Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 22 DE LA CAPITAL FEDERAL, 4 de Diciembre de 2018, expediente CCC 004408/2018/TO01
Fecha de Resolución | 4 de Diciembre de 2018 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 22 DE LA CAPITAL FEDERAL |
Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 22 DE LA
CAPITAL FEDERAL.
CCC 4408/2018/TO1.
nos Aires, 4 de diciembre de 2018.
Y VISTOS:
Para dictar sentencia en esta causa N° 5681 (4408/18) seguida a
L., argentino, titular del Documento Nacional de
Identidad N° 33.531.034, nacido el 18 de enero de 1988 en esta Ciudad, hijo de
M. y de B., identificado mediante legajo
serie 104 n° 68.592 de la Policía Federal Argentina, último domicilio en
Bernardo de Yrigoyen 1568, 5° “V” de esta Ciudad y constituido junto con su
abogado defensor en Avda. R. 1190 piso 9° de esta Ciudad.
Intervienen en el proceso, como representante del Ministerio
Público Fiscal, la Dra. G. y por la defensa la Dra. Guadalupe
Piñero, de la Defensoría nro. 13 del fuero.
Y CONSIDERANDO:
En este proceso seguido a L., el Sr.
Fiscal General ha solicitado la adopción del régimen normativo establecido en
el art. 431 bis del Código Procesal Penal referido al juicio abreviado (fs. 91).
Según consta en la presentación mencionada, se han reunido la
representante del Ministerio Público Fiscal con el procesado y el defensor.
En dicha oportunidad, F. prestó conformidad sobre la
existencia del ilícito, autoría y participación que se le adjudica en el
requerimiento de elevación a juicio obrante a fs. 62/64.
El Sr. Fiscal ha peticionado al Tribunal que se dicte sentencia
condenatoria en la presente causa, en orden al delito de resistencia a la
autoridad en concurso ideal con lesiones leves reiteradas en dos
oportunidades, imponiéndole al nombrado la pena de dos meses de prisión
cuyo cumplimiento podrá ser dejado en suspenso y costas y que se le imponga
por el plazo de dos años la obligación de fijar residencia y someterse al
Fecha de firma: 04/12/2018 Alta en sistema: 05/12/2018 Firmado por: P.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CAROLINA I.P. #31999763#220652293#20181204131257176 cuidado de un patronato (art. 26, 27bis, 29 inc. 3°, 45, 54, 89 y 239 del Código
Penal de la Nación).
Asimismo, toda vez que F. registra una condena firme
impuesta el 28 de mayo de 2018 en la causa n° 5704 del Tribunal Oral en lo
Criminal y Correccional n° 28 a la pena de un año de prisión en suspenso y
costas en orden al delito de robo simple en grado de tentativa, en concurso
ideal con resistencia a la autoridad y se le impuso por el término de dos años
la obligación de fijar residencia, someterse al cuidado de la Dirección de
Control y Asistencia de Ejecución Penal; y previo informe que acredite su
necesidad y eficacia, someterse a un tratamiento por su adicción a las drogas
en el Hospital de Salud Mental y Adicciones “Lic. L., sito en
Combate de los Pozos 2133 de esta Ciudad, requirió que se lo condene en
definitiva a la pena única de un año de prisión cuyo cumplimiento podrá ser
dejado en suspenso y costas y se disponga que por el término de dos años
cumpla con las obligaciones de fijar residencia, someterse al cuidado de la
Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal y, previo informe que
acredite su necesidad y eficacia, someterse a un tratamiento por su adicción a
las drogas en el Hospital de Salud Mental y Adicciones “Lic. Laura
Bonaparte, sito en Combate de los Pozos 2133 de esta Ciudad (art. 26, 27bis
inc. 1° y 6°, 55 y 58 del Código Penal).
Acorde con lo prescripto por el inciso 3ro. del artículo 431 bis
del C.P.P.N., la suscripta ha tomado conocimiento "de visu" del imputado (fs.
95), oportunidad en la que se ratificara la presentación de fs. 90.
Se le atribuye a L. el hecho ocurrido
el 19 de enero de 2018, siendo alrededor de las 8.20hs, en la intersección de
Brasil y B. de I. de esta Ciudad, ocasión en que agredió en su
integridad física al I. A. A. B. y al Oficial Horacio
Berón.
Fecha de firma: 04/12/2018 Alta en sistema: 05/12/2018 Firmado por: P.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CAROLINA I.P. #31999763#220652293#20181204131257176 Poder Judicial de la Nación...
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