Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL, 2 de Julio de 2018, expediente CCC 051744/2015/TO01
Fecha de Resolución | 2 de Julio de 2018 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL |
Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 51744/2015/TO1 Buenos Aires, 2 de julio de 2018.
Y VISTOS:
Constituido el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional nº 27 de la Capital Federal, con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, en forma unipersonal con el Juez, J.H.R., asistido por la Dra. I.M.B., en calidad de Secretaria, para dictar sentencia en esta causa nº 5360 seguida a C.M.G. (DNI N°
30.428.513, nacido el 22 de octubre de 1983, de nacionalidad argentina, hijo de J.C. y de L.N.T., con domicilio actual en Euskadi 236, Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires) en orden al delito lesiones culposas.
La audiencia de juicio oral se desarrolló en presencia del Señor Auxiliar Fiscal, Dr. D.R.M., el imputado, y su defensa la Dra. M.G.E..
RESULTA:
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En el requerimiento de elevación a juicio, el señor F. en lo Criminal y Correccional de Instrucción, doctor A.Y., titular a cargo de la Fiscalía N° 14 ante los Juzgados Nacionales en lo Correccional de Capital Federal, atribuyó al imputado el hecho “ocurrido el día 24 de agosto de 2015, a las 11:30 horas aproximadamente, cuando C.M.G. conducía el colectivo de la línea 117 interno 322 por la calle Cosquín a metros de su intersección con la calle Fecha de firma: 02/07/2018 Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #30219506#210162196#20180702103052924 R.F. de esta ciudad.
En dicha circunstancia, el Sr. G. pasó por el lado izquierdo de la bicicleta tipo playera, que conducía N.V. por la misma arteria.
En ese marco, sin el debido cuidado y prevención requeridos para el caso, pues no conservó el dominio efectivo del vehículo ni la distancia necesaria, el Sr. G. impactó con la unidad de transporte a la Sra. V. en su hombro izquierdo y el lateral de su bicicleta provocando su caída.
Seguidamente, al continuar G. la marcha, las ruedas traseras derechas del colectivo pasaron por encima del pie de la Sra.
V..
Como consecuencia de ello, V. sufrió lesiones leves:
politraumatismos, aplastamiento de pie y pierna izquierda…”.
Se calificó el accionar de G. como constitutivo del delito de lesiones culposas (art. 45 y 94 del C.P.).
Y CONSIDERANDO:
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De la Indagatoria:
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ratificó sus datos personales, hizo saber que vive con su esposa y tres hijos menores de edad y que tiene estudios primario y secundario completos. Es chofer de colectivo desde hace cinco años, pero antes tenía otro trabajo también conduciendo vehículos de transporte. En total tiene 9 años de experiencia. Antes trabajaba en una empresa de Fecha de firma: 02/07/2018 Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #30219506#210162196#20180702103052924 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 51744/2015/TO1 distribución de agua en camiones.
No tuvo enfermedades ni adicciones, tampoco procesos en trámite. A preguntas del Dr. R.M. manifestó que a la fecha se desempeña en la misma línea de colectivos.
En relación al hecho, refirió que ese día circulaba en la unidad por la calle Cosquín hacia la Av. R.. Antes de la intersección de la calle R.F. se vio obligado a sobrepasar a una chica que iba en bicicleta. Hizo saber que nunca se desvió del carril.
Cuando paso la bicicleta, a la mitad de la unidad, escuchó el ruido del impacto, detuvo la unidad, se bajó y asistió a la chica. Lo primero que hizo fue llamar al SAME. Se acercó un policía y luego vino la ambulancia, no lo dejaron acompañarla al hospital porque tenía que llevar la unidad hasta la comisaría correspondiente.
El Dr. R.M. le preguntó a G. si siempre hacía el mismo recorrido, a lo que el imputado hizo saber que no en el mismo horario pero siempre circulaba por ese camino. Agregó que el día del hecho, tanto del lado derecho como de izquierdo había autos estacionados.
Previamente a hacer el sobrepaso, vio que tenía la distancia correcta para pasar a la ciclista. Pasó la mitad de la unidad y luego sintió
el impacto. Se detuvo inmediatamente. Corrió la unidad solo cuando se lo pidió el personal policial para despejar la vía pública. Observó por el Fecha de firma: 02/07/2018 Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #30219506#210162196#20180702103052924 espejo retrovisor y vio a la ciclista en el suelo y inmediatamente detuvo la marcha. La ciclista iba en el mismo sentido en que circulaba el colectivo, cerca de los vehículos estacionados del lado derecho.
Se le exhibió el croquis de fs. 8, manifestando que se ajustaba al hecho. Refirió que antes de realizar la maniobra visualizó la bicicleta y calculó que podía sobrepasarla.
Se le exhibieron las fotografías obrantes en autos, habiendo indicado que ya había pasado más de la mitad de la unidad cuando escuchó el impacto.
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Las declaraciones testificales:
Al ser producida la prueba testimonial, la primera en prestar declaración fue N.V., damnificada, quien explicó que el día del hecho salía de la escuela n° 64 en bicicleta. Siempre hacía el mismo recorrido. Cuando iba por la calle R., dobló por Cosquín para tomar luego R.L.F.. En un momento se dio vuelta y vio que venía un colectivo rápido, por lo que disminuyó la velocidad. Iba cerca de los autos estacionados.
De repente sintió que la chocaron en el hombro de lado izquierdo. Iba muy despacio porque estaba por subir a la vereda. Cuando sintió el impacto, sabía que la iban a chocar con la parte de atrás del colectivo, por lo que saltó de la bicicleta hacia el lado derecho. La bicicleta se fue abajo del colectivo y le quedó el pie en el pedal. La testigo dijo que sintió que la rueda pasó sobre su tobillo.
Agregó que cuando se despertó estaba en el piso y la Fecha de firma: 02/07/2018 Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #30219506#210162196#20180702103052924 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 51744/2015/TO1 bicicleta estaba adelante suyo a unos pocos metros. A su derecha había un policía.
Lo último que recuerda del accidente es el dolor que sintió
en el pie. Cuando se levantó no estaba la bicicleta, simplemente vio alrededor suyo y había gente.
La testigo decía que se quería ir pero una chica le dijo que se quedara que estaba llegando la ambulancia. La damnificada no podía pararse, sintió mucho miedo. Miró a su izquierda y vio que llegaba la ambulancia. Finalmente la llevaron al Hospital Santojanni, lugar en el que recibió atención médica.
A preguntas del Dr. R.M. manifestó que le pusieron una bota y tuvo que andar con muletas por dos meses y después realizar kinesiología. Se atendió en otra clínica. No llegaron a enyesarla.
El señor A.F. le preguntó si se cayó a raíz del impacto, a lo que la testigo dijo que sintió que el colectivo la tiró y que si se hubiese quedado aferrada a la bicicleta hubiese sido peor.
A preguntas del señor A.F. respondió que cree que el chofer descendió de la unidad porque el colectivo estaba estacionado en la esquina. Le contaron que él estaba ahí.
Explicó que venía de la mano derecha de la calle. Se dio vuelta y vio que venía un colectivo rápido, por lo que intentó ir más pegada a los autos, pero igualmente resultó lesionada.
Fecha de firma: 02/07/2018 Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #30219506#210162196#20180702103052924 A preguntas de la Dra. E., la damnificada refirió que la calle por la que circulaba no es transitada. Es un sector donde hay distintas calles cortadas. La que es transitada es R.F. o la Avda.
R.. Se trata de una calle medianamente angosta.
A preguntas del suscripto informó que no se quebró el pie como resultado del hecho. Sí tenía el pie con hematomas. La testigo sintió que efectivamente la rueda pasó sobre su pie, cree que la protegió
el pedal de la bicicleta, sino no lo explica.
V.E. le preguntó si en esa calle la han sobrepasado distintos colectivos, a lo que respondió afirmativamente, indicando que hay espacio para que pasen colectivos y bicicletas. Hizo saber que cree que chocaron porque el colectivo venía muy rápido. Que la vio pero que no debe haber calculado bien. Agregó que en ese lugar no hay ninguna parada de colectivo, que ese vehículo le cerró el paso. Se le solicitó a la damnificada que hiciera un dibujo de las calles en las que estaba circulando y se le exhibieron las fotografías obrantes en autos.
La Dra. E. le preguntó si hizo algún reclamo a la aseguradora o empresa de seguros, a lo que respondió afirmativamente, pero que le dijeron que no había pasado nada. Su abogada inició un juicio civil, el que se encuentra actualmente en trámite.
A continuación, declaró el Oficial de la Policía de la Ciudad, M.A.S., quien a preguntas del Dr. D.R.M. manifestó que recuerda haber tomado intervención por un colectivo que colisionó con una mujer que andaba en bicicleta.
Fecha de firma: 02/07/2018 Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #30219506#210162196#20180702103052924 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 51744/2015/TO1 Ese día, llegó al lugar del hecho, donde...
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