Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: FERNÁNDEZ, FRANCO LUCIANO Y OTRO s/ROBO y LESIONES LEVES (ART.89)
Número de expediente | CCC 039640/2017/TO01 |
Fecha | 27 Diciembre 2018 |
Número de registro | 224126755 |
Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 39640/2017/TO1 Buenos Aires, 14 de diciembre de 2018.
A partir de fs. 401, fórmese nuevo cuerpo.
Por otro lado, atento al acuerdo de juicio abreviado, pasen los autos a despacho para resolver.
MGB Ante mí.
Fecha de firma: 27/12/2018 Firmado por: J.E. DE LA FUENTE, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #30580756#224126755#20181226093114952 Fecha de firma: 27/12/2018 Firmado por: J.E. DE LA FUENTE, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #30580756#224126755#20181226093114952 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 39640/2017/TO1 nos Aires, 14 de diciembre de 2018.
AUTOS Y VISTOS:
Integrado este Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n° 27 en forma unipersonal por el juez J.E. de la Fuente, con la presencia de la señora secretaria I.M.B., para dictar sentencia en la causa n° 5438, seguida contra F.L.F. (DNI n°37.278.603, argentino, nacido el 25 de diciembre de 1992, hijo de E.E. y E.B.P. y F.N.P. (DNI n°40.103.166, argentio, nacido el 5 de mayo de 1996, hijo de S.O. y F.L.L.B.) por los delitos de amenazas agravadas por el uso de armas en concurso real con robo con armas (art. 45, 55, 149 bis 1° párrafo, último supuesto y 166 inc. 2°, CP).
En representación del Ministerio Público Fiscal interviene el Dr. D.R.M., A.F. de la Fiscalía General Nº
28, por la defensa F.N.P. elD.S.G.B., Defensor Público Oficial, titular de la Defensoría Pública Oficial n°14 y para el caso de F.L.F. la Dra. B.P..
RESULTA:
A fs. 248/255, obra el requerimiento de elevación a juicio formulado contra los nombrados, a través del cual se le atribuye los delitos de amenazas agravadas por el uso de armas en concurso real con robo con armas (art. 45, 55, 149 bis 1° párrafo, último supuesto y 166 inc. 2°, CP).
El Sr. A.F. solicitó se aplique en autos el procedimiento de juicio abreviado, previsto por el art. 431 bis, inciso 1º, segundo párrafo, del C.P.P.N., requiriendo que se le imponga a Fecha de firma: 27/12/2018 Firmado por: J.E. DE LA FUENTE, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #30580756#224126755#20181226093114952 F.N.P. la pena de tres años y dos meses de prisión, accesorias legales y costas, por los delitos de amenazas agravadas por el uso de armas en concurso real con robo con armas en grado de tentativa (art. 42, 44, 45, 55, 149 bis 1° párrafo, último supuesto y 166 inc. 2°, CP) y a su vez la pena única de cuatro años de prisión, accesorias legales y costas, comprensiva de la mencionada precedentemente y la pena única impuesta por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n°17 en el marco de la causa n°5016 de ese registro, de un año y dos meses de prisión cuyo cumplimiento podrá
ser dejado en suspenso y costas, cuya condicionalidad deberá ser revocada. A su vez, requirió que a F.L.F. se le imponga la pena de tres años y dos meses de prisión, accesorias legales y costas, por los delitos de amenazas agravadas por el uso de armas en concurso real con robo con armas en grado de tentativa (art. 42, 44, 45, 55, 149 bis 1° párrafo, último supuesto y 166 inc. 2°, CP) y la pena única de siete años y seis meses de prisión, accesorias legales y costas, comprensiva de la mencionada precedentemente y de la impuesta por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n°26 en la causa n°4241 de cinco años de prisión, accesorias legales y costas (fs. 428/429).
El pedido en cuestión ha sido ratificado por los imputados, quien con el correspondiente asesoramiento de sus defensores, reconocieron expresamente la materialidad del hecho atribuido, su autoría y responsabilidad penal, suscribiendo debidamente la solicitud.
Finalmente, se llevó a cabo la audiencia “de visu”, de conformidad a lo dispuesto en los arts. 41, inc. 2º, del C.P. y 431 bis, inc. 3º, del C.P.P.N., oportunidad en la que ratificaron plenamente el Fecha de firma: 27/12/2018 Firmado por: J.E. DE LA FUENTE, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #30580756#224126755#20181226093114952 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 39640/2017/TO1 acuerdo celebrado y demostraron haber entendido los alcances del acto (fs. 430).
Y CONSIDERANDO:
los motivos de hecho 1. Enunciación del hecho imputado Conforme surge del requerimiento de elevación a juicio oportunamente formulado, a los imputados se les atribuye el siguiente hecho:
“...el 2 de julio de 2017, alrededor de las 6.45 horas y en las inmediaciones de Fitz Roy y Vera de esta ciudad.
En las circunstancias apuntadas y mientras S.C., L.M.A. (alias el gordo Leo) y M.V. tomaban cerveza en la vía pública, arribó al lugar el auto Peugeot 307 con dominio GQX-332, que era conducido por F.L.F. y cuyo acompañante era F.N.P..
Inmediatamente después, dichos masculinos descendieron del rodado portando cada uno un cuchillo y así fue como F. increpó a A. refiriéndole ‘qué pasó con mi primo, vos le pegaste a mi primo, yo por mi primo mato y muero, yo te mato’, a la vez que ambos imputados le colocaron sus armas en el cuello y rostro y le dirigieron sucesivos puntazos, logrando producirle un leve corte en la zona maxilar izquierda del rostro, tas lo cual se inició un forcejeo entre las partes.
Seguidamente, C. gritó ‘qué onda’ y fue entonces cuando ambos imputados lo rodearon y F., tras colocarle el cuchillo en el cuello, le preguntó si él le había pegado a su primo, a lo que le contestó negativamente y tras ello, le efectuó un puntazo en el Fecha de firma: 27/12/2018 Firmado por: J.E. DE LA FUENTE, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #30580756#224126755#20181226093114952 glúteo izquierdo, provocándole...
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