Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA, 6 de Diciembre de 2018, expediente FRE 014000295/2013/TO01

Fecha de Resolución 6 de Diciembre de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE RESISTENCIA FRE 14000295/2013/TO1 sistencia, 6 de diciembre de 2018.

Visto: Este Expediente Nº FRE 14000295/2013/TO1 caratulado:

A. s/ Infracción Ley 23.737

; y Considerando:

  1. Que a fs. 726 la imputada A., solicita se le

    otorgue autorización para viajar con su grupo familiar a la República Federativa

    de Brasil, ciudad de Florianópolis “Barra de Logoa”.

    II) A la Vista dispuesta, a fs. 734 el Sr. Fiscal S., Dr.

  2. se expresa por la negativa.

    III) Ponderadas las distintas constancias de autos surge que la

    prenombrada viene requerida a juicio en orden al delito de “Transporte de

    Estupefacientes” previsto y reprimido por el art. 5º inc. “c” de la Ley 23.737,

    encontrándose excarcelada desde el 04/noviembre/2013 con prohibición de salir

    del país; estando siempre a derecho conforme las constancias en: “Incidente de

    Excarcelación” expte nº 14000295/2013/TO1/1.

    Que en vistas a elaborar un pronóstico de conducta futura de la

    causante permiten apreciar que A. L. A. a los efectos del pedido

    impetrado, informa: fecha de viaje con egreso (04 de febrero del año 2019) y de

    regreso al país (20 de febrero de 2019), lugar de alojamiento (Casa Pousada

    Patricia Zouza, sito en calle J. nº 54 de Florianópolis), grupo

    familiar que la acompaña (su pareja, cuñado, suegra y dos menores), y los datos de

    los vehículos particulares en los que se trasladaría, acompañando a sus efectos la

    documental a fs. 727/732.

    Como antecedentes cabe merituar: que en fecha 27/enero/2017, la

    Sra. Juez de instrucción le concedió autorización de viaje al exterior,

    verificándose posteriormente que A. cumplió con las cargas

    oportunamente impuestas; que no intentó eludir el accionar de la justicia; que

    compareció ante el juzgado federal de primera instancia desde noviembre de

    2013 hasta junio 2017 y ante este tribunal (desde julio del corriente año hasta la

    fecha), cumpliendo con las obligaciones impuestas al momento de concedérsele

    su excarcelación, como al autorizarse su viaje al exterior; en igual sentido esta

    magistratura autorizó a fs. 719/720 su salida del país en el período vacional

    Fecha de firma: 06/12/2018 Firmado por: J.M.I., JUEZ Firmado por: R.A., JUEZ DE CAMARA SUBROGANTE Firmado(ante mi) por: F.C.R., SECRETARIO DE CAMARA #30096739#222877271#20181206164614784 anterior (enerofebrero del año 2018) cumpliendo la encartada con las

    condiciones impuestas oportunamente.

    Además, posee suficiente arraigo el cual se evidencia al...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR