Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL, 6 de Agosto de 2018, expediente CCC 066563/2017/TO01

Fecha de Resolución 6 de Agosto de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 66563/2017/TO1 Buenos Aires, 6 de agosto de 2017.

Y VISTOS:

Para dictar sentencia en la presente causa nº

66.563/17 (R.

  1. 5481) de este Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional nº 25 seguida contra H.A.L. (argentino, titular del D.N.

  2. 36.385.557, nacido el 7 de mayo de 1987 en Lomas de Zamora, provincia de Buenos Aires, hijo de O.H.L. y de A.M.S., domiciliado en A.G. 2215, V.A., Lomas de Z., expediente O3237305 del Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal, prontuario T.M. 50.694 de la Policía Federal Argentina, actualmente detenido en Complejo Penitenciario Federal II, L.P.U. 296.662) por los delitos de robo simple en grado de tentativa, hurto simple en grado de tentativa, resistencia a la autoridad y daño agravado por tratarse de un bien de uso público, todos ellos en concurso real entre sí, en la que juzgará el Dr. R.

    Gustavo GOERNER en forma unipersonal, de conformidad con las disposiciones de la Ley 27.308, con la asistencia de la secretaria Dra. P.G.B..

    Intervienen en el proceso la auxiliar fiscal Dra. V.A.Z., y el Dr. T.G.T., defensor público coadyuvante de la Defensoría Oficial nº 6, por la defensa del imputado.

    Y CONSIDERANDO:

  3. Que las partes han solicitado a fs. 173 la aplicación del procedimiento de juicio abreviado en las presentes actuaciones por los hechos imputados a H.L..

    En dicha petición la auxiliar fiscal mantuvo la calificación legal efectuada en el requerimiento de elevación a juicio obrante a fs. 147/151, en orden a los delitos de robo simple en grado de tentativa, hurto simple en grado de tentativa, resistencia a la autoridad y daño agravado por tratarse de un bien de uso público, todos ellos en concurso real entre sí.

    Fecha de firma: 06/08/2018 Alta en sistema: 08/08/2018 Firmado por: R.G.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.G.B., SECRETARIA DE CAMARA #31267714#210386257#20180806163121036 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 66563/2017/TO1 En cuanto al pedido de pena solicitó que se condenara a H.A.L. por los delitos mencionados a la pena de un año y dos meses de prisión de efectivo cumplimiento y costas; y que se lo declarara nuevamente reincidente en relación a la condena dictada por el Juzgado de Garantías nº 5 de Lomas de Z. en la I.P.P.

    07-00-014481-15.

    El mencionado encuadre legal fue realizado conforme la base fáctica descripta en las requisitorias de elevación a juicio mencionadas ut supra.

    En base a lo expuesto, este Tribunal declaró

    admisible la aplicación del procedimiento contemplado en la normativa citada y dio cumplimiento con la audiencia de conocimiento personal, prevista en el artículo 41 del C.P., en la que L. prestó conformidad con la calificación legal realizada y con el monto máximo de pena que le pudiere corresponder, consintiendo su participación en los hechos atribuidos (fs. 175).

  4. LA ACREDITACION DE LOS HECHOS Y LA INTERVENCIÓN DEL ACUSADO EN LOS MISMOS:

    1. Hecho 1:

      Tengo por probado con el grado de certeza que exige un pronunciamiento de esta naturaleza que H.A.L. el día 3 de noviembre de 2017, alrededor de las 15:15hs, intentó sustraer la batería que se encontraba colocada en el automóvil Volkswagen Polo dominio EAW-848m, que se hallaba estacionado sobre la calle M. 3200 de esta ciudad en doble fila y con su capot levantado, previo romper el plástico cubremotor.

      Hecho 2:

      También tengo por probado con el grado de certeza que exige un pronunciamiento de esta naturaleza, que luego de intentar la acción descripta, H.A.L. se introdujo con fines desapoderativos en el Volkswagen UP dominio OSI-609, estacionado a pocos metros Fecha de firma: 06/08/2018 Alta en sistema: 08/08/2018 Firmado por: R.G.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.G.B., SECRETARIA DE CAMARA #31267714#210386257#20180806163121036 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 66563/2017/TO1 del mencionado Volkswagen Polo, egresando breves instantes después sin hacerse de elemento alguno.

      Las maniobras descriptas como hechos 1 y 2 fueron vistas por L.F.D.B., quien se comunicó al 911 y luego dio aviso de lo ocurrido a su vecino y propietario de Volkswagen Polo, M.Á.R., y juntos interceptaron a L. sobre la calle B., entre Paraguay y M., instándolo a devolverles la batería sustraída, lo que este realizó, y tras lo cual se alejó del lugar arrojándoles una botella de vidrio, sin llegar a lesionarlos.

      Hecho 3:

      Asimismo, tengo por acreditado con el grado de certeza que requiere un pronunciamiento de esta naturaleza que H.A.L. luego de los hechos descriptos, también el día 3 de noviembre de 2017, se resistió al accionar del inspector S.F., en circunstancias en que este pretendía aprehenderlo en la intersección de Paraguay y C.D..

      En tal ocasión L. le refirió al policía:

      Eh, rati puto, tomatelá, te voy a romper la cabeza, yo no hice nada

      , al tiempo que procuró sin éxito agredirlo con una botella de vidrio vacía que tenía en una de sus manos, razón por la que F. debió emplear la fuerza mínima e indispensable para reducirlo.

      Hecho 4:

      Finalmente, tengo por probado con el grado de certeza que requiere un pronunciamiento de estas características que el día de su detención, el 3 de noviembre de 2017, L. le ocasionó daños al móvil policial interno nº 6016, dominio MEK-340, que se encontraba en las inmediaciones de donde el imputado fue aprehendido.

      Dicho suceso tuvo lugar cuando luego de su aprehensión, L. ya esposado e introducido en la parte trasera del patrullero listo para ser trasladado a la Comisaría 21ª, comenzó a darle patadas a la puerta trasera Fecha de firma: 06/08/2018 Alta en sistema: 08/08/2018 Firmado por: R.G.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.G.B., SECRETARIA DE CAMARA #31267714#210386257#20180806163121036 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 66563/2017/TO1 del vehículo ocasionando que se doblara el parante superior de ella.

    2. Los hechos relatados, se han podido reconstruir fundamentalmente a partir de:

      El acta inicial de fs. 1, en la que se documentó

      que el día 3 de noviembre de 2017, momentos antes de las 15:37hs, el oficial primero A.G. y el inspector F. se desplazaron por el Departamento de Emergencias Policiales a la calle M. 3145 por el robo a un vehículo, y en el trayecto al lugar vieron a un sujeto de sexo masculino que coincidía con las características del autor del delito –remera y bermudas blancas-, corriendo por la calle B., en dirección...

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