Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4, 3 de Octubre de 2018, expediente FRO 041000387/2007/TO01/CFC001

Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 FRO 41000387/2007/TO1/CFC1 REGISTRO NRO. 1349/18.4 Buenos Aires, 3 de octubre de 2018.

AUTOS Y VISTOS:

Que el representante del Ministerio Público Fiscal, interpuso recurso de casación (fs.

321/328), contra la decisión del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 2 de R., que resolvió

sobreseer a L.B.M. en orden al delito de apropiación indebida de los recursos de la seguridad social correspondiente a los periodos junio, julio y agosto de 2004 por aplicación retroactiva de la ley 27.430 (fs. 317/320).

Y CONSIDERANDO:

  1. De manera preliminar corresponde recordar que el juicio sobre la admisibilidad formal del recurso en examen que efectuara el tribunal a quo es de carácter provisorio, ya que el juicio definitivo sobre dicho extremo corresponde a esta Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal (ad quem) y puede ser emitido por esta alzada sin pronunciarse sobre el fondo, tanto antes como después de la audiencia para informar o en el mismo momento de dictar sentencia (cfr., en lo pertinente y aplicable, lo resuelto por esta S.I., por unanimidad, en la causa nro. 1178/2013, “A., M.J. s/ recurso de casación”, reg. nro.

    641.14, rta. el 23/04/2014; causa CFP 1738/2000/TO1/2/CFC1, “B., S.M.; Fecha de firma: 03/10/2018 Firmado por: J.C.G., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado(ante mi) por: M.J. GUARDO, PROSECRETARIA DE CAMARA #8787064#217709473#20181003141612174 B., A.J. y Oficina Anticorrupción s/incidente de prescripción de acción penal”, reg.

    nro. 1312.14, rta. el 27/06/2014; causa FSA 74000069/2007/TO1/CFC1, “O.V., N.A. s/recurso de casación”, reg. nro. 1111.15., rta. el 09/06/2015 y causa FSA 74000032/2012/TO1/12/1/CFC3 “Amante, M.E. s/recurso de casación”, reg. nro. 1128/16, rta. el 12/09/16, entre muchas otras).

  2. Sentado cuanto precede, si bien el recurso de casación en estudio ha sido interpuesto contra una resolución de carácter definitivo (art.

    457 del C.P.P.N.), la impugnación deducida se ha limitado a cuestionar una fundamentación que no comparte sin lograr controvertir adecuadamente el criterio esgrimido en el fallo impugnado, el cual siguió la línea jurisprudencial trazada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación in re “PALERO”

    (Fallos: 330:4544) y más recientemente in re “S., D. s/recurso de casación” (S. 765. XLVIII, rta.

    el 18/2/2014).

    Dicha doctrina fue...

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