Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN LUIS, 21 de Febrero de 2019, expediente FMZ 062000103/2012/TO01

Fecha de Resolución21 de Febrero de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN LUIS

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN LUIS Av. ILLIA Nº 36, 3º PISO – Ciudad de San Luis -

FMZ 62000103/2012/TO1 San Luis, 21 de febrero de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

El expediente FMZ 62000103/2012/TO1 caratulado “L.P.A. -SUÁREZV.H. S./INF. LEY 26364”, para resolver pedido de autorización de salida del país formulado a fs. 370/376 por la Defensa Pública Oficial en representación del imputado P.A.L., habiendo dictaminado con oposición el Ministerio Público Fiscal a fs. 386/387; y, CONSIDERANDO:

I- Que a fojas precitadas la Sra. Representante del Ministerio Público de la Defensa dijo “

  1. En el carácter y representación invocados, vengo a acompañar las constancias de pasajes desde Chile a Santo Domingo, el día 26/02/2019 con regreso el día 27/03/2019, presentados por mi pupilo P.A.L., quien viajará en compañía de su concubina M.A.J.V..-

  2. Conforme el acta que se acompaña, mi pupilo conjuntamente con su pareja, se alojarán en el domicilio de la madre de ésta, C. delJ.V., sito en calle Profesora Pura, Casa N° 14, El Mamey, V.M., Santo Domingo, cuyo teléfono es (001) 809-2995745.-”.

II- Al contestar en vista, el MPF dictaminó sosteniendo en lo pertinente que “resulta necesario mencionar sucintamente los hechos que se le atribuyen al imputado de marras y su gravedad. Que se le enrostra respectivamente, en grado de autoría por dominio del hecho -en la modalidad de dominio de la acción- a P.A.L. (art. 45 C.P.); la conducta encuadra respectivamente en los arts. 145 bis inc. 3° C.P. –en función art. 4 y según redacción del art. 10 de la Ley 26.364, esto es trata de personas mayores de 18 años con fines de explotación sexual, en las modalidades típicas de captación y recepción con esos fines, cometidos mediante el abuso de la situación de vulnerabilidad de las víctimas y el despliegue sobre las mismas de medios de coerción y con el agravante de haberse cometido esos ilícitos en perjuicio de más de tres víctimas; ello a su vez en concurso ideal (art. 54 C.P.); a su vez, encuadran en el art. 126 C.P. –redacción según Ley 25.087- esto es promoción y/o facilitación de la prostitución de mayores Fecha de firma: 21/02/2019 de 18 años, con ánimo de lucro; o, alternativamente y Firmado por: R.J.N., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: R.A.F. , JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: A.M.S., SECRETARIA DE CÁMARA #33039394#227491101#20190221104442678 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN LUIS Av. ILLIA Nº 36, 3º PISO – Ciudad de San Luis...

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