Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL, 17 de Septiembre de 2018, expediente CCC 060372/2017/TO01

Fecha de Resolución17 de Septiembre de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 60372/2017/TO1 Buenos Aires, 17 de septiembre de 2018.-

Y VISTOS:

Reunidos los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº 27 de Capital Federal, con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, doctores J.H.R., F.M.S. y J.E. de la Fuente, con la presencia la señora secretaria I.M.B., para dictar sentencia en la causa Nº 5485 seguida a PEREYRA, E.E. (argentina, DNI n° 30.993.396, nacida el 17 de mayo de 1975 en San Justo, Provincia de Buenos Aires, hija de R.I.E. y de G.E.P., domiciliada en ruta 3, km 47700, V. delP., Partido de La Matanza, Provincia de Buenos Aires, LPU N° 243.261/P, P.. Policial RH 257204, E.. Reincidencia 2597821, detenida en CPF IV de Ezeiza desde el 9/10/2017) y a RAMÍREZ, A.Z. (DNI N° 31.824.825, argentina, nacida el 6 de agosto de 1985 en esta ciudad, hija de R.R. y M.N.S., domiciliada en la calle C. 4771, de esta ciudad, LPU N° 306.199/P, P.. Policial R.H. 286.645, E..

Reincidencia 3365663, detenida en CPF IV de Ezeiza desde el 9/10/2017) en orden al delito de robo agravado por haber sido cometido en poblado y en banda en grado de tentativa.

La audiencia de juicio oral se desarrolló en presencia del señor F. General, doctor G.P. de la Fuente, del Dr.

Fecha de firma: 17/09/2018 Firmado por: J.E. DE LA FUENTE, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #30975589#216491884#20180917125711927 S.G.B. de la Defensoría Oficial n° 14, la Dra. A.A. de la Defensoría Oficial n° 7, y de las imputadas.

RESULTA:

El Dr. J.H.R. dijo:

En el requerimiento de elevación a juicio el Dr. J.M.C., Fiscal de Distrito de S. y N., les imputó a P. y a R. “…el hecho acaecido el pasado 9 de octubre de 2017, siendo aproximadamente las 16.30 horas, dentro de una unidad de la línea 28 de colectivos, ramal rápido 1, cuando éste se encontraba circulando por las inmediaciones del pabellón 2 de la Ciudad Universitaria de esta ciudad, oportunidad en que, previo acuerdo de voluntades y repartición de roles, intentaron apoderarse ilegítimamente de una mochila azul con inscripción “Aarhus” que contenía: un cuadernillo tapa blanda tamaño A4, fotocopias varias, una faja de trabajo negra y celeste con inscripción “Ombú”, un par de zapatillas deportivas amarillas y un par de anteojos, propiedad de P.M.J.; y de otra mochila azul, con inscripción “Fila” que contenía: un cuadernillo amarillo tapa blanda, un cuadernillo tapa blanda color verde con inscripción “química actividades”, un libro con inscripción “veinte mil leguas de viaje submarino”, una cartuchera de lona azul, un cuaderno tapa dura tamaño oficio, un cuaderno negro con inscripción “biología e introducción a la biología celular” y una calculadora científica negra con inscripción “Diatsu”, propiedad de L.M.M..

Fecha de firma: 17/09/2018 Firmado por: J.E. DE LA FUENTE, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #30975589#216491884#20180917125711927 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 60372/2017/TO1 En aquella oportunidad, las imputadas se encontraban a bordo de dicho colectivo con botellas de cerveza en sus manos cuando E.A.G. se le aproximó a P.M.J. y de mala manera le refirió: “me podés dar el asiento porque estoy embarazada”.

Ante ello, J. le respondió que los asientos para personas embarazadas se encontraban en la parte delantera de la unidad, pero la mencionada imputada le refirió: “adelante viene gente con chicos”.

Luego, J. se puso de pie y solicitó a viva voz si alguna persona del sector de adelante le podía ceder el asiento a la encartada.

En consecuencia de ello, la damnificada comenzó a recibir insultos y tirones en la ropa por parte de todas las imputadas, quienes le refirieron que no tenía derecho a estar sentada porque era boliviana.

Así las cosas, a fin de no recibir más agresiones, J. le cedió su asiento a la mujer que la había increpado.

En ese momento, se produjeron discusiones con otro pasajero que se encontraba en el lugar, I.J.R., quien intervino en defensa de la damnificada y fue agredido por E.G., quien le propinó un golpe de puño en su ojo derecho produciéndole lesiones, mientras que E.E.P. lo golpeó dos veces con su puño en el mismo ojos.

Ante ello, B.C.O. intervino en defensa de Fecha de firma: 17/09/2018 Firmado por: J.E. DE LA FUENTE, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #30975589#216491884#20180917125711927 R., quien intentó calmar la situación pero también resultó

agredido y lesionado con golpes de puño y patadas por las imputadas.

Luego, P.M.J. intentó bajar del colectivo, aprovechando que el chofer se había detenido para que otra pasajera descendiera, momento en el cual se le acercó A.Z.R., quien intentó sustraerle la mochila que tenía colocada en uno de sus hombros.

En ese instante, intervino también otro de los pasajeros que se encontraba en el lugar, L.M.M., quien al observar lo ocurrido solicitó la entrega de la mochila de Jara para que no se la sustrajeran momento en el que recibió golpes de puño por parte de las tres imputadas, sufriendo lesiones.

Así las cosas, M. se cubrió con sus manos para defenderse y en ese instante mientras una de las imputadas le sujetaba la mochila intentando arrebatársela otra le metió las manos en los bolsillos para quitarle sus pertenencias.

Ante esta situación, M. se desplazó hacia la parte de adelante del colectivo colocándose al lado del chofer.

Luego, mientras la totalidad de los pasajeros del colectivo discutían con las imputadas, quienes no cesaban en su actitud hostil para con aquellos, el chofer detuvo la marcha de la unidad y abrió las puertas descendiendo.

Las imputadas descendieron y comenzaron a insultar a todos los pasajeros que aún se encontraban en el interior. Allí fue que Fecha de firma: 17/09/2018 Firmado por: J.E. DE LA FUENTE, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #30975589#216491884#20180917125711927 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 60372/2017/TO1 intervino la Oficial M.G.- numeraria de la Seccional 51ª de la Policía de la Ciudad- quien separó a las partes, se entrevistó con el chofer del colectivo, quien la puso en conocimiento de todo lo sucedido y detuvo a las tres imputadas.

Cabe destacar que como consecuencia del hecho descripto L.M.M. sufrió lesión cortante en labio inferior, una excoriación lineal de 4 centímetros de longitud en torso superior izquierdo, de plazo de curación menor a 30 días; I.J.R. sufrió en región infra orbitaria derecha una herida contusa de 3 centímetros lineal, color rojiza, que curará en menos de 30 días; y B.C.O. sufrió una excoriación lineal de 2 centímetros de longitud, excoriaciones en región de cuello y una excoriación lineal en torax superior derecho de 4 centímetros de longitud que curará en menos de 30 días…”.

El Dr. C. calificó la conducta de las encausadas como configurativa del delito de robo agravado por haber sido cometido en poblado y en banda en grado de tentativa (arts. 42, 45 y 167 inc. 2° del C.P.).

Y CONSIDERANDO:

Primero
  1. De las Indagatorias:

    1. En primer lugar, declaró E.E.P., quien Fecha de firma: 17/09/2018 Firmado por: J.E. DE LA FUENTE, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #30975589#216491884#20180917125711927 impuesta de los derechos que la asisten, ratificó sus datos personales obrantes en autos y manifestó que el día del hecho ella ya se encontraba en el colectivo cuando tuvo lugar el suceso.

      Se dio lectura a su declaración de fs. 114/115 vta. “…que subió al colectivo y se sentó en un asiento de uno que estaba en el fondo.

      Que el colectivo comenzó a avanzar y en ese momento se levantaron varias chicas que la dicente no conoce y comenzaron a discutir y le empezaron a pegar a una mujer que estaba sentada en un asiento de más adelante, ubicado en las filas dobles. Que no vio como era esa mujer porque había mucha gente delante de la dicente. Luego empezaron a los golpes y vio que le querían sacar una mochila a un muchacho que estaba en el lugar, quien había intervenido para defender a la mujer. En eso la dicente se levantó y tocó timbre para bajar ya que se estaban peleando todos arriba del colectivo. Cuando el colectivo paró la deponente se bajó

      con su mochila y con sus cosas con las que había salido a vender. Indica que en ese momento llegó la policía y empezó a juntar a toda la gente que estaba en el colectivo y ahí al detuvieron a la declarante junto con otras más. Agrega que no conoce a ninguna de las otras mujeres que detuvieron junto con ella…”, y manifestó que ella no había dicho eso y que no conocía a las otras mujeres, que solo conoce a R. de vista.

    2. Acto seguido declaró A.Z.R., quien se negó a declarar, por lo que se dio lectura a su testimonio prestado durante la instrucción, oportunidad en la que sostuvo “…cuando subo al colectivo estaba en el medio, en el fondo toda la pelea y cuando quiero Fecha de firma: 17/09/2018 Firmado por: J.E. DE LA FUENTE, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #30975589#216491884#20180917125711927 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 60372/2017/TO1 meterme a separar me ligué una de piñas yo que estoy toda “moretoneada” y cuando vi que no se separaban me bajé. Si se confunden por mí, que dicen que le quise robar a la gente, capaz que, por la remera, pero yo jamás toqué nada, por querer separar me comí

      piñas y patadas…” y “…cuando se...

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