Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 22 DE LA CAPITAL FEDERAL, 24 de Agosto de 2018, expediente CCC 025591/2016/TO01
Fecha de Resolución | 24 de Agosto de 2018 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 22 DE LA CAPITAL FEDERAL |
Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 22 DE LA
CAPITAL FEDERAL.
CCC 25591/2016/TO1.
nos Aires, 24 de agosto de 2018.
Y VISTOS:
Para dictar sentencia en estas causas N° 5091 y 5629 (25591/16)
seguida a S., argentino, titular del D.N.I. n° 30.494.673,
nacido el 8 de septiembre de 1983, hijo de A. y de Andrea
Amado Cattaneo, identificado mediante legajo CI 12.434.986 de la Policía
Federal Argentina y nro 4.050.597 del Registro Nacional de Reincidencia, con
último domicilio en Av. Callao 1442, piso 11, Departamento 43, de esta
Ciudad y constituido junto con su Defensa en Córdoba 991, 2° “B” de esta
Ciudad.
Intervienen en el proceso, como representante del Ministerio
Público Fiscal, la A. F. M. de los Ángeles Gutierrez, por la
defensa los Dres. S. y C. y, por la parte querellante,
M. con el patrocinio letrado del Dr. R..
Y CONSIDERANDO:
En este proceso seguido a S., el Ministerio
Público Fiscal ha solicitado la adopción del régimen normativo establecido en
el art. 431 bis del Código Procesal Penal referido al juicio abreviado (fs.
674/676).
Según consta en la presentación mencionada, se han reunido la
representante del Ministerio Público Fiscal con el procesado y el defensor.
En dicha oportunidad, D. prestó conformidad sobre la
existencia del ilícito, autoría y participación que se le adjudica en los
requerimientos de elevación a juicio obrantes a fs. 466/472 (Causa n° 5091) y a
fs. 565/567 (Causa n° 5629).
El Ministerio Público Fiscal ha peticionado al Tribunal que se
dicte sentencia condenatoria en la presente causa, imponiéndole al nombrado
la pena de tres años de prisión, cuyo cumplimiento podrá ser dejado en
Fecha de firma: 24/08/2018 Alta en sistema: 27/08/2018 Firmado por: P.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CAROLINA I.P., SECRETARIA DE CAMARA #29172291#213460972#20180827085734637 suspenso y costas y que se disponga que por el mismo término cumpla con las
obligaciones de fijar residencia y someterse al cuidado de un patronato y la
realización del taller de “Convivencia Urbana”, dictado por la Dirección
General de Convivencia en la Diversidad, dependiente de la Subsecretaría de
Derechos Humanos y Pluralismo Cultural de la Ciudad de Buenos Aires.
Asimismo obra a fs. 679 la conformidad prestada por la parte
querellante respecto del acuerdo de juicio abreviado (Causa n° 5091).
Acorde con lo prescripto por el inciso 3ro. del artículo 431 bis
del C.P.P.N., el Tribunal ha tomado conocimiento "de visu" del imputado (fs.
680), oportunidad en la que se ratificara la presentación de fs. 674.
Causa n° 5091
Se le imputa a S. los hechos del día 28 de
abril de 2016, alrededor de las 16:30 hs. en el inmueble donde reside la madre
del imputado, sito en la calle O. de O.° 3188, Unidad 1 de esta
Ciudad.
Ese día, después de largo tiempo sin verse a consecuencia de un
conflicto suscitado en el año 2013, D. llamó por teléfono a su amigo Matías
Perea invitándolo a la casa de su madre a dialogar. Una vez allí lo hizo pasar al
patio, donde había dispuesto una mesa y un par de sillas, colocadas en el
extremo más largo de la mesa, enfrentada una con otra. “V. y yo vamos a
hablar”, le dijo D., y cuando P. tomó su silla y se dispuso a acercarla a
la otra para hablar a menor distancia, D. se lo impidió extrayendo una pistola
semiautomática de doble acción marca “Glock”, calibre 40nn, N° RUU654,
apta para el disparo y en condiciones inmediatas de uso, del bolsillo de su
campera, al tiempo que le manifestó "sentate ahí, sentate ahí porque te mato”.
P. atinó a acercarse pero D. reaccionó efectuando un
disparo a una distancia de entre dos y tres metros. En su trayectoria el proyectil
Fecha de firma: 24/08/2018 Alta en sistema: 27/08/2018 Firmado por: P.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CAROLINA I.P., SECRETARIA DE CAMARA #29172291#213460972#20180827085734637 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 22 DE LA
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CCC 25591/2016/TO1.
pasó junto a P., a la altura de su brazo izquierdo y se incrustó en la pared
del lateral izquierdo del inmueble.
D. insistió en que se sentara en el sitio que le había reservado
porque de lo contrario el próximo disparo lo mataría y a continuación hizo lo
propio mientras se quitaba la campera para lo cual dejó por unos instantes
apoyada la pistola sobre la mesa.
Esta circunstancia fue aprovechada por P., quien realizando
un movimiento sobre la mesa logró que el arma se deslizara y una vez en sus
manos le quitó el cargador y la bala de la recámara.
La discusión en torno al arma continuó con D. reclamando
que le fuera devuelta pero al parecer tanta insistencia lo llevó a P. a
desconfiar y a contemplar la posibilidad de que el agresor tuviera oculto en sus
ropas otro cargador, quien al verse descubierto, en efecto lo colocó sobre la
mesa junto a una caja de balas.
Al cabo de una media hora ambos salieron del departamento,
partiendo P. con el mismo auto en que había ido hasta allí.
Pese a los términos aparentemente pacíficos de la despedida, al
cabo de unos minutos P. comenzó a recibir en su teléfono celular N° 15
33422556 mensajes que se extendieron hasta la madrugada del día siguiente
de parte de D. (abonado N° 1153278839) con insultos y frases
amenazantes direccionados a infundirle temor, del tipo “yo te mato gordo, yo
soy asesino”, "te desarmo los sesos ”, "sos un cagón que te vacio una G.
en la cabeza y te lo demostré hoy”, "no les digas nada a tus hermanos, no les
digas nada a tus primos porque los voy a terminar matando también ”, “a vos
te voy a matar, a vos te voy a matar gordo ”, "te cruzaste con el que te va a
matar gordo ”, "no te mate hoy por 2 centímetros, a ver si entendés ”, "te voy
a meter un fierrazo en la frente gordo, no te lo di hoy porque estaba en pedo y
no tenía puntería. No pasa de vuelta, vos moriste gordo”, “prepárate porque
no la vas a ver venir”, “te voy a dar en la nuca. Tres corchazos que no te vas a
Fecha de firma: 24/08/2018 Alta en sistema: 27/08/2018 Firmado por: P.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CAROLINA I.P., SECRETARIA DE CAMARA #29172291#213460972#20180827085734637 dar ni cuenta porque sos un hijo de re mil puta ”, “yo te pensaba volar la
rodilla, dejarte en silla de ruedas, no te voy a matar gordo ”, “después de
matarte a vos me voy a matar yo ”, “te voy a matar a vos, lo voy a matar al
gato, y lo voy a matar a P., báncatela ”, “yo tengo una G. y una
ametralladora que dispara 7 balas por segundo ”, “nunca te voy a dejar de
amenazar, nunca”.
La misma tarde del 28 de abril del año 2016, entre las 15 y 19
hs. aproximadamente, con el objeto de infundirle temor y determinar su
voluntad, a través de varios abonados (Nros. 1148022802, que utilizó para
realizar una comunicación y...
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