Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE ROSARIO 2, 25 de Julio de 2018, expediente FRO 032001210/2007/TO01

Fecha de Resolución25 de Julio de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE ROSARIO 2

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE ROSARIO 2 FRO 32001210/2007/TO1 Nº 202/2018 Rosario, 25 de julio de 2018.-

Y VISTOS: los autos caratulados “LOPEZ H.E. s/ infracción Decreto Ley 6582/58”, expediente número FRO 32001210/2007/TO1, de trámite por ante este Tribunal Oral en lo Criminal Federal número 2 de Rosario.

Y CONSIDERANDO QUE:

El Sr. Fiscal General Dr. O.F.A., solicitó a este Tribunal la declinación de competencia y la remisión de los presentes autos al Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 1 de R., con el fin de que éstos se acumulen a la causa FRO Nº 7402889/6/TO1, caratulada “LÓPEZ, H.E. s/ Estafa”, de conformidad con lo previsto en los artículos 41, inciso 3, y 42, inciso 2 del CPPN.

En tal sentido, el representante del Ministerio Público Fiscal señaló que en la presente causa el encartado H.E.L. se encuentra imputado por hechos cometidos en fecha 25 de junio de 2007 y 17 de septiembre de 2007, los que fueron calificados legalmente en las previsiones del Art. 34 del Decreto Ley 6582/58 y Art. 296 en función del Art. 292, párrafo del CP en concurso ideal. Ello conforme surge del requerimiento de elevación a juicio obrante a fojas 484/487 de autos.

Asimismo, atento el informe de Secretaria que se adjuntó al dictamen N.. 476/18 del Ministerio Público Fecha de firma: 25/07/2018 Firmado por: BEATRIZ CABALLERO DE BARABANI, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: NICOLAS CAFFARATTI, SECRETARIO #30227518#209917072#20180725153412609 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE ROSARIO 2 FRO 32001210/2007/TO1 Fiscal, el Dr. A. indicó que el incurso antes mencionado registra ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 1 de esta ciudad la causa FRO Nº 7402889/6/TO1, caratulada “LÓPEZ, H.E. s/ Estafa”. En la misma, H.E.L. se encuentra imputado del delito de estafa previsto en el art. 172 del CP en concurso ideal con el delito de uso de documentos públicos falsos previsto en el Art. 296 en función del Art. 292 segundo párrafo del CP.

Del mismo modo, advirtió que el hecho que se le atribuye a H.E.L., en la causa referida en el párrafo precedente, fue cometido en fecha 15 de junio de 2006.

Además, el señor F. General señaló

que la causa que registra el imputado L. ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 1 de esta ciudad se encuentra en trámite y aun no se realizó la audiencia de debate.

En definitiva, el Dr. A. expresó que existe conexidad subjetiva entre los presentes autos y los que tramitan ante el...

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