Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA, 16 de Noviembre de 2018, expediente FRE 008767/2015/TO01

Fecha de Resolución16 de Noviembre de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE RESISTENCIA FRE 8767/2015/TO1 Resistencia, 16 de noviembre de 2018.

Vistos y Considerando:

  1. Que en la presente causa, se encuentran requeridos a juicio: Luis Darío

    Maciel como autor del delito de transporte de estupefacientes (hecho cometido el día

    18072016), H. como autor del delito de almacenamiento de

    estupefacientes, transporte de estupefacientes y organizador del transporte, todos en

    concurso real, C. L. G. como autor del delito de transporte de

    estupefacientes, M. y M., como

    autores del delito de comercio de estupefacientes y N. como

    organizadora del delito de comercio de estupefacientes (hecho del día 21092016) )

    (fs. 2131/2151).

    Que a fs. 2335 el Dr. W. P. solicita la separación de las

    actuaciones relacionadas con su defendido L. D. M. del espediente

    principal. Consecuente con ello, deberá continuar el trámite bajo el procedimiento

    abreviado 8art. 431 bis del CPPN).

  2. A la vista dispuesta, el Sr. Fiscal a fs. 2364/2365 prestó su

    conformidad para la separación de la causa seguida contra M. por entender que

    el hecho por el que viene requerido a juicio, es un hecho independiente de la

    investigación principal.

  3. En orden a lo expuesto, habiendo conformidad de las partes,

    entendemos que en los términos del principio acusatorio que debe regir el

    procedimiento penal, deviene pertinente proceder a la separación de la causa que se

    le imputa a L. D. M., debiendo resolverse en aquella lo pertinente al

    trámite de juicio abreviado solicitado, continuando en los presentes autos, la causa

    que se les sigue a H., C., Marcelo Daniel

    Britez Rodas, M., y N..

    Por lo expuesto, Se Resuelve:

    1. Conformar causa separada respecto a L. D. M., con

      fotocopias de las piezas procesales pertinentes previamente certificadas por

      secretaría (fs. 1620/1694, 2131/2151, 2197, 2276/2279yvta, 2292/2294, 2335,

      2364/2365).

    2. Continuar el trámite en la presente causa respecto de Héctor Damián

      Álvarez, C., M., Milton...

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