Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 10 DE LA CAPITAL FEDERAL, 14 de Febrero de 2019, expediente CCC 065868/2017/TO01

Fecha de Resolución14 de Febrero de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 10 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 10 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 65868/2017/TO1 Buenos Aires, 14 de febrero de 2019.

VISTA:

La causa 65868/2017 (reg. int. 5552) seguida contra A.J.P., argentino, nacido el 4 de julio de 1977 en la provincia de Formosa, hijo de F. (f) y de J.D., casado, instruido, con domicilio en Suárez n° 45, PB., depto. 7°, de esta ciudad, y constituido en la Defensoría Oficial N° 11, sita en la Av. R.S.P. 1190, Piso 9º, en orden al delito lesiones leves agravadas por haber sido cometidas contra su pareja y mediando violencia de género, en calidad de autor.

A fin de dictar sentencia, el Dr. A.N.A., Juez integrante del Tribunal Oral en lo Criminal N° 10 de la Capital Federal, contará

con la asistencia de la Secretaria actuante, Dra. S.P.I..

Intervienen en el proceso el Sr. Fiscal, Dr. O.A.C. y el Defensor Oficial Coadyuvante, Dr. M.T..

Y CONSIDERANDO:

  1. Conforme surge del requerimiento de elevación a juicio obrante a fs. 115/9, el Sr. Fiscal de Instrucción imputó a A.J.P. “…el hecho ocurrido el 22 de enero de 2018, aproximadamente a la 1:00, dentro del domicilio sito en la calle S. 45, planta baja, departamento nro. 7, de esta Fecha de firma: 14/02/2019 Alta en sistema: 15/02/2019 Firmado por: A.N.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: S.P.I., SECRETARIO DE CAMARA #32274632#226867918#20190214135229520 ciudad, oportunidad en la cual agredió físicamente a su esposa, S.V.R..

    Ingresó a la unidad alcoholizado, se recostó en la cama donde descansaban la damnificada y su hijo recién nacido y, cuando ella le pidió que se retirara, comenzó a insultarla y agredirla físicamente. La empujó de la cama, le pegó en uno de sus brazos, la mordió en la zona del antebrazo derecho, le dio un rodillazo en una de sus piernas y le provocó heridas en el cuello.

    Luego, el hijo de las partes involucradas, G.A.P., intercedió y ayudó a su madre a llevar al imputado hacia afuera.

    Unos instantes después, se presentó en el lugar el O.M.F., se entrevistó con la damnificada y, al ver al imputado acercándose portando elementos contundentes en sus manos y mostrándose amenazante, lo detuvo.

    Las lesiones sufridas por la víctima a raíz del ataque fueron visualizadas por el personal policial que le recibió declaración tan solo unos momentos más tarde…”.

    En el mismo dictamen el fiscal calificó el hecho descripto como constitutivo del delito de lesiones leves agravadas por haber sido cometidas contra su pareja y mediando violencia de género, por el que P. deberá

    responder en calidad de autor penalmente responsable (arts. 45, 92 y 80 inc. 1° y 11° del Código Penal).

    Fecha de firma: 14/02/2019 Alta en sistema: 15/02/2019 Firmado por: A.N.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: S.P.I., SECRETARIO DE CAMARA #32274632#226867918#20190214135229520 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 10 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 65868/2017/TO1 Las partes solicitaron al Tribunal la aplicación de las normas procesales del juicio abreviado (art. 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación) expresando los términos del acuerdo alcanzado entre ellas.

    En tal dirección, el Ministerio Público solicitó que el nombrado A.J.P., sea condenado a la pena de diez meses de prisión en suspenso y costas, al reconocer éste la autoría del delito de lesiones leves...

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