Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 24 de Octubre de 2018, expediente FSA 052000180/2012/TO01

Fecha de Resolución24 de Octubre de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SALTA - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SALTA FSA-52000180/2.012/T.O.1 Principal en Tribunal Oral TO/01 - IMPUTADOS: VILLA, D.D., GUANCA VERA, S.A.; V., H.D., y VILLA, J.E. s/ Infracción Ley 23.737 – Resistencia a la autoridad En la ciudad de Salta, a los veinticuatro días del mes de Octubre de 2.018, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Salta, integrado por los señores Jueces de Cámara F.S.D., M.M.J.A. y M.L.S., con la asistencia de la Señora Secretaria M.A.F., procede a dictar los fundamentos de la Sentencia recaída en el Expediente Nº FSA –

52000180/2.012/TO1, caratulado “VILLA, D.D., GUANCA VERA, S.A., V., H.D., y VILLA, J.E. s/ Infracción a la Ley Nº

23.737 – Transporte de Estupefacientes – Resistencia a la Autoridad”, en el que se encuentran imputados S.A.G.V., argentino, soltero, chofer -

comerciante, de treinta y nueve años de edad, titular del Documento Nacional de Identidad Nº 26.899.840, nacido en la ciudad de Salta capital, en fecha 10 de Abril de 1.979, hijo de A.H.G. y de M.V., con domicilio real en la calle I.A.C.N.° 1.619, del Barrio Vialidad, de la ciudad de Salta, Provincia de Salta; D.D.V., argentino, soltero, trabajador de la construcción, con instrucción, de veintiséis años de edad, titular del Documento Nacional de Identidad N° 36.338.826, nacido el día 11 de Marzo de 1.992 en la ciudad de Tartagal, Provincia de Salta, hijo de D.V. y de O.N.V., con domicilio real en la calle Los Cebiles s/n, de la localidad de Coronel Cornejo, Departamento S.M., Provincia de Salta; H.D.V., argentino, soltero, con instrucción, jornalero, de veinticinco de edad, Titular del Documento Nacional de Identidad N° 37.961.271, nacido el día 06 de Octubre de 1.992 en la localidad de Tartagal, Provincia de Salta, hijo de C.N.V., con domicilio real en el Fecha de firma: 24/10/2018 Firmado por: F.S.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.M.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.A.F., SECRETARIA #31296782#219755869#20181024103014382 Gasoducto, de la localidad de Coronel Cornejo, Departamento S.M., Provincia de Salta; y J.E.V., argentino, soltero, en concubinato, con instrucción, changarín, de treinta y seis años de edad, Titular del Documento Nacional de Identidad N° 29.493.282, nacido el día 08 de Octubre de 1.981, en la localidad de Tartagal, Provincia de Salta, hijo de D.V. y de O.N.V., con domicilio real Barrio Coronel Cornejo, Los Álamos y Primero de Mayo de la localidad de General E.M., Provincia de Salta; asistidos los dos primeros por el señor Defensor Oficial O.T. delC., y los dos últimos por el abogado defensor particular D.Á.R.D., e interviniendo como representante del Ministerio Público Fiscal el S.F. General C.M.A..

Se deberá responder a las cuestiones referidas a: 1.- la procedencia de las nulidades planteadas por las Defensas de los imputados; 2.- existencia del hecho, la autoría y responsabilidad de los encartados; 3.- en su caso, calificación legal que corresponda a sus conductas, y pronunciamiento que se dicte al respecto, y 4.- penas a imponerse en el supuesto de corresponder, y costas del proceso. Por lo que, RESULTA

  1. Que, a fojas 983/984, 1.012/1.020, 1.038/1.043, 1.046/1.047, 1.095/1.099, y 1.136/1.144, constan las actas de realización de la audiencia de debate en juicio oral y público celebrado por ante este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Salta N° 1, integrado los señores Jueces de Cámara F.S.D., M.M.J.A., y M.L.S., el que comenzó con la lectura de la requisitoria de elevación a juicio obrante a fojas 693/710 de las actuaciones, de la que se desprende el hecho por el que vinieron imputados los causantes D.D.V., S.A.G.V., H.D.V. y J.E.V., surgiendo de dicha pieza procesal que la presente causa se inició el día 20 de Febrero de 2.012, aproximadamente a horas veintiuna y treinta (21:30), en oportunidad en la que el personal del Escuadrón 52 “Tartagal”, Sección Senda Hachada de Gendarmería Fecha de firma: 24/10/2018 Firmado por: F.S.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.M.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.A.F., SECRETARIA #31296782#219755869#20181024103014382 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SALTA Nacional se encontraba realizando un patrullaje hasta la localidad de B. y sus alrededores, cuando observaron varias huellas de motocicletas sobre uno de los caminos secundarios de las afueras de la mencionada localidad que conduce a la margen del Río Seco, pudiendo vislumbrar una luz imponente de color amarillo y otra de color rojo ubicadas a una distancia de setecientos metros, que aparentaba ser de dos moto vehículos que se encontraban inmóviles, arribando a tal conclusión porque no se escuchaban ruidos ni de marcha ni de encendido.

    Ante tal circunstancia, el personal actuante estacionó el patrullero al costado del camino, puesto que no pudieron continuar con la marcha debido a las pésimas condiciones del mismo, para desplazarse en forma peatonal en dirección a las luces avistadas, cuando, encontrándose a una distancia de quinientos metros, éstas comenzaron a moverse cruzando el Río Seco hacia el margen Este, en dirección contraria a la ubicación de la preventora, lográndose advertir que se trataba de dos motos.

    Frente a ello, y con el fin de individualizar a estas personas, el personal emprendió el regreso siguiendo el mismo itinerario hasta retornar a la Ruta N° 34, continuando en dirección Sur, pasando por el puesto de Control Senda Hachada hasta arribar al camino alternativo que conduce al sector conocido como “La Porcelana”, ingresando en éste, donde advirtieron a una distancia aproximada de cien metros, y en sentido contrario a la patrulla, el desplazamiento de lo que aparentaba ser -por las características de las luces-, una motocicleta y un vehículo.

    Así las cosas, detuvieron la marcha a la espera de los referidos rodados, los que al acercarse se percataron de la presencia del personal uniformado, el que dio la voz de “Alto Gendarmería”, momento en el que una persona de sexo masculino que conducía la motocicleta tipo enduro sin placa de identificación, aceleró su marcha en evidente actitud de fuga tratando de embestir a los gendarmes, sin lograr su cometido siendo aprehendido e identificado como H.D.V..

    Acto seguido, el personal observó que a una distancia de cincuenta metros se acercaba un vehículo de color blanco sin poder ver a sus ocupantes, en el mismo Fecha de firma: 24/10/2018 Firmado por: F.S.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.M.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.A.F., SECRETARIA #31296782#219755869#20181024103014382 sentido al de la motocicleta, los que al ver a la preventora y ante la voz de alto, detuvieron su marcha, realizando en forma brusca una maniobra para retroceder y emprender la fuga sin poder lograrlo. En ese momento se abrieron las dos puertas delanteras saliendo del automóvil dos personas de sexo masculino, quienes comenzaron a correr para huir tomando diferentes direcciones, sin ser encontrados a pesar del seguimiento efectuado.

    Al dirigirse hacia el vehículo abandonado, marca Renault modelo Megane, dominio colocado CTV-030, constataron la presencia de bolsas de color gris en el asiento trasero, motivo por el que solicitaron telefónicamente apoyo al personal del Control de Senda Hachada, arribando el refuerzo aproximadamente a las cuatro y treinta de la mañana, junto con personal de la Policía Científica.

    También se realizó un rastrillaje en la zona aledaña donde sucedieron los hechos, encontrándose una licencia de conducir emitida por la Municipalidad de General Mosconi, a nombre de J.E.V.. Debido a lo avanzado de la hora y a lo desolado del lugar se trasladaron la motocicleta, el vehículo y el ciudadano detenido hacia el puesto de control, siendo testigos del procedimiento los señores M.P. y S.A.G.V., según sus propias manifestaciones ya que no exhibieron los documentos que acreditaban tales identidades (determinándose luego que M.P. era una identidad falsa; ambos devendrían luego en imputados en esta causa).

    Ya en el asiento de la Unidad, en presencia de los testigos mencionados precedentemente y del señor V.C.D. (también convocado como testigo), el personal del Escuadrón 52 “Tartagal” Sección Senda Hachada, requisó el automotor constatando en su interior seis (06) bolsas de arpillera de color gris azulado, y seis bolsas (06) de similares características en el baúl, las que enumeraron correlativamente del uno al doce, verificándose en ellas paquetes de diferentes formas y tamaños envueltos en cinta de embalar de diferentes colores y materiales, con sustancia pulverulenta compacta de color blanco. El total de los paquetes ascendió a ciento noventa y ocho (198).

    Fecha de firma: 24/10/2018 Firmado por: F.S.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.M.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.A.F., SECRETARIA #31296782#219755869#20181024103014382 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SALTA Se practicó la prueba de narcotest sobre muestras elegidas al azar, reaccionando cromáticamente en forma positiva al grupo de las ecgoninas (cocaína). El pesaje arrojó

    un peso total de ciento ochenta y dos kilos con ochocientos treinta y un gramos de clorhidrato y pasta base de cocaína, con envoltorios incluidos, circunstancia que quedó

    confirmada con el resultado de la pericia química, según se advierte de fojas 281/306, en una concentración del 46,09% de mínimo y del 84,73% de máximo de pureza.

    También se secuestraron dinero en efectivo, cinco CDs, documentación de facturación y remitos varios, y un chip de la empresa Personal. Sobre la persona de H.D.V. se encontraron una licencia de conducir partida por la mitad emitida por la municipalidad de General M. a su nombre, y un teléfono celular marca LG. Se procedió a la incautación del vehículo marca Renault modelo Megane, Dominio Colocado CTV-030, y de la motocicleta marca G..

    Una vez labradas las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR