Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL, 7 de Junio de 2018, expediente CCC 067892/2016/TO01

Fecha de Resolución 7 de Junio de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 67892/2016/TO1 la ciudad de Buenos Aires, a los siete días del mes de junio de dos mil dieciocho, siendo las 10.18 horas, se constituyó el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n° 3 de Capital Federal, integrado de manera unipersonal por el Sr. Juez de Cámara Dr.

Miguel Ángel Caminos, asistido por el secretario Dr. A.A.L., a efectos de continuar la audiencia de debate oral y público, en la causa n° 67.892/16 (registro interno n°

5422). Verificada la presencia de la Auxiliar Fiscal Dra. M.C. y del imputado JUAN ALBERTO IACINO (titular del D.N.

  1. 5.071.319; de nacionalidad argentino; nacido el 8 de abril de 1948 en esta ciudad, hijo de J.I. y de R.V.; identificado con legajo de la Policía Federal serie C.I.P.F. 6.088.391, con último domicilio real en Congreso 5653/55 de esta ciudad), asistido por el Defensor Público Coadyuvante Dr.

L.B.. Inmediatamente el secretario hizo saber que el testigo R.R.R. no había comparecido a la audiencia del día de la fecha, no obstante haber sido notificado telefónicamente el pasado 5 de junio. Concedida la palabra, la Auxiliar Fiscal desistió del nombrado testigo Ríos. Consultado al respecto, el Defensor hizo saber que estaba de acuerdo con el desistimiento y presentó, para ser agregado a autos, imágenes extraídas de Facebook que, según dijo, mostraban juntos a R.R.R. y al testigo que habíamos escuchado en la audiencia pasada, es decir, M.F.F.H., con lo cual estaría acreditado que había una relación de amistad entre ambos anterior al hecho que se estaba juzgando. Cedida la palabra, la Fecha de firma: 07/06/2018 Alta en sistema: 08/06/2018 Firmado por: M.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.A.L., SECRETARIO DE CAMARA #30347676#208344712#20180608110025475 A.F. dijo que no necesitaba mirar las imágenes porque ya las había visto antes de ingresar a la sala. Formuladas ambas instancias, el Sr. Juez resolvió tener por desistido al testigo Ríos y agregar a autos las imágenes presentadas por el defensor. Luego, previo que las partes dijeron conocerlos y no requerir de su lectura o exhibición, el Sr. Juez resolvió tener por incorporados las restantes pruebas, documental, testimonial y de informes, oportunamente admitidos, a saber: declaraciones de M. De Luca y de F.G. (fs. 41/vta. y 57); informes médico legales obrante a fs. 37 y 65; informe pericial del Cuerpo Médico Forense de fs. 102; informe de...

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