Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL, 5 de Junio de 2018, expediente CCC 017704/2018/TO01

Fecha de Resolución 5 de Junio de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 17704/2018/TO1 Buenos Aires, 5 de Junio de 2018.

Atento a lo solicitado por R., líbrese telegrama a la unidad a fin de solicitarles que tengan a bien incorporarlo al REAV y otorgarle tareas laborales.

F., pasen los autos a despacho para resolver en virtud del acuerdo de juicio abreviado.

MGB Ante mí:

En la fecha se libró telegrama. La copia no se agregó a fin de no desperdiciar papel. Conste.-

Fecha de firma: 05/06/2018 Alta en sistema: 12/06/2018 Firmado por: J.E. DE LA FUENTE, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.C., SECRETARIO DE CAMARA #31751499#208151010#20180607152722639 Fecha de firma: 05/06/2018 Alta en sistema: 12/06/2018 Firmado por: J.E. DE LA FUENTE, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.C., SECRETARIO DE CAMARA #31751499#208151010#20180607152722639 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 17704/2018/TO1 nos Aires, 5 de junio de 2018.

AUTOS Y VISTOS:

Integrado el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n°27 en forma unipersonal por el señor juez J.E. de la Fuente, con la presencia del señor secretario M.C.C., para dictar sentencia en la causa n°5633, seguida a FABIO HERNÁN ROLÓN (D.N.

  1. nº 34.470.111, de nacionalidad argentina, nacido el 19 de marzo de 1989 en esta Ciudad, hijo de F.D.R. y de C.F.T., de estado civil soltero, con domicilio en la calle A. nº 1486 de Avellaneda, actualmente detenido en el Complejo Penitenciario Federal de la CABA).

En representación del Ministerio Público Fiscal interviene el Dr. D.R.M., A.F. de la Fiscalía General n°28, y por la defensa el Dra. A.R., Defensora Coadyuvante de la Defensoría Pública Oficial n°20 ante los Tribunales Orales en lo Criminal y Correccional.

RESULTA:

  1. A fs. 91/92, obra el requerimiento de elevación a juicio formulado respecto del imputado, por el cual se le atribuyó la comisión del delito de robo simple en grado de tentativa en calidad de autor (arts. 42, 45 y 164, C.P.).

  2. Tal como surge de la presentación de fs. 114, el Sr.

    A.F., junto con la defensa, solicitaron que se aplique en autos el procedimiento de juicio abreviado previsto por el art. 431 bis, inciso 1º, segundo párrafo, del C.P.P.N., requiriendo que se imponga al nombrado la pena de diez meses de prisión, de cumplimiento efectivo y costas, por considerarlo autor robo simple en grado de tentativa; y en Fecha de firma: 05/06/2018 Alta en sistema: 12/06/2018 Firmado por: J.E. DE LA FUENTE, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.C., SECRETARIO DE CAMARA #31751499#208151010#20180607152722639 definitiva se lo condene a la pena única de tres años y cuatro meses de prisión, accesorias legales y costas, comprensiva de la referida precedentemente y de la dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n°16, de dos años y ocho meses de prisión de cumplimiento efectivo y costas.

  3. El pedido en cuestión ha sido ratificado por el imputado, quien con el correspondiente asesoramiento de la defensa, reconoció expresamente la materialidad de los hechos atribuidos, su autoría y su responsabilidad penal, suscribiendo debidamente la solicitud.

  4. ...

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