Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL, 11 de Diciembre de 2018, expediente CCC 012557/2018/TO01

Fecha de Resolución11 de Diciembre de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 12557/2018/TO1 Buenos Aires, 11 de diciembre de 2018.

Y VISTOS:

Se reúnen los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional nº 24, actuando como vocales los Dres.

M.C.M. y J. de la Fuente y el Dr. M.Á. quien preside la audiencia, con la asistencia de la Dra. Ma. E.D.R., Secretaria actuante, para dictar sentencia en las causas n° 12.557/2018 y n° 66.139/2017 (ints. nros. 5020 y 5194 A.nc), seguida a L.E.P. (argentino, nacido el 26 de abril de 1996 en Avellaneda, PBA; hijo de G.E.P., indocumentado, identificado con prontuario policial T.M.

91.041 y expediente n° O3312237 del Registro Nacional de Reincidencia; con último domicilio real en Av. H. y Cachimayo, B.H., F.V., PBA y domicilio constituido en la calle V. 1685, piso 9° de esta ciudad junto con su defensa, actualmente detenido en el C.P.F. II Marcos Paz); y a J.E.S. (argentino, nacido el 11 de septiembre de 1992 en San Martín, PBA; hijo de H.D. y de E.M.P., titular del DNI n° 35.097.721, identificado con prontuario policial R.H. 313.221 y expediente n°

O3242597 del Registro Nacional de Reincidencia; con último domicilio real en la calle Q.C. n° 2423, J.C.P., PBA y domicilio constituido en la calle V. 1685, piso 9° de esta ciudad junto con su defensa, actualmente detenido en el C.P.F. II Marcos Paz); en orden al delito de robo agravado por haber sido Fecha de firma: 11/12/2018 cometido mediante el uso de armas y con la intervención de un Firmado por: M.R.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.C.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: JAVIER DE LA FUENTE, JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: MA. E.D.R., SECRETARIA DE CÁMARA #31744518#223865020#20181211160814658 menor de dieciocho años de edad, reiterado en dos ocasiones (C/N°

5020) e incendio en concurso ideal con robo simple en concurso real con robo simple en tentativa, siendo imputado por este hecho únicamente L.P. (C/N° 5194).

Intervienen en el presente proceso el Sr. Fiscal General –

subrogante- Dr. A.Y. y los Dres. M.P.P. y A.A.V., defensores ad hoc por la Defensoría Oficial n° 1 (Res. DGN n° 1762/2018), en la asistencia técnica de P. y Sallavedra.

Concluida la deliberación, se dispone leer la parte dispositiva de la sentencia y fijar la audiencia del día 18 de diciembre de 2018 a las 13.00 horas para la lectura integral de sus fundamentos (cfr. art. 400 C.P.P.N.).

En virtud de ello, el Tribunal

RESUELVE:

  1. RECHAZAR los planteos...

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