Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTA FE - SECRETARIA, 28 de Diciembre de 2018, expediente FRO 005334/2016/TO01

Fecha de Resolución28 de Diciembre de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTA FE - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe FRO 5334/2016/TO1 (GF)

Sentencia N° 130/18.

Santa Fe, 28 de diciembre de 2018.

AUTOS Y VISTOS:

Estos caratulados “REYNA, ANDREA GABRIELA –

REYNA, L.M. s/ infracción ley 23.737 (art. 5° inc.

c)”, Expte. N° FRO 5334/2016/TO1 y su acumulado N° FRO 5334/2016/TO2; de entrada ante este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe; de los que, RESULTA:

Que habiendo finalizado la deliberación prevista en el art. 396 del CPPN, corresponde al tribunal pronunciarse, por orden de voto de sus integrantes, sobre todas las cuestiones que han quedado planteadas en el contradictorio, de conformidad a lo que prescriben los arts. 398 y 399 del Código Procesal Penal de la Nación.

El Dr. L.H.L. dijo:

  1. Se inician las presentes actuaciones en fecha 8 de marzo de 2016, en virtud de una denuncia anónima recibida en la Brigada Operativa Departamental XV –hoy Brigada Operativa Antinarcóticos-, de la policía de Fecha de firma: 28/12/2018 la provincia de Santa Fe, mencionando la supuesta venta Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.R.H., SECRETARIO DE CAMARA #29301224#225142736#20181228120825266 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe FRO 5334/2016/TO1 (GF)

    de estupefacientes en una vivienda ubicada en calle L. y Planes al 1500 de la ciudad de Coronda (prov. de Santa Fe), por parte de L.M.R. y A.R..

    Recibidas las actuaciones en el Juzgado Federal N° 1 de Santa Fe, se delegó la dirección de la investigación al Ministerio Público Fiscal, conforme lo establecido por el art. 196 del CPPN; ordenando el fiscal federal medidas para profundizar la investigación.

    Las pesquisas permitieron identificar a los presuntos implicados e individualizar su domicilio, así

    como constatar maniobras compatibles con la actividad ilícita desarrollada; agregándose sendos partes informativos a fs. 7/20, 23/31, 36/41, 44/47 y 51/57. En virtud de ello el fiscal federal solicitó el allanamiento de la vivienda y la detención de A.G.R. y L.M.R..

    El 17 de septiembre de 2016, orden judicial mediante, se llevó a cabo el allanamiento de la finca de calle L. y P. al 1500, secuestrándose material estupefaciente y otros elementos de interés para la causa; resultando detenidos A.R. y M.Á.R..

    Fecha de firma: 28/12/2018 Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.R.H., SECRETARIO DE CAMARA #29301224#225142736#20181228120825266 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe FRO 5334/2016/TO1 (GF)

    La autoridad policial tramitó el pertinente sumario prevencional, agregando el acta de procedimiento (fs. 75/78 vta.), croquis de la vivienda (fs. 79), informe ambiental (fs. 80/80 vta.), actas de detención (fs. 84/87), planillas prontuariales (fs. 91 y 93/93 vta.) y vistas fotográficas (fs. 101/120); elevándose posteriormente las actuaciones al juzgado federal actuante.

  2. En sede judicial se recibió declaración indagatoria a los detenidos (fs. 126/128 y 129/131 vta.), así como la testimonial de L.F.A. (fs.

    147/149 vta.). A fs. 142 se agregó constancia de depósito judicial en el Banco de la Nación Argentina, y posteriormente el informe del Registro Nacional de Reincidencia (fs. 176/184).

    El 3 de octubre de 2016 se dictó el procesamiento de A.R., como presunta autora del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (art. 5 inc. c de la ley 23.737); y el 19 de octubre del mismo año, se dictó el sobreseimiento de M.Á.R..

    Fecha de firma: 28/12/2018 Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.R.H., SECRETARIO DE CAMARA #29301224#225142736#20181228120825266 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe FRO 5334/2016/TO1 (GF)

    A continuación, se incorporó informe técnico N°

    147/16 del laboratorio químico de la DGPCA (fs. 197/208); luego de lo cual, el fiscal federal requirió la elevación a juicio por el mismo delito por el que fuera procesada.

    No habiéndose interpuesto excepción u oposición alguna, mediante decreto de fecha 18 de noviembre de 2016 se ordenó la clausura de la instrucción y elevación, así

    como la formación de causa por separado en relación a L.M.R., respecto de quien se libró orden de captura.

  3. Recibido el expediente en este tribunal, se le revocó el beneficio de prisión domiciliaria a la imputada y se la declaró rebelde; ordenándose su inmediata detención, la que se efectivizó el 26 de febrero de 2018.

    Luego de verificarse las prescripciones de la instrucción, se ordenó la acumulación de la causa N° FRO 5334/2016/TO2 caratulada “R., L.M. s/

    infracción ley 23.737 (art. 5 inc. c)”, y se citó a las partes a juicio.

  4. El expte. acumulado se generó luego de requerirse la elevación a juicio respecto a A.R., Fecha de firma: 28/12/2018 Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.R.H., SECRETARIO DE CAMARA #29301224#225142736#20181228120825266 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe FRO 5334/2016/TO1 (GF)

    formándose causa por separado en relación a L.M.R. (fs. 217).

    El 5 de junio de 2017 fue detenido el nombrado, agregándose el acta de procedimiento correspondiente a fs. 308/308 vta. El mismo día se le recibió declaración indagatoria (fs. 311/313), y posteriormente se agregó

    informe ambiental (fs. 331/331 vta.) y planilla prontuarial (fs. 333/333 vta.).

    El 19 de junio de 2017 se dictó su procesamiento como presunto autor del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (art. 5 inc. c de la ley 23.737), convirtiendo en prisión preventiva su detención. A continuación se agregó la peritación N° 289 del Grupo Criminalística y Estudios Forenses de la Gendarmería Nacional Argentina (fs.

    387/395).

    El 3 de octubre de 2017 la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario confirmó el auto de procesamiento (fs. 442/449 vta.). Posteriormente se agregó informe ambiental (fs. 453/464) y luego el fiscal federal requirió la elevación a juicio (fs. 468/470 vta.); Fecha de firma: 28/12/2018 Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.R.H., SECRETARIO DE CAMARA #29301224#225142736#20181228120825266 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe FRO 5334/2016/TO1 (GF)

    decretándose la clausura de instrucción y elevación el 11 de junio de 2017.

  5. Materializada la acumulación, se citó a las partes a juicio, se realizaron los exámenes mentales obligatorios previstos por el art. 78 del C. Penal (fs.

    279/279 vta. y 285/285 vta.), y se proveyeron las pruebas ofrecidas por las partes (fs. 299/299 vta.).

    A continuación, se agregó informe de la Oficina de Gestión Judicial del Poder Judicial de Santa Fe (fs.

    345/349), informes de los Juzgados en lo Penal de Sentencia N° 4 y 5 de Santa Fe (fs. 350/352 y 353/354), informe de la empresa Nueva Chevallier S.A. (fs. 409), y la peritación química N° 402 de la Dirección Criminalística y Estudios Forenses de la GNA (fs.

    415/425).

    Fijada fecha para la realización de la audiencia de debate el día 20 de diciembre del corriente año, se llevó a cabo con la intervención de los jueces firmantes, de la fiscal auxiliar Dra. J.C., y de los imputados A.G.R. y L.M.R., asistidos por el defensor público oficial Dr. Julio Fecha de firma: 28/12/2018 Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.R.H., SECRETARIO DE...

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