Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 27 de Diciembre de 2018, expediente FSA 001023/2018/TO01

Fecha de Resolución27 de Diciembre de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE JUJUY - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE JUJUY 1023/2018 Principal en Tribunal Oral TO01 IMPUTADO: COLQUE CASTRO, N.

s/INFRACCION LEY 23.737 AUTOS Y VISTOS: En San Salvador de Jujuy, a los 27 días del mes de diciembre

de 2018, se constituye el Dr. M., Juez del Tribunal Oral en lo

Criminal Federal de Jujuy, en el marco del procedimiento unipersonal –Ley 27.308, para

dictar sentencia en esta causa N° FSA 1023/2018/TO1 caratulada: “COLQUE CASTRO,

N. S. LEY 23.737”, seguida a N. C. C. –

boliviana, C.I. Bol. Nº 10.517.958, nacida el 16 de julio de 1991 en Potosí, Bolivia, hija de

G. y de A., soltera, empleada de costura,

con estudios primarios incompletos, domiciliada antes de ser detenida en Villa México,

Cochabamba, Bolivia por el delito de transporte de estupefacientes, previsto y sancionado

por el art. 5 inc. “c” de la Ley 23.737.

RESULTA:

Las partes que intervienen en esta causa, la representante del Ministerio Público

Fiscal Dra. J. y el Defensor Oficial Dr. M.,

acordaron solicitar juicio abreviado con la conformidad expresa de la imputada, a quien se la

conoció en la audiencia del artículo 41 del Código Penal.

La F. General pidió la pena y la encartada prestó conformidad sobre la existencia

del hecho, su participación, la calificación legal descripta en el requerimiento de elevación a

juicio de fs. 135/139 y las penas solicitadas.

Este tribunal admitió la prosecución del trámite por el procedimiento abreviado y

realizó la audiencia prevista en el artículo 431 bis inc. 3º del C.P.P.N. el día 10 de diciembre

de 2018, conforme consta a fs. 305/vta.

Así, corresponde dictar sentencia en base a las pruebas obrantes en la causa, de

acuerdo al pacto de juicio abreviado.

Y CONSIDERANDO:

Primero

La conducta atribuida.

Fecha de firma: 27/12/2018 Alta en sistema: 28/12/2018 Firmado por: MARIO H.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.M.S., SECRETARIO DE JUZGADO 1 #32404069#224884356#20181227141039920 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE JUJUY En el requerimiento de elevación a juicio, el agente fiscal describió los hechos

acaecidos en autos de la siguiente manera: “Que la presente causa se inició el día 24 de enero

de 2018 aproximadamente a horas 15:15, en circunstancias que personal de la Sección

Núcleo

dependiente del Escuadrón 21 “La Quiaca” de Gendarmería Nacional se

encontraba realizando un Operativo Público de Prevencion sobre el acceso sur de la ciudad

de La Quiaca, y efectuó un control aduanero migratorio de un transporte público de pasajeros

de la empresa “La Veloz del Norte” dominio colocado PEU318, interno Nº 4085,

proveniente de la ciudad de La Quiaca, con destino a Liniers, provincia de Buenos Aires. Al

proceder al control de una de las pasajeras, identificada como N. C. C., al

momento de exhibir la documentación manifestó viajar a V., provincia de Buenos

Aires, lugar donde se hospedaría, y que se encontraba embarazada cursando el primer mes de

embarazo, contradiciéndose en varias oportunidades respecto de la dirección del hospedaje,

por lo que se procedió a un control más minucioso de sus pertenecías, entre las que se

encontró una pastilla que según sus dichos era para el estómago, a lo que el personal

interviniente le consultó si era recetada para su embarazo, contradiciéndose nuevamente en

su respuesta delante de testigos al expresar que no estaba embarazada y expresándose en

forma dubitativa. Asimismo del contralor de sus pertenencias surgió que llevaba una suma

muy escasa de dinero (doscientos pesos) para su prolongada estadía. Por ello se labró un acta

de conformidad para realizarle placas radiográficas y se la trasladó hasta el Hospital “Jorge

Uro” de la ciudad de La Quiaca en donde se le practicó el estudio que arrojó cuerpos

extraños en el abdomen de la encartada, quien quedó internada bajo control médico hasta la

expulsión total de los cuerpos ingeridos. Posteriormente, en fecha 26 de enero del corriente

año, luego de la primera deposición de la imputada, se realizó la prueba de orientación de

campo “Narcotest” la cual arrojó resultado positivo para cocaína evacuando posteriormente

en distintas deposiciones la cantidad de veintitrés (23) cápsulas conteniendo una sustancia

compacta de color blanquecino que sometida a la prueba de orientación narcotest arrojó

resultado positivo a la presencia de cocaína, con un peso total de 250,99 gramos de

conformidad al acta de pesaje de fs. 64 y vta.”.

Además de la admisión que de los hechos realizara la imputada al momento de

suscribir el acuerdo, éste se ha verificado por las pruebas que se detallan a continuación:

Fecha de firma: 27/12/2018 Alta en sistema: 28/12/2018 Firmado por: MARIO H.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.M.S., SECRETARIO DE JUZGADO 2 #32404069#224884356#20181227141039920 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE JUJUY 1. Acta de procedimiento de fs. 2/3, realizada por personal de la Sección “Núcleo”

dependiente del Escuadrón 21 “La Quiaca” de Gendarmería Nacional, bajo la presencia de

los testigos hábiles J. y G.. Allí consta

que el día 24 de enero de 2018, resultó detenida N., quien fue sorprendida

en el acceso sur a la ciudad de La Quiaca, Provincia de Jujuy, transportando ocultas en el

interior de su organismo cápsulas que contenían cocaína, cuando se trasladaba en un

ómnibus de la empresa de transporte “La Veloz del Norte” dominio colocado PEU 318,

interno 4085, procedente de la ciudad de La Quiaca y que tenía como destino la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires.

  1. Acta de prestación de conformidad para la realización de placas radiográficas (fs.

    4).

  2. Acta de prosecución del procedimiento de fs. 6/8 en la que se deja constancia que

    una vez internada en el Hospital Dr. Jorge Uro de la ciudad de La Quiaca, la detenida evacuó

    un total de 23 cápsulas en 9 deposiciones.

  3. Actas de evacuación y pesaje de fs. 9, 11, 13, 15, 17, 19, 21, 23 y 25.

  4. Pruebas de orientación narcotest de fs. 10, 12, 14, 16, 18, 20, 22, 24 y 26.

  5. Certificados médicos obrantes a fs. 40. En uno de ellos se indica la presencia de

    cuerpos extraños al examen radiológico y el otro corresponde al alta médica.

  6. Tarjeta migratoria de ingreso de la imputada al país el día del hecho a las 07:11:33

    (fs. 42).

  7. Fotografías de fs. 45 en el que se muestran los cuerpos cilíndricos secuestrados y el

    resultado del narcotest.

  8. Croquis de la ciudad de La Quiaca en el que se señala el lugar en el que se llevó a

    cabo el procedimiento (fs. 46).

  9. P. de incautación de fs. 48 y 49.

  10. Acta de pesaje y extracción de muestras para pericia de fs. 64, en la que consta

    que el material estupefaciente secuestrado que se encontraba acondicionado en las 23

    cápsulas, sin sus envoltorios, arrojó un peso total de 250,99 gramos.

  11. Pericia química de fs. 82/85 que determina que la sustancia se trata de cocaína, en

    mezcla con cloruros, con una concentración que oscila entre el 78,90% y 84,20%.

    Fecha de firma: 27/12/2018 Alta en sistema: 28/12/2018 Firmado por: MARIO H.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.M.S., SECRETARIO DE JUZGADO 3 #32404069#224884356#20181227141039920 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE JUJUY 13. Declaración testimonial de la Cabo de Gendarmería Nacional Noemí Fernanda

    Caballero, quien luego de ratificar el contenido del acta de procedimiento de fs. 2/3 y de

    reconocer como suya una de las firmas insertas al pie, refirió que el día del hecho en el

    acceso sur de la entrada a la ciudad de La Quiaca, al arribar un colectivo de la empresa “La

    Veloz del Norte”, subieron a realizar un control documentológico de migraciones y al

    controlar a la señora C., al momento de requerirle la documentación, presentó mucho

    nerviosismo. Recordó que se le preguntó a dónde iba en Buenos Aires y se contradijo en la

    dirección en la que iba a alojarse en varias oportunidades, por lo que se la hizo descender y

    se la sometió a un control de sus pertenencias. Una vez que la comenzaron a requisar se le

    encontró una pastilla que la señora expresó que era para el estómago ya que se encontraba

    embarazada de un mes. Se le preguntó si eran pastillas recetadas para el embarazo y dijo que

    no estaba embarazada. En razón de ello, ante los indicios de que podrían encontrarse frente a

    un hecho delictivo se le hizo firmar el acta de consentimiento para realizarle placas

    radiográficas y se la trasladó al Hospital Dr. J., donde se le hicieron rx que dieron

    positivo para la presencia de cuerpos extraños, por lo que quedó detenida internada para la

    expulsión de aquellas. Ante la pregunta que se le formuló, precisó que los indicios

    consistieron en el estado de nerviosismo, la escasa cantidad de dinero, la contradicción

    acerca del lugar donde se dirigía y que dijo que iba a trabajar pero no supo responder en qué

    (fs. 92).

  12. Declaración testimonial del señor G. D. M., chofer de la

    empresa “La Veloz del Norte”, quien ratificó el contenido del acta de procedimiento de fs.

    2/3 y reconoció una de las firmas insertas en ella como suya. Comentó que al llegar al

    control de gendarmería ubicado en el acceso Sur de la ciudad de La Quiaca, y al ser sometido

    el pasaje a un control por parte de los efectivos de la fuerza, se hizo descender a una persona

    de sexo femenino, a la cual los gendarmes comenzaron a interrogar. Luego de ello les

    solicitaron a los choferes que fueran testigos del procedimiento. Recordó que la señora

    C. se contradijo al decir primero que estaba embarazada y luego que no y al contestar a

    dónde se dirigía y que por resultar sospechosa su actitud la trasladaron al hospital de La

    Quiaca. Luego los gendarmes regresaron y les dijeron que las radiografías habían dado

    positivo para la presencia de cuerpos extraños, les hicieron firmar el acta y los dejaron

    continuar el viaje. No recordó que la detenida hubiera manifestado algo (fs. 93).

    Fecha de firma: 27/12/2018 Alta en sistema: 28/12/2018 Firmado por: MARIO H.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.M.S., SECRETARIO DE JUZGADO 4...

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