Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 8 de Enero de 2019, expediente FTU 001728/2016/TO01

Fecha de Resolución 8 de Enero de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTIAGO DEL ESTERO - SECRETARIA DERECHOS HUMANOS

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE SANTIAGO DEL ESTERO AUTOS: “Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO:

CACERES, S.M. s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C)”.-

Expte. Nº 1728/2016.-

VG Santiago del Estero, de enero de 2019.

VISTO:

El pedido de permiso extraordinario formulado in pauperis forma por el interno S.M.C. a fs. 497; y CONSIDERANDO:

A fs. 497 el interno S.M.C. se presenta y solicita al Tribunal permiso de salida extraordinaria en los términos que prevé el art. 166 de la ley 24.660.

Argumenta, que su madre se encuentra muy enferma y su hermana padece síndrome de Down, por lo que éstas no pueden asistir al establecimiento penitenciario a visitarlo.

Con motivo de la petición formulada por el interno, el establecimiento penitenciario elaboró los informes pertinentes a fin de acreditar los extremos invocados.

De este modo, junto al pedido, se acompañó certificado médico, expedido por la Dra. C.S., M.P.1222, en la cual se verifica que la señora M.M. es una paciente de 70 años de edad y presenta síndrome de parkinson y artrosis. Asimismo, se practicó

Fecha de firma: 08/01/2019 Alta en sistema: 09/01/2019 Firmado por: FEDERICO BOTHAMLEY, Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: W.P. CURA EDIPPO, Secretario de Cámara #31348820#225276582#20190108120221636 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE SANTIAGO DEL ESTERO informe social el cual en las conclusiones expone: “se trata de un interno que no es criminológicamente primario, estuvo privado de su libertad anteriormente por el mismo delito. En razón de lo expuesto y a partir de la entrevista social efectuada, desde el plano familiar, se advierten ciertas condiciones desde el posicionamiento, actitud y postura de su grupo de pertenencia y referencia frente al posible beneficio, notándose claridad respecto del acompañamiento y obligaciones a asumir. Asimismo, la señora M., refiere que mantienen comunicación vía indirecta (telefónica) casi a diario con el causante; y que desea que pueda concedérsele el mencionado beneficio, ya que se encuentra con problemas de salud, y no puede concurrir a este instituto penal a visitarlo. A partir de la entrevista social efectuada, desde el plano familiar, se advierte aceptación desde su grupo de pertenencia y referencia frente al posible beneficio (se adjunta acta de consentimiento familiar). El día 22 de octubre de 2018, se recepciona en esta sección certificado médico expedido por la Dra.

C.S.M.P...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR