Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL, 11 de Octubre de 2018, expediente CCC 003117/2016/TO01

Fecha de Resolución11 de Octubre de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 3117/2016/TO1 n Buenos Aires, a los 11 días del mes de octubre de 2018, siendo las 12.05 horas, se constituyó el Dr. A.C., Presidente del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional nº 13 de Capital Federal, en la sala para la celebración de la Audiencia de Suspensión de Juicio a Prueba en la presente causa n° 3.117/2016 seguida a E.N.G. (con D.N.

  1. 17.531.902, de nacionalidad argentina, nacida el 15 de enero de 1966 en la Provincia de Córdoba Capital, hija de H.G. y de M. delC.S., soltera, vendedora ambulante, con domicilio real en la calle Coligues 9706, B.V.C. de la localidad de Argüello, Provincia de Córdoba, con domicilio constituido junto a su letrada defensora Dra. A.C. en R.S.P. 1190, 9° de esta ciudad), por el delito de robo agravado por haber sido cometido en poblado y en banda. Acto seguido, hice saber que se encontraban presentes en la Sala la Sra. A.F., Dra. R.C.; la Defensora Pública Coadyudante, Dra. A.C. y la encausada G.. A continuación, se procedió a dar lectura del hecho descripto en el requerimiento de elevación a juicio de fs.

284/288. Luego de ello, la Dra. R.C., hizo saber que previo a ingresar a esta audiencia tomó contacto telefónico en las dependencias de esta Secretaria, con el damnificado E.A.P., quien prestó su conformidad a la concesión del instituto y aceptó la suma dineraria que se le fuere a ofrecer en concepto de reparación pecuniaria. Seguidamente, el Sr. Presidente se expidió acerca de la presentación formulada a los efectos que convocaran a los presentes a esta audiencia, otorgando la palabra a la Dra. C..

Oportunamente, la defensa ratificó su petición y solicitó que se suspenda el presente proceso a prueba, fundando su pedido e Fecha de firma: 11/10/2018 Alta en sistema: 12/10/2018 Firmado por: A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.B.L., SECRETARIA DE CAMARA #29052267#218732808#20181011144633270 indicando que en la presente causa se encuentran reunidas las pautas objetivas, y subjetivas, en conjunto con la carencia de antecedentes condenatorios de su asistida, sus características personales y el delito que se le imputa, permiten suponer que en caso de recaer condena la misma sea dejada en suspenso, haciendo viable la concesión del instituto. Asimismo, refirió que su asistida ofrece la suma de $ 20.000 (veinte mil pesos) en concepto de reparación pecuniaria, mejorando la entrega de dicho...

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