Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 30 DE LA CAPITAL FEDERAL, 31 de Julio de 2018, expediente CCC 011919/2018/TO01

Fecha de Resolución31 de Julio de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 30 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 30 de la Capital Federal CCC 11919/2018/TO1 REGISTRO Nº 90/2018 Buenos Aires, 31 de julio de 2018.-

Y VISTA:

La causa n° 5481 del registro del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n° 30, seguida a A.C.R., de nacionalidad paraguaya, nacido el 16 de mayo de 1989 en el departamento de Guayrá, B., República del Paraguay, hijo de A.C. y de M.R., de esta civil soltero, titular de la C.

  1. del Paraguay nº 4.596.547, P.. Pol. A.G.E. 121.591, actualmente detenido en el Complejo Penitenciario Federal de la Ciudad Autónoma de Bueno Aires, en orden al delito de sustracción de medios de prueba –hecho

I- y encubrimiento agravado por su comisión con ánimo de lucro –hecho II-, que concursan realmente entre sí (art. 45, 277 inc. ¨c¨ y apartado tercero inc. ¨b¨ y 255 del C.P.).

Y RESULTA:

En la presentación que luce a fs. 285/286 la señora F. General, doctora G.G.C., de la Fiscalía General n° 26, con el consentimiento del imputado A.C.R. en lo que al respecto es requerido por la ley y contando el encartado con la asistencia de la señora Defensora Oficial, doctora M.P., solicitaron la tramitación de estos autos bajo las reglas del juicio abreviado, todo ello según las previsiones del art. 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación.

El Tribunal tomó conocimiento “de visu” del imputado quien fue oído en todo cuanto quiso expresar, en la oportunidad de la que da cuenta el acta de fs. 287 por lo que no existiendo circunstancia alguna de aquellas que, conforme el texto legal, autorizan el rechazo de la solicitud del juicio abreviado, corresponde el dictado de la sentencia.

PRIMERO

Materialidad del hecho. Prueba.

Por otro lado, por requerimiento de elevación a juicio obrante a fs. 233/238 el señor F. de Instrucción, doctor M.E.M.L., imputó a A.C.R., los siguientes hechos:

Hecho I ¨…haberse apoderado ilegítimamente del automotor marca ´Renault´, modelo Megane-Scenic, dominio DWN-204, a sabiendas que el mismo se encontraba destinado a Fecha de firma: 31/07/2018 Alta en sistema: 03/08/2018 Firmado por: M.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.J.M., SECRETARIO DE CAMARA #31718171#210338457#20180802094521573 servir como elemento de prueba en el marco de una investigación penal y confiado a la custodia de personal de la Comisaría 43 de la Policía de la Ciudad.

Ello ocurrió entre las 22.00 hs. del día 22 de febrero del corriente año y las 6.00 horas del día siguiente, cerca de la intersección de la Avenida Avellaneda y de la calle C. de esta ciudad, en inmediaciones de la seccional aludida.

Los imputados se dirigieron donde estaba estacionado el rodado, le quitaron las fajas de secuestro que tenía colocadas y, usando la llave del mismo, lo sustrajeron, estacionándolo posteriormente sobre la arteria Mom 2353 de este medio, próximo a su domicilio.

Luego de determinar donde se encontraba estacionado el auto, personal policial lo custodió, hasta que siendo alrededor de las 15.45 horas, del día 23 de febrero, observó a los encartados salir del domicilio ubicado en calle Mom 2355 de esta ciudad y caminar hacia el mismo. Al advertir la presencial de personal de la fuerza, C.R. continuó su camino de manera rápida…Ante ello, los preventores interceptaron a los indagados, secuestrando en poder de C.R. la llave del auto en cuestión y…una cédula de identificación del rodado a nombre del titular registral, B.E.F., motivo por el cual se procedió a su aprehensión y al secuestro del automóvil.

Vale aclarar que el auto había sido secuestrado por personal de la Comisaría 43ª de la Policía de la Ciudad, el día 18 de febrero del año en curso, en inmediaciones de la calle F.V. 3750 de esta ciudad (próximo al anterior domicilio de los imputados), en el marco del sumario policial nº 81654/2018, toda vez que poseía pedido de secuestro vigente en la Investigación Fiscal I-DP-73136 –iniciada el día 29 de marzo de 2017 por una denuncia realizada por B.E.F. ante las autoridades de la Comisaría 34ª de la Policía de la Ciudad, luego que autores ignorados lo habían sustraído cuando lo había dejado estacionado en la vía pública.

Hecho II Haber recibido o adquirido a sabiendas de su procedencia ilícita y con ánimo de lucro, el auto marca ´Renault´, modelo ´Megane-Scenic´, dominio DWN-204, propiedad de B.E.F..

C.R. y C.R. fueron detenidos el día 23 de febrero del corriente año, siendo alrededor de las 15.45 horas, en la Av. del Barco Centenera 2249 de Fecha de firma: 31/07/2018 Alta en sistema: 03/08/2018 Firmado por: M.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.J.M., SECRETARIO DE CAMARA #31718171#210338457#20180802094521573 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 30 de la Capital Federal CCC 11919/2018/TO1 este medio (próximo a la arteria Mom 2353 de esta ciudad) donde residían), en posesión de la llave de ignición el automóvil y de la cédula de identificación del mismo (asignada al nombrado F..

Tal como se mencionara precedentemente, el auto en cuestión había sido sustraído entre las 22.00 horas del día 6 de marzo de 2017 y las 16.00 horas del día 29 de ese mismo mes y año y tenía pedido de secuestro vigente en el marco de la causa I-DP-

73136/17…¨

Que tanto la materialidad de los hechos descriptos cuanto la coautoría responsable del encartado se acredita con base en la prueba testimonial, documental e informativa incorporada a la causa.

Parto de la base de que a partir de la denuncia formulada B.E.F. el 29 de marzo de 2017, la autoridad policial tomó conocimiento que el vehículo marca Renault modelo Megane Scenic RT 1.9 DTI, color gris, dominio DWN-204, del año 2001 de propiedad del denunciante había sido sustraído del lugar donde F. lo había dejado estacionado –R. al 3900, en intersección con C. de esta ciudad- el día 6 de marzo del mismo año.

Ante ello, se emitió un pedido de secuestro sobre dicha unidad el mismo día en que su propietario radicó la pertinente denuncia (ver fs.1, y constancias de fs. 2, 3 y 4/7).

Fue así que el 18 de febrero del corriente, siendo aproximadamente las 23.00 horas el vehículo Renault, modelo Megane Scenic RT 1.9 DTI, color gris, dominio DWN-204, fue hallado en F.V. 3782, por la Oficial Ayudante A.V.O. (fs.136)

verificándose que se encontraba vigente el pedido de secuestro a solicitud de la Comisaría 34ª, por...

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