaba ahí, precisando que era no la que estaba cruzando la avenida, sino la que estaba al lado, aclarando que Fecha de firma: 28/02/2019 Firmado por: E.J.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: D.N.R., SECRETARIO DE CAMARA #32901530#227552144#20190227145632286 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 72317/2018/TO1 ellos estaban en la esquina del monumento a los españoles.

    Asimismo, indicó que se encontraban sobre la Avenida Del Libertador, pegado a la bici-senda, y aclaró que el policía estaba en la residencia de los embajadores, y no en la sede administrativa, es decir, donde nace la diagonal que conduce al rosedal. Respecto a la distancia en metros desde donde estaban ellos hasta donde se encontraba el policía, dijo que el auto estaba a unos ciento veinte metros, desconociendo si había gente adentro del vehículo, dado que vio el auto y chifló para todos lados, entonces llamó al 911 porque no...

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