Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN JUAN, 22 de Octubre de 2018, expediente FMZ 041001077/2011/TO01

Fecha de Resolución22 de Octubre de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN JUAN

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN J.S.J., 22 de octubre de 2018.

Se reúnen los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de S.J., convocados a efectos de entender en las presentes actuaciones, el Dr. S.A.P., en su carácter de P. y los Dres. G.F. y Á.G.N. como vocales, en presencia de las Secretarias, Dras. M.M.A. y M.A.C.C., para dictar sentencia en la causa N° FMZ 41001077/2011, caratulados “C/ M.O. y otros s/ Av. Delitos de Lesa Humanidad” y sus acumulados FMZ Nº 82037390/2013, FMZ Nº

81037335/2012, FMZ Nº 54004077/1975, FMZ Nº 54004604/1976 y FMZ Nº 540018186/2012, elevada a juicio por averiguación de delitos de lesa humanidad seguida contra: 1) ABALLAY, J.A.: argentino, D.N.

  1. N° 4.626.798, de estado civil casado, de profesión Retirado de la Policía Federal Argentina, nacido el 09 de abril de 1948, hijo de J.F.A. y de M.E.A., domiciliado realmente en Barrio Justo Castro I, M.I., casa 32, C. –S.J., actualmente detenido en el Servicio Penitenciario Provincial 2) ARANCIO, E.L.:

    argentino, D.N.

  2. N° 8.282.053, casado, M. Retirado con el grado de C. de Intendencia, nacido en Mendoza el día 06 de agosto de 1950, domiciliado en Pueyrredón 760 Chacras de Coria – Mendoza. 3) BLANCO, P.E.: argentino, D.N.

  3. 11.416.225, de estado civil divorciado, 62 años de edad, nacido el 06 de agosto de 1954, de profesión Retirado del Ejército Argentino, hijo de P.B. y de Argentina Teresa Cruz, domiciliado realmente en Casa 11 manzana H Barrio Búbica - Rawson –

    S.J.. 4) CARDOZO, EDUARDO DANIEL: argentino, D.N.

  4. 10.550.576, de apellido materno R., casado, M. retirado con el grado de C., nacido en Buenos Aires, el día 11 de octubre de 1952, domiciliado en calle O.N.° 2171, 4° “A” CABA, Argentina, hijo de C.Á.F. de firma: 22/10/2018 Firmado por: SERGIO A. PADUCZAK Firmado por: A.G.N. Firmado por: GUILLERMO FRIELE, GF 1 Firmado(ante mi) por: M.M.A., SECRETARIA #24463547#219430335#20181022124458174 C. y S.B.R., domiciliado realmente en calle O.N.°

    2171, 4° “A” C.A.B.A., actualmente detenido en la Unidad Nº 34 del S.P.F. 5)

    CORONEL, J.C.: argentino, de apellido materno L.V., D.N.

  5. N° 7.206.453, viudo, nacido el 30 de octubre de 1942 en la ciudad de Santiago del Estero, hijo de J.M.C. y América L.V., militar retirado, con régimen de prisión domiciliaria, domiciliado en calle domiciliado en calle B. 1520 – Villa Carlos Paz - Provincia de Córdoba, Argentina. 6) DE M., G.R., de apellido materno G.D., D.N.

  6. N° 7.373.588, argentino, divorciado, nacido en Buenos Aires el 08 de diciembre de 1948, hijo de J.C. De Marchi (f) y M.E.G. (f), militar retirado, domiciliado en calle Austria N° 2064, C.. 7) DEL TORCHIO, J.F.: de apellido materno P., D.N.I N° 8.604.921, argentino, casado, nacido en Capital Federal el 03 de septiembre de 1951, hijo de C.V. delT. y de C.P., militar retirado, domiciliado en calle Av. R.H. 3737, Depto.

    4° “G”, Capital Federal. 8) GÓMEZ, D.R.: de apellido materno T., L.E. 8.604.936, argentino, casado, nacido en la ciudad de San Juan el 28 de agosto de 1951, hijo de D.G. y H.R.T., militar retirado, domiciliado en calle B° Meglioli Manzana “C”

    Casa 12, Rivadavia, S.J.. 9) MANRIQUE, N.D.: de apellido materno Quilpatay, D.N.

  7. Nº 8.666.351, argentino, casado, nacido el 11 de Diciembre de 1947, Jubilado de la Policía de San Juan, domiciliado en Barrio Las Acacias, Casa 48, Departamento Capital, Provincia de San Juan.

    10) MARTEL, O.B.: de apellido materno M., de 68 años de edad, casado, argentino, D.N.I N° 8.273.472, nacido en San Juan el 01 de abril de 1948, hijo de R.A.M. y de N.S.M., militar retirado, domiciliado realmente en calle Las Violetas 980, Barrio San Martín - Comodoro Rivadavia, Chubut. 11) M.C., J.F. de firma: 22/10/2018 Firmado por: SERGIO A. PADUCZAK Firmado por: A.G.N. Firmado por: GUILLERMO FRIELE, GF 2 Firmado(ante mi) por: M.M.A., SECRETARIA #24463547#219430335#20181022124458174 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN JUAN CARLOS: de apellido materno San Román, L.E N° 7.670.704, argentino, casado, nacido en Córdoba el día 13 de diciembre de 1948, hijo de C.A.M.C. y de C.M.S.R., militar retirado, domiciliado en calle Á.I. 1407, Barrio Cerro las Rozas, Ciudad de C.. 12) OLIVERA, J.A.: de apellido materno S., D.N.

  8. N° 8.376.721, argentino, nacido en Misiones el 10 de agosto de 1950, hijo de J.O. y M.A.S., militar retirado y abogado, domiciliado en Tucumán 1335- Piso 3°- Dpto. “F”, Capital Federal, Argentina. 13) ORTEGA, R.A., de apellido materno F., D.N.I N° 4.860.468, argentino, casado, nacido en San Juan el día 13 de agosto de 1937, hijo de C. delR.O. y de M.I.F., militar retirado, domiciliado en V.O. y F. 3052, 5° piso “D2”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 14) RODRÍGUEZ, J.H.: de apellido materno Olmedo, D.N.

  9. N° 6.753.649, argentino, casado, nacido en Caucete provincia de San Juan el 21 de octubre de 1934, hijo de M.F.R. y M.E.O., Comisario Inspector (R), domiciliado en Laprida N° 637- este- Ciudad, S.J., Argentina. 15)

    TORRES, J.C.: de apellido materno D., DNI N° 8.667.729, argentino, nacido en San Juan el 27 de noviembre de 1947, hijo de J.F.T. y E. de la Cruz Díaz, Jubilado por incapacidad – oficial de la Policía de San Juan, domiciliado en calle Las Heras 1578 – Sur- Barrio Santa Teresita, Capital, S.J., Argentina. 16) VIC, E.D.: D.N.

  10. N° 10.525.383, argentino, casado, de profesión militar retirado e ingeniero en sistemas, nacido el 06 de mayo de 1952 en Capital Federal, hijo de E.E.V. y de N.G.F., domiciliado realmente en Urcola 1.352, San Fernando, Buenos Aires.

    En estos autos son partes, representando al Ministerio Público Fiscal en las distintas instancias de debate, el Sr. Fiscal General Dr. F.F. de firma: 22/10/2018 Firmado por: SERGIO A. PADUCZAK Firmado por: A.G.N. Firmado por: GUILLERMO FRIELE, GF 3 Firmado(ante mi) por: M.M.A., SECRETARIA #24463547#219430335#20181022124458174 M., en forma conjunta con el F. General Dr. D.V. y la Fiscal “Ad Hoc” Dra. G.G.; la querellante M.C.L. representada por el Dr. R.K., las querellantes adherentes Dr. L.M. por la Liga Argentina de los Derechos Humanos y Asociación de Ex Presos Políticos; y el Dr. H.R. delC. por la Asociación Civil de Asamblea Permanente por los Derechos Humanos.

    En la defensa de los acusados: P.E.B.; J.C. CORONEL; G.R.D.M.; D.R.G.; O.B.M.; J.A.O.; R.A.O.; J.H.R.; J.C.T., el Defensor Oficial Dr. E.C., como Defensores Públicos Coadyudantes los Dres. A.I.L.L. y S.H.. Por su parte, los acusados J.A.A., E.D.C. y J.F.D.T., son defendidos por el Dr. M.F.V. y en el caso de E.L.A. el mencionado profesional ejerce la defensa conjunta con el Dr. E.D.P.. En cuanto a los acusados N.D.M. y J.C.M.C., son defendidos por los letrados R.L. y F.M.. Por último, la defensa del acusado EDUARDO DANIEL VIC, es ejercida por los Dres.

    M.T. y S.L..

    Concluida la deliberación, y haciendo uso de las facultades que otorga al Tribunal el art. 400 tercer párrafo del Código Procesal Penal de la Nación, se resuelve dar lectura a la parte dispositiva de la sentencia y fijar la audiencia para el día 10 de diciembre de 2018, a las 12:00 horas, para leer sus fundamentos.

    Por ello, en mérito al acuerdo que se arribó, el Tribunal; Fecha de firma: 22/10/2018 Firmado por: SERGIO A. PADUCZAK Firmado por: A.G.N. Firmado por: GUILLERMO FRIELE, GF 4 Firmado(ante mi) por: M.M.A., SECRETARIA #24463547#219430335#20181022124458174 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN JUAN RESUELVE:

    1. RECHAZAR los planteos de extinción de la acción penal por prescripción.

    2. RECHAZAR los planteos de inconstitucionalidad de la Ley N° 25.779, que declaró la nulidad de la Ley de Obediencia Debida -Ley N° 23.521- y la Ley de Punto Final -Ley N° 23.492-.

    3. RECHAZAR el planteo de nulidad de las indagatorias y la acusación del Señor Fiscal General.

    4. RECHAZAR la nulidad de los reconocimientos fotográficos.

    5. RECHAZAR el planteo efectuado por la defensa, en relación a la incorporación por lectura de los testimonios de las víctimas, que cuentan con certificados expedidos por el Centro Ulloa.

    6. CONDENAR A J.A.A., de las demás condiciones personales mencionadas en autos, por ser coautor materialmente responsable de los delitos: privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas (1 hecho en la causa N° 540018186/2012) y tormentos agravados por la condición de perseguido político de la víctima (1 hecho en la causa N°

      540018186/2012), los que concurren realmente entre sí, a la pena de SEIS AÑOS DE PRISIÓN, INHABILITACIÓN ABSOLUTA, y costas del proceso (arts. 19 inc. 1°, 2° y 3°; 29 inc. 3°, 45, 55, 144 bis inciso 1° en función del artículo 142 inciso 1° según Ley N° 14.616 y 20.642 y artículo 144 ter inciso 2° según Ley N° 14.616 del Código Penal y 530, 531 del Código Procesal Penal de la Nación).

      Fecha de firma: 22/10/2018 Firmado por: SERGIO A. PADUCZAK Firmado por: A.G.N. Firmado por: GUILLERMO FRIELE, GF 5 Firmado(ante mi) por: M.M.A., SECRETARIA #24463547#219430335#20181022124458174 7. ABSOLVER A J.A.A., por el delito de asociación ilícita por el que fuera acusado por el Sr. Fiscal General, por existir dudas en cuanto a su responsabilidad criminal, sin costas (arts. 210 del C.P.; arts. 3, 530 y 531 del Código Procesal Penal de la Nación).

    7. CONDENAR A E.D.C., de las demás condiciones personales obrantes en autos, por ser coautor materialmente responsable de los delitos: privación ilegítima de la libertad abusiva agravada por mediar amenazas y violencia y por haber durado más de un mes (24 hechos en la causa Nº 54004077/1975, 41 hechos en la causa Nº 41001077/11 y 82037390/2013, 16 hechos en la causa N° 54004604/1976, 20 hechos en la causa N° 81037335/12, todos los hechos en concurso real); privación ilegítima de la libertad agravada por mediar...

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