Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 27 de Agosto de 2018, expediente FTU 017441/2017/TO01

Fecha de Resolución27 de Agosto de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTIAGO DEL ESTERO - SECRETARIA DERECHOS HUMANOS

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTIAGO DEL ESTERO 17441/2017 Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: GUZMAN, DOLORES ANDREA Y OTRO s/INFRACCION LEY 23.737 Santiago del Estero, de agosto de 2018.- OC VISTO:

Para resolver la solicitud de la defensa técnica de A.G. y R.S., acerca de la restitución de dinero y demás bienes pertenecientes a los encausados de marras, oportunamente secuestrados en la causa del epígrafe; y CONSIDERANDO:

Que a fs. 420 y vta. de autos, comparece el Dr. M.E.A.C., quien en representación de los encausados A.G. y R.S., impetra en virtud de la actual situación procesal, la entrega definitiva de los siguientes elementos secuestrados a la imputada A.G.: cuatro (4) celulares: Sony Ericson, modelo Quick-Share, sin batería; N. color negro y azul, con batería; Samsung J5, de color gris, con batería y chips; Samsung s6, color plateado, con batería; la suma de pesos treinta y tres mil quinientos ($33.500); y los siguientes elementos secuestrados al encausado R.F. de firma: 27/08/2018 Firmado por: FEDERICO BOTHAMLEY, Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: V.G.G., Secretaria #31119423#214099025#20180822112558834 S.: la suma de pesos un mil doscientos ($1.200) y un celular que portaba en el momento de su detención. Basa su petición, en la circunstancia de que su defendido R.S., fue absuelto del delito del que se lo acusaba y con relación a la encausada A.G., en la circunstancia de que se la condenó sólo por tenencia simple de estupefacientes y no por tenencia con fines de comercialización conforme el reproche jurídico penal original, y a su vez, señala que no se ordenó en la sentencia condenatoria, ningún decomiso.

Que del análisis de la presente situación procesal de los encartados de marras en los actuados del rubro, surge de manera acabada que en fecha 06 de Junio de 2018, la encausada G. fue condenada a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional, multa de pesos doscientos cincuenta ($250), por resultar autora material y penalmente responsable del delito de tenencia simple de estupefacientes, además de las costas procesales correspondientes y por otro lado, el encartado S., fue absuelto por el beneficio de la duda, ordenándose oportunamente su libertad.

Que corrida la vista de estilo al Ministerio Público Fiscal, el mismo a fs. 422/423 de autos, por un lado, se opone a la devolución del dinero que fuera secuestrado en su oportunidad a la imputada G., conforme lo dispuesto ocasionalmente en...

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