Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 6 de Julio de 2018, expediente FTU 052530/2013/TO01

Fecha de Resolución 6 de Julio de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TUCUMAN

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TUCUMAN 52530/2013 Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: ALTAMIRANDA, JULIO CESAR Y OTROS s/INFRACCION LEY 24.769 San Miguel de Tucumán, 06 de julio de 2018.- FLC AUTOS Y VISTOS:

Que vienen estos autos a resolución del Tribunal como consecuencia de los pedidos de autorización para salir del país requeridos por J.C.A., y J.A.E., y CONSIDERANDO:

  1. Que a fs. 1767 el encartado J.A.E., solicita por intermedio del defensor oficial, autorización para viajar a Estados Unidos ente el 26/07/18 al 13/08/18 con fines laborales, lo que acredita con copia de reserva de pasajes.

A fs. 1771 el encartado J.C.A., solicita por derecho propio, autorización para viajar a vecino país de Brasil ente el 07/07/18 al 15/07/18 con fines laborales, lo que acredita a fs. 1778.

Corrida vista al Ministerio P.F., responde a fs.1770 y fs. 1774 respectivamente manifiesta que no debe Fecha de firma: 06/07/2018 Firmado por: DRA. M.A.N., PRESIDENTA Firmado por: DR. G.E. CASAS, JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: DR. HUGO CESAR DEL SUELDO PADILLA, SECRETARIO DE CAMARA #30560523#210973829#20180706112705902 autorizarse el viaje a los encartados, por no haber acreditado los extremos señalados.

Que entrando al análisis de la cuestión, debemos tener en cuenta que los encartados en autos se encuentran en libertad y habiendo estado regularmente cumpliendo las pautas que hacen al desarrollo del proceso, y que se encuentra trabado embargo por la suma de pesos doscientos mil ($200.000)

por cada uno de ellos, al disponerse el procesamiento sin prisión preventiva obrante a fs 1333/1367 y vta., lo que fuera debidamente cumplido en el...

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