Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 29 DE LA CAPITAL FEDERAL, 11 de Junio de 2018, expediente CCC 048132/2012/TO01/CNC001

Fecha de Resolución11 de Junio de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 29 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 29 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 48132/2012/TO1/CNC1 n la Ciudad de Buenos Aires, a los ocho días del mes de Junio del año dos mil dieciocho, siendo las 11.30 horas, hora fijada para la audiencia prevista por el art. 293 del C.P.P.N, en la causa N° 48.132/2012 (Registro Interno N° 4479), seguida a N.B.M. –

argentina, DNI 31.240.464, nacida el día 8 de octubre de 1984 en la ciudad de Buenos Aires, hija de R.M. y de A.F., soltera, instruída, empleada, domiciliada en la calle Tinogasta 3040 piso 4to depto “A” de esta ciudad - en orden al delito de administración infiel, se constituyen en la Sala de audiencias del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 29 de Capital Federal, el Dr. R.G.G., en su calidad de Juez Unipersonal. Acto seguido se verifica la presencia del representante del Ministerio Público Fiscal, el Dr. N.L., A.F. de la Fiscalia General N° 27-, la imputada NADIA BELÉN MIDAGLIA asistida por el Dr. C.C., defensor de la nombrada. También se encuentra presente el apoderado de la querella, Dr. B.O.M.. Posteriormente, se le concede la palabra al D.C., quien dijo que a su asistida se le imputa el delito de administración infiel y de llegarse a una condena la misma podía ser en suspenso por sus condiciones personales y porque no tiene condenas. Siempre estuvo sujeta al Tribunal. Por ello, dijo que era conveniente la probation de conformidad con el art. 76 bis del C.P.

Además citó el fallo “A.” que otorgó una interpretación amplia al beneficio. En cuanto a la reparación patrimonial dijo que inició tratativas con la querella y fiscalía porque ofrecía como reparación desistir de la demanda laboral en los autos “Midaglia, N.B. c/FranciscoO.D.S. s/despido” expte nro 57.279/13 Juzgado Trabajo Nro 67.

Además ofreció la suma de $ 50.000 en 10 cuotas. Dijo que M. era una trabajadora y no podía afrontar hoy un alquiler y estaba viviendo en la casa de sus padres. No tiene bienes personales. Ofreció realizar tareas en la Parroquia Cristo Rey, sita en Zamudio 5551 de esta ciudad, o en la Parroquia Luján Porteño sita en Francisco Bilbao 3476 de esta ciudad, ambas dependientes del arzobispado de Buenos Aires, por un total de 96 hs y pide que sea por el término de un año. Acto seguido se entrevistó

a MIDAGLIA quien refirió que estaba de acuerdo con lo que dijo su defensor. Actualmente dijo que trabajaba en una empresa de seguridad.

Ganaba 30 mil pesos por mes. Que vivía con...

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