Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 4 de Octubre de 2018, expediente FTU 023865/2016/TO01

Fecha de Resolución 4 de Octubre de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTIAGO DEL ESTERO

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTIAGO DEL ESTERO IMPUTADO: I.A., J.A. Y OTRO s/INFRACCION LEY 23.737 EXPTE 23865/2016 Santiago del Estero, de octubre de 2018.- VL Y VISTOS:

El acuerdo efectuado por las partes, que obra a fs. 747/49 de autos, solicitando la conclusión jurisdiccional en la presente causa, a tenor de lo dispuesto por el Art. 431 bis del C.P.P.N., expuesto y ratificado en audiencia celebrada el día de la fecha, en la que el Tribunal ha tomado conocimiento de visu de los imputados: Justo Doril TARRAGA, D.N.

I. N° 11.414.487, argentino, mayor de edad, nacido el 9/08/1954, en la localidad de Acambuco, provincia de Salta, hijo de M.S. y de L.I.P., de ocupación soldador, con ultimo domicilio en calle M.M.N. 395, V.S. de la ciudad de Tartagal, provincia de Salta; actualmente alojados en le Complejo Penitenciario III Gral. M.M. de Güemes, provincia de Salta, quien asiste a la audiencia de visu mediante el sistema de videoconferencia; y J.A.I.A., C.I.BOL. Nº 4.144.799, boliviano, mayor de edad, nacido el 11/06/1975 en la localidad de Yacuiba, departamento de Tarija provincia de Gran Chaco, Estado Plurinacional de Bolivia, hijo J. de A.I. y M.A..-

Y CONSIDERANDO:

I- El acuerdo de JUICIO ABREVIADO fue suscripto por la Sra.

Fiscal General, Dra. I.G. y los imputados individualizados supra, asistidos por sus defensas técnicas, la Sra. Defensora Pública Oficial ante el Juzgado Federal, Dra. S. delC.A., y la Sra. Defensora Pública ante este Tribunal Oral, la Dra. M.A.B.. Los nombrados impetraron la conclusión jurisdiccional en la presente causa, a tenor de lo dispuesto por el art. 431 bis del C.P.P.N.-

Fecha de firma: 04/10/2018 1 Firmado por: A.J.B., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: L.A.A., Secretaria de Cámara #29794228#217807703#20181004095306902 El cumplimiento de este recaudo procesal (Inc. 2º del art. 431 del C.P.N.) habilitó la celebración de la audiencia a los fines normados por el inc. 3º

del citado dispositivo.-

II- En cumplimiento del recaudo procesal establecido en el Inc.

  1. del Art. 431 del C.P.N., se celebró la audiencia a los fines normados por el Inc.

  2. del citado dispositivo.-

    En su trascurso, el Ministerio Público Fiscal (con anuencia de la contraparte) precisó el hecho histórico que diera origen a este proceso, cuya génesis fue durante un procedimiento efectuado por Gendarmería Nacional en fecha 22 de noviembre de 2016, aproximadamente a las 09:45 horas en la localidad de Monte Quemado, D.. C. de esta provincia de Santiago del Estero. En esa circunstancia, personal de la fuerza aludida se encontraba realizando un “Operativo Público de Prevención y Seguridad Vial” sobre la Ruta Nacional N° 16, a la altura del Km. 460, cuando arribó al puesto de control de ruta un vehículo cuya marcha se hizo detener, solicitándose la documentación pertinente del rodado y de su conductor. Se constató que se trataba de una camioneta marca FORD, modelo F-100, dominio colocado FOT-017, chasis N°

    9BFFF25G96B027064, motor N° 30211624, el cual era conducido por una persona quién en ese momento se identificó como J.A.R., D.N.I.

    N° 24.688.034, argentino, soltero, mecánico de profesión, con domicilio en calle S.M. al final p/ Gasoducto s/n, Tartagal, provincia de Salta; siendo que por posteriores diligencias procesales fue identificado como J.A.I.A.. El nombrado se encontraba acompañado por JUSTO DORIL TARRAGA, argentino, D.N.

    I. N° 11.414.487, casado, soldador, domiciliado en calle M.M.N. 395, barrio S. de la localidad de Tartagal, provincia de Salta. Los ocupantes del vehículo se desplazaban en sentido de circulación Norte- Sur, procedente de la ciudad de Joaquín

    V. González, provincia de Salta, con destino a la localidad de Monte Quemado, S. delE.. En esa oportunidad, llamó la atención del Sargento 1ero E.V.F. de firma: 04/10/2018 Firmado por: A.J.B., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: L.A.A., Secretaria de Cámara 2 #29794228#217807703#20181004095306902 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTIAGO DEL ESTERO que, según dichos del conductor, los mismos procedían de Joaquín

    V. González pese a que eran oriundos de la ciudad Tartagal, Salta; además de percibir un estado de nerviosismo por parte de ambos...

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