Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN LUIS, 6 de Febrero de 2019, expediente FMZ 062000813/2008/TO01

Fecha de Resolución 6 de Febrero de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN LUIS

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN LUIS Av. ILLIA Nº 36, 3º PISO – Ciudad de San Luis -

FMZ 62000813/2008/TO1 San Luis, 05 de Febrero de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público Fiscal y la Defensa Oficial en la causa FMZ 62000813/2008/TO1 caratulado: “CARENA, J.G.- Art. 296 en función del Art. 292 párrafo del Código Penal”.

Y CONSIDERANDO:

Que, atento a las pruebas ofrecidas por el Ministerio Fiscal a fs. 434/435 y lo requerido por la Defensa Oficial glosado a fs. 429/430, este Tribunal meritando las mismas y de las constancias de autos entiende que:

  1. ) A lo peticionado por Fiscalía en el punto

    1. apartado B) y la Defensa Oficial en el punto 1º) Socio-ambiental este a fs. 447/448.

  2. ) A lo solicitado por Fiscalía en el punto

    VI- apartado C), estése al informe de fs. 437/4445.

  3. ) A lo demás estese a su producción.

    Por todo lo expuesto.

    SE

    RESUELVE:

  4. ) ACEPTAR las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público Fiscal de fs.

    434/435, sin perjuicio de lo expresado en el punto 1º) de los considerandos de la presente, en relación al punto

    1. apartado B), y en caso de requerirse una ampliación del informe socio ambiental, deberá estarse al arancel fijado por Acuerdo 2015 -ADM 360/2015 del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de San Luis.

  5. ) ACEPTAR las pruebas ofrecidas por la Defensa Oficial glosadas a fs.

    429/430, sin perjuicio de lo expresado en el punto 1º) de los considerandos de la presente, en relación al punto 1º), y en caso de requerirse una ampliación del informe socio ambiental, deberá estarse al arancel fijado por Acuerdo 2015 -ADM 360/2015 del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de San Luis.

  6. ) O. al Registro Nacional de Reincidencia conforme lo ordenado en el párrafo 5to., decreto de fs. 424 –ver fs. 449-.

    Fecha de firma: 06/02/2019 Firmado por: R.J.N., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: A.M.S., SECRETARIA DE CÁMARA #32807951#225631271#20190206083523473 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN LUIS Av. ILLIA Nº 36, 3º PISO – Ciudad de San Luis -

    FMZ 62000813/2008/TO1 4º) Agréguese escrito suelto remitido por el Juzgado Federal incorporado a fs. 436/444, el cual se encuentra Revenido Químico del Renault Trafic, conforme lo solicitado en el punto

    VI- apartado C) del Ministerio Fiscal.

  7. ) Téngase presente la nota enviada por la Delegación Local de la Policía Federal argentina de fs. 446, donde se remiten informen...

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