Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: TURCO VIOLA, JACINTO CARLOS ALBERTO s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C)
Número de expediente | FPA 008491/2016/TO01 |
Fecha | 11 Octubre 2018 |
Número de registro | 218732725 |
Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ
SENTENCIA N° 61/18 En la ciudad de Paraná, provincia de Entre Ríos, a los once días del mes de octubre del año dos mil dieciocho, se reúnen en la Sala de Audiencias del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná sus integrantes, los Sres. Jueces de Cámara, D.. N.M.B., L.G.C. y R.M.L.A., bajo la presidencia de la primera de los nombrados, asistidos por la Sra. Secretaria del Tribunal, Dra. B.M.Z., para suscribir los fundamentos de la sentencia dictada en la causa N° FPA 8.491/2016/TO1 caratulada “TURCO VIOLA, J.C.A. s/Infracción Ley 23.737 (art. 5 inc. c)” y su acumulada Nº FPA 7.433/2017 caratulada “RODRÍGUEZ, M.Á.; R., S. delV. y TURCO VIOLA, J.C.A. s/Infracción Ley 23.737”, cuyo veredicto se adelantara el pasado día jueves 4 de octubre del cte. (fs. 341/342).
Estas causas se siguen a: 1) JACINTO C.A.T.V., argentino, sin sobrenombre o apodo, DNI Nº 20.940.135, nacido el 20 de septiembre de 1969 en la ciudad de Corrientes, provincia homónima, de 49 años de edad, de estado civil casado con S. delV.R., tiene 2 hijos menores de edad (de 13 y 8 años), comerciante (tenía una rotisería que cerró
luego de su detención), con instrucción secundaria completa, hijo de A.T. (f) y de R.M.V. (f), con último domicilio en calle Badajoz Nº 309, B.A., de la ciudad de Corrientes, provincia homónima y actualmente alojado en la Unidad Penal Nº 1 de Paraná; 2) M.Á.R., argentino, sin sobrenombre o apodo, DNI Nº 20.728.036, nacido en la ciudad de Buenos Aires el día 4 de febrero de 1969, de 49 años de edad, de estado civil soltero, vivió en concubinato con G.B.F. de quien está separado, tiene una hija de 18 años de edad, con estudios primarios completos, de ocupación remisero, hijo de M.R.R., jubilado, y W.R., ama de casa, con último domicilio en calle V. de L.N. 1225 de la ciudad de Corrientes, provincia homónima y actualmente alojado en la Unidad Penal Nº 1 de Paraná; y 3) S.D.V.R., argentina, sin sobrenombre o apodo, DNI Nº 31.666.579, nacida en la ciudad de Corrientes, provincia Fecha de firma: 11/10/2018 homónima, el día 12 de junio de 1985, de 33 años de edad, de estado civil casada Firmado por: N.M.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.G.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.L.A. , JUEZ DE CAMARA 1 Firmado(ante mi) por: B.M.Z., SECRETARIO DE CAMARA #29437661#218732725#20181011110736203 con J.C.A.T.V. y separada de hecho, tiene dos hijos menores de edad (de 13 y 8 años), con estudios secundarios incompletos, de ocupación ama de casa y vendedora de ropa por internet, hija de M.R.R., jubilado, y W.R., ama de casa, con último domicilio en calle Badajoz Nº 309, B.A., de la ciudad de Corrientes, provincia homónima y actualmente en prisión preventiva domiciliaria.
Los tres procesados manifestaron que no padecen de ninguna enfermedad que les impida entender lo que sucede en la audiencia de debate.
En la audiencia plenaria intervino como representante del Ministerio Público Fiscal, el Sr. Fiscal General, Dr. J.I.C., mientras que la defensa técnica de los imputados Turco Viola y M.Á.R. estuvo a cargo de su abogada particular de confianza, Dra. C.A.B. y en la asistencia de la imputada S. delV.R. intervino la Sra.
Defensora Pública Oficial Coadyuvante, Dra. N.Q..
I). La imputación I.a). Causa Nº FPA 8.491/2016 De conformidad al requerimiento fiscal de elevación a juicio obrante a fs.
152/156 vto. e incorporado por lectura al debate en la oportunidad del art. 374 del CPPN, se le imputa a J.C.A. TURCO VIOLA la autoría del delito de transporte de estupefacientes, descripto y reprimido por el artículo 5º, inciso “c”, Ley 23.737.
Ello, toda vez que el día 14 de septiembre de 2016, siendo aproximadamente las 5:30 horas, personal del Grupo de Seguridad Vial y Núcleo del Escuadrón N° 56 “Gualeguaychú” de Gendarmería Nacional Argentina, apostado en el Puesto de Control de Ruta situado en el kilómetro 73 de la Ruta Nacional N° 14, en el Departamento Gualeguaychú, provincia de Entre Ríos, detuvo la marcha de un colectivo de pasajeros de la empresa Flecha Bus, interno N° 37046, dominio AA-367-FW proveniente de Resistencia (Chaco) y con destino a Retiro (Buenos Aires).
En dicha oportunidad, la gendarme R.T. y el Cabo Primero J.R.Q., procedieron al registro del micro y al solicitar la documentación personal de los pasajeros, Fecha de firma: 11/10/2018 la gendarme observó que detrás de la Firmado por: N.M.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.G.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.L.A. , JUEZ DE CAMARA 2 Firmado(ante mi) por: B.M.Z., SECRETARIO DE CAMARA #29437661#218732725#20181011110736203 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ
butaca N° 29 había dos mochilas. En el asiento señalado viajaba J.C.A.T.V., quien negó la propiedad de dicho equipaje. Los preventores interrogaron al resto del pasaje sobre el propietario de las mochilas con resultado negativo, por lo que se dio intervención al gendarme J.P., guía del can de narcóticos “Gyna”, que reaccionó marcando la presencia de estupefacientes en las mochilas señaladas, como así también en una mochila negra, roja y blanca con la inscripción “P.R. y sus Redonditos de Ricota” que el pasajero Turco Viola llevaba entre sus piernas.
Ante tales circunstancias, se le requirió al nombrado el pasaje, quien entregó a los preventores el boleto N° 47229896 con origen en Corrientes capital y destino en El Talar (Buenos Aires) que tenía adosado el ticket de equipaje N°
3745138. Asimismo, exhibió otro pasaje de la empresa de transporte “S.”
fechado el 12 de septiembre de 2016, N° 000800017972 a su nombre.
Seguidamente, en virtud de las prevenciones del art. 230 bis del C.P.P.N., los preventores requisaron los equipajes de Turco Viola, iniciando por el bolso de color gris que el imputado había despachado en la baulera del micro con el ticket N° 3745138, el que contenía prendas de vestir. Luego se abrió la mochila que Turco Viola llevaba entre sus piernas y hallaron un envoltorio blanco de goma espuma dentro del cual había dos paquetes rectangulares envueltos uno de ellos en cinta de embalar color ocre y el otro con papel aluminio, conteniendo ambos material vegetal; finalmente, en el interior de las mochilas con la inscripción “XS-
Sports By Chenson” situadas detrás de la butaca N° 29, encontraron dentro de cada una 13 paquetes rectangulares similares a los hallados en la primera mochila registrada, también con material vegetal.
Por último, dentro de la billetera del imputado, entre otros efectos, se halló
un envoltorio de nylon transparente con sustancia en polvo blanca.
En sede judicial, el tóxico incautado arrojó un peso de 0,2 gramos de cocaína y 29,241 kilogramos la marihuana.
I.b). Causa acumulada Nº FPA 7.433/2017 En un todo de conformidad al requerimiento fiscal de elevación a juicio de fs. 298/300 vto. e incorporado por lectura al debate en la oportunidad del art. 374 Fecha de firma: 11/10/2018 del CPPN, se les imputa a J.C.A.T.V., M.Á. Firmado por: N.M.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.G.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.L.A. , JUEZ DE CAMARA 3 Firmado(ante mi) por: B.M.Z., SECRETARIO DE CAMARA #29437661#218732725#20181011110736203 RODRÍGUEZ y S. delV.R. la coautoría del delito de transporte de estupefacientes agravado por la intervención organizada de tres o más personas, descriptos y reprimidos por los artículos 5º inciso “c” y 11º inciso “c”, ambos de la Ley 23.737.
Ello, toda vez que el día 7 de junio de 2017, entre las 01:15 y 03:50 horas, en cercanías del kilómetro 605 de la Ruta Nacional N° 12, a la altura del puente Arroyo Arenales, Departamento La Paz (Entre Ríos), personal de la Policía de Entre Ríos que se hallaba en una recorrida de prevención de delitos –y que siguió
luego, según se verá, con un operativo de búsqueda-, constató que un automotor marca Toyota Corolla, de color negro, dominio JFF-672, que circulaba por dicha arteria, se había estacionado sobre la banquina, frente al mojón del km.605 de dicha ruta y anexo al citado puente, y que uno de sus ocupantes se hallaba ocultando ‘un bulto’ tras el guardarrail.
Al posicionarse el móvil policial detrás del rodado en cuestión fue objeto de una agresión con arma de fuego efectuada por uno de sus ocupantes, la que fue repelida al aire por los agentes del orden en momentos en que los sindicados se daban a la fuga por la referida ruta, ingresando al casco de la ciudad de La Paz.
El móvil policial emprendió la persecución de dicha unidad vehicular, dando aviso al personal del Comando Radioléctrico de la Jefatura Departamental La Paz de la PER y, al no alcanzarlo, regresaron al lugar en que habían avistado estacionado al Toyota Corolla. Se encontró allí –ocultos detrás del guardarrail- una campera y una mochila en cuyo interior hallaron diez (10) ladrillos compactos (7 y 3, respectivamente) de marihuana, envueltos en papel de aluminio y nylon transparente, con un peso de 9.933 gramos, inteligiendo que se trataba de los elementos que aquéllos transportaron hasta el lugar y pretendieron allí ocultar.
Dicha maniobra de ocultamiento, obrada por los nombrados lo fue –según se estimó– con la finalidad de sortear la zona de controles policiales camineros apostados en las cercanías de la ciudad de La Paz, sin el tóxico a bordo; eso sí, con el firme propósito de su recupero y retornar para retomar y/o reiniciar el transporte finalmente interceptado.
Mas, un rato después se logró la interceptación del automóvil que se había dado a la fuga, verificándose que era conducido Fecha de firma: 11/10/2018 en la ocasión por M.Á. Firmado por: N.M.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.G.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.L.A. , JUEZ DE CAMARA 4 Firmado(ante mi) por: B.M.Z., SECRETARIO DE CAMARA #29437661#218732725#20181011110736203 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ
Rodríguez, quien era acompañado por S. delV.R. y por J.C.A.T.V., todos los cuales se mostraron nerviosos, temblorosos y con referencias verbales...
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