Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3, 5 de Septiembre de 2018, expediente CFP 012135/2016/TO01

Fecha de Resolución 5 de Septiembre de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3 CFP 12135/2016/TO1 Causas n° 2063/17 “I., L.M. y otros s/ inf.

arts. 89, 166, 167, 170 y 189 bis del CP” y 2098/17 “P., S.P. y otros s/

secuestro extorsivo agravado en concurso real con lesiones y robo agravado”

T.O.F. n° 3 Reg. n°

n la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los cinco días del mes de septiembre de dos mil dieciocho, reunidos los señores jueces del Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 3, D.. F.M.M.P., A.F.B. y J.F.R., asistidos por el señor secretario, Dr. T.A., con el objeto de rubricar y dar lectura a los fundamentos de la sentencia recaída en las causas n° 2063/17 y 2098/17, cuya parte dispositiva se diera a conocer el veintinueve del mes y año en curso, respecto de L.M.I., de nacionalidad argentina, titular del documento nacional de identidad n° 34.874.018, nacido el 23 de abril de 1990 en esta ciudad, de estado civil soltero, de ocupación bombero privado, hijo de J.J.I. y L.E.C., con último domicilio en la calle I.

2917, planta baja, departamento “2” de esta ciudad, actualmente detenido y alojado en el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza; A.H.B., de nacionalidad argentina, titular del documento nacional de identidad n° 24.694.181, nacido el 27 de junio de 1975 en esta ciudad, de estado civil soltero, de ocupación empleado, hijo de R.J. y M. de los Ángeles Fecha de firma: 05/09/2018 Alta en sistema: 06/09/2018 Firmado por: A.F.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.F.R., JUEZ DE CAMARA 1 Firmado por: F.M.M.P., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: TOMAS ANDERSON, SECRETARIO DE JUZGADO #29353637#215037973#20180905162058412 M., con último domicilio en la calle Yerbal 2984, piso 1°, departamento 21 de esta ciudad, actualmente detenido y alojado en el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza; S.P.P., de nacionalidad argentina, titular del documento nacional de identidad n°

22.581.499, nacido el 19 de marzo de 1972 en esta ciudad, de estado civil casado, de ocupación empleado, hijo de R.P. y M.M.P., con domicilio anterior a su detención en la calle M. 4846 de esta ciudad, actualmente detenido y alojado en el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza; K.L.A., de nacionalidad argentina, titular del documento nacional de identidad n° 39.656.586, nacido el 23 de junio de 1996 en esta ciudad, de estado civil soltero, empleado, hijo de R.A.A., con domicilio anterior a su detención en la calle Yerbal 2737, piso 2 departamento “g” de esta ciudad, actualmente detenido y alojado en el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza, y G.J.F.M.P., de nacionalidad argentina, titular del documento nacional de identidad n° 22.571.060, nacido el 3 de febrero de 1972 en esta ciudad, de estado civil soltero, de ocupación preparador físico, hijo de J.F.M.P. y Lucía Tammaro, con domicilio anterior a su detención en la calle I. 2336 de esta ciudad, actualmente detenido y alojado en el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza; en la que intervinieron, en representación del Ministerio Público Fiscal, la Dra. Estela S.F.L., ejerciendo la defensa del imputado L.I. el Dr. W.F.F., de A.H.F. de firma: 05/09/2018 Alta en sistema: 06/09/2018 Firmado por: A.F.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.F.R., JUEZ DE CAMARA 2 Firmado por: F.M.M.P., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: TOMAS ANDERSON, SECRETARIO DE JUZGADO #29353637#215037973#20180905162058412 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3 CFP 12135/2016/TO1 B., los D.. C.L.L. y F.O.S. y, asistiendo a los imputados S.P.P., G.J.F.M.P. y K.L.A., los defensores públicos, D.. S.M.A., D.C. y G.M..

Los D.. F.M.M.P. y J.F.R. dijeron:

I Requisitorias de juicio:

A) Causa nro. 2063/17 A fs. 607/14, la agente fiscal ante la instrucción requirió la elevación de la causa a juicio, por encontrar mérito suficiente para imputar a L.M.I. y A.H.B. el delito de secuestro extorsivo doblemente agravado, por haberse cometido por tres o más personas y con violencia e intimidación mediante el uso de armas de fuego, en concurso real con el de lesiones, en concurso real con el de robo doblemente agravado por haber sido cometido con el uso de armas y en poblado y en banda, en concurso real con el delito de portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal, en calidad de coautores (arts. 45, 55, 41 bis, 89, 166, inc. 2°, 167, inc. 2°, 170, primer y segundo párrafo, inc. 6° y 189 bis, punto 2, tercer párrafo, del Código Penal).

A tal efecto, señaló que el día 24 de agosto del año 2016 los nombrados “…junto al menos una persona más, sustrajeron, retuvieron y ocultaron a OSCAR EDUARDO Fecha de firma: 05/09/2018 Alta en sistema: 06/09/2018 Firmado por: A.F.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.F.R., JUEZ DE CAMARA 3 Firmado por: F.M.M.P., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: TOMAS ANDERSON, SECRETARIO DE JUZGADO #29353637#215037973#20180905162058412 TORONCONTE para obtener el pago de un rescate, el cual no fue finalmente efectivizado…”.

En ese sentido, destacó que “…aproximadamente a las 17:00 horas del día señalado, mientras TORONCONTE se encontraba trabajando en el galpón donde desarrolla su actividad de fabricación de muebles, sito en la Av.

P.M. n° 820, C., junto a sus tres empleados, se presentó allí un hombre que pretendía asesorarse respecto de la compra de un mueble en particular, quien tras consultarle el precio de un producto, le manifestó

que fuera preparando la factura, ya que a la brevedad pasaría otra persona a retirarlo con una camioneta.

Momentos después, ingresó otro individuo al galpón, tras lo cual tanto ese último como el primer hombre exhibieron intempestivamente armas de fuego, obligando a TORONCONTE y a sus empleados a arrojarse al piso, colocándoles precintos en las manos. Es así como los dos individuos comenzaron a pedirle dinero a TORONCONTE, quien les indicó que no tenía, por lo que uno de estos tomó las llaves de su rodado color blanco marca Toyota, modelo Hilux, dominio ICU-891, y –tras entrarla al galpón donde trabaja la víctima- los dos sujetos obligaron al nombrado a ingresar a la parte trasera de su camioneta. Asimismo, un tercer individuo ingresó al galpón y sustrajo todos los celulares de los empleados que quedaron en el local.

Una vez dentro de la camioneta, ésta emprendió

su marcha, oportunidad en que TORONCONTE pudo observar cómo un Fiat P. de color gris claro, los seguía. Ese último indicó que los captores cubrieron su rostro y, Fecha de firma: 05/09/2018 Alta en sistema: 06/09/2018 Firmado por: A.F.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.F.R., JUEZ DE CAMARA 4 Firmado por: F.M.M.P., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: TOMAS ANDERSON, SECRETARIO DE JUZGADO #29353637#215037973#20180905162058412 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3 CFP 12135/2016/TO1 entre golpes y amenazas, le ordenaban que mirara hacia abajo. Después de circular unas pocas cuadras el vehículo se detuvo, y tras oírse la apertura de un portón de grandes dimensiones, ingresó a una suerte de galpón. Instantes después, TORONCONTE fue trasladado a lo que podría ser un depósito en el interior del mentado galpón, tras lo cual los captores comenzaron a amenazarlo, exigiéndole la suma de $400.000 (cuatrocientos mil pesos). En ese momento apareció un tercer individuo, quien comenzó a golpearlo.

En virtud de la insistencia de los captores en cuanto a la suma requerida, TORONCONTE les manifestó que podría reunir $200.000 (doscientos mil pesos), por lo que uno de los secuestradores –quien ya se había apoderado del teléfono celular de la víctima- le preguntó a quién podía llamar para pedir rescate, indicándole que llamara a su hijo [siendo] atendido por la pareja de su hijo, M.P., a quien los captores le exigieron la suma de $200.000 en concepto de rescate por la liberación de TORONCONTE […] mientras se encontraba retenido en el recinto descripto, TORONCONTE escuchó el constante ingreso de vehículos de gran porte, como camiones o camionetas, mientras los captores lo amenazaban y golpeaban para que se quedara quieto, llegando incluso a quemarlo con un cigarrillo encendido y a rociarle las manos con nafta […] los captores se pusieron nerviosos, sospechando, [según la declaración de TORONCONTE] que personal policial estaba siguiéndolos, lo que provocó que lo obligaran a subir nuevamente a la camioneta para emprender la marcha, Fecha de firma: 05/09/2018 Alta en sistema: 06/09/2018 Firmado por: A.F.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.F.R., JUEZ DE CAMARA 5 Firmado por: F.M.M.P., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: TOMAS ANDERSON, SECRETARIO DE JUZGADO #29353637#215037973#20180905162058412 retirándose raudamente del lugar donde estaban. Así fue que siendo las 20:00 horas aproximadamente, tras circular unos cien metros, la camioneta fue interceptada por personal policial, siendo liberado TORONCONTE, sin haberse pagado rescate.”

Destacó que, en oportunidad de su detención, se secuestraron un revólver calibre 32 largo, marca C., n° 195728 con seis cartuchos a bala intactos, una pistola calibre 22, marca B., n° 37958 junto con su cargador y dos cartuchos a bala intactos, en poder de I. y B., respectivamente.

Por último, agregó que, además de los efectos oportunamente secuestrados en poder de los nombrados, tales como un teléfono celular, un frente de estéreo, un chaleco azul y varios juegos de llaves, T. manifestó que también le fueron sustraídos alrededor de 8 o 10 mil pesos, un anillo de oro, una chequera y mil dólares, elementos que no fueron habidos.

B) Causa nro 2098/17 Por su parte, a fs. 1429/49, también la agente fiscal ante la instrucción requirió la elevación de la causa a juicio por encontrar mérito suficiente para imputar a S.P.P. y K.L.A. el delito de secuestro extorsivo doblemente agravado, por haberse cometido por tres o más personas y con violencia e intimidación mediante el uso de armas de fuego, en concurso real con el de lesiones, en concurso real con el de robo doblemente agravado por haber sido cometido con el uso de armas y en poblado y en banda, en...

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