Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTA FE - SECRETARIA DERECHOS HUMANOS, 7 de Junio de 2018, expediente FRO 054000004/2007/TO01

Fecha de Resolución 7 de Junio de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTA FE - SECRETARIA DERECHOS HUMANOS

Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe FRO 54000004/2007/TO1 Sentencia N° 45/18.-

Santa Fe, 07 de junio de 2018.-

AUTOS Y VISTOS: Estos caratulados: “DOMINGUEZ, J.A. – KUSHIDONCHI, A.S.I.. Art. 144 ter 2°

párrafo según Ley 14.616, en concurso real con Homicidio Simple”, E.. N° 54000004/2007/TO1 de los registros de la Secretaría de Derechos Humanos de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe; de los que, RESULTA: Que habiendo finalizado la deliberación prevista en el art. 396 del C.P.P.N., corresponde al Tribunal pronunciarse sobre todas las cuestiones que han quedado planteadas en el contradictorio, de conformidad a lo que prescriben los arts. 398 y 399 del Código Procesal Penal de la Nación.

Los Dres. M.I.V., J.M.E.C. y L.H.L., dijeron:

  1. - Se inicia la presente causa mediante la presentación efectuada por la Dra. G.T. en su carácter de F.F., en la cual procede a la Fecha de firma: 07/06/2018 Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CESAR EDUARDO TOLEDO #16434351#208390066#20180607113913543 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe FRO 54000004/2007/TO1 devolución del expediente caratulado “SASSI, R.O.S.D.” (ex Expte. N° 507/85), el que obra agregado a fojas 1/128 de autos, y que al ser reingresado a la Secretaría Penal del Juzgado Federal N° 1 de esta ciudad se le asignó el número 04/07. Por el mismo solicita se declare la inconstitucionalidad de las leyes 23.492 y 23.521, la nulidad de su aplicación al presente caso y que se declaren vigentes las acciones penales por los delitos denunciados, de conformidad con el fallo “Simón” de nuestro alto Tribunal.

    A fojas 139/145 vta., mediante resolución N° 574 de fecha 21-11-2005 se declararon inválidos e inconstitucionales los artículos 1° de la ley N° 23.492 llamada de “Punto Final” y 1°, 3° y 4° de la ley N° 23.521 de “Obediencia Debida” y corrida vista a la fiscalía en los términos del artículo 180 y 188 del CPPN a fojas 148/151 se formuló requisitoria de instrucción.

    De lo actuado surge que el Sr. R.O.S. efectuó una denuncia el 21 de junio de l984 ante el Juzgado de Instrucción de la Octava Nominación de Santa Fe relacionada con presuntos ilícitos producidos en la cárcel Fecha de firma: 07/06/2018 Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CESAR EDUARDO TOLEDO #16434351#208390066#20180607113913543 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe FRO 54000004/2007/TO1 de Coronda en el período comprendido entre los años l975/83, por lo que a fojas 96/97 se declaró la incompetencia, disponiéndose la remisión a la Justicia Federal de esta ciudad, radicándose el expediente en el Juzgado Federal N° 1.

  2. - Sorteada la etapa instructoria y corrida la vista que prevé el artículo 346 del CPPN (fojas 2430/2458), los Dres. L.P. y G.M. en su carácter de querellantes apoderados de la Asociación Civil “El Periscopio” formularon requerimiento de elevación a juicio por los tormentos agravados ejercidos contra perseguidos políticos, en perjuicio de: J.J.P. (f), R.O.S., F.A.K., F.A., C.A.R.R., J.M.V. y O.A.B., quienes fueron detenidos y privados ilegítimamente de la libertad en el Instituto Correccional Modelo U-1 Coronda y por el homicidio cometido contra L.A.H. y R.M.S.M. dentro del mencionado penal, a los que consideran delitos de lesa humanidad en el marco del genocidio perpetrado en nuestro país durante la última dictadura cívico-militar.

    Fecha de firma: 07/06/2018 Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CESAR EDUARDO TOLEDO #16434351#208390066#20180607113913543 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe FRO 54000004/2007/TO1 Imputaron concretamente a O.Z. -quien al momento de los hechos era C. General de Gendarmería Nacional y conforme su legajo personal Director de Institutos Penales de la Provincia de Santa Fe desde el 2 de abril de 1976 y del Instituto Correccional Modelo de Coronda desde el 24 de agosto de l976 hasta el 7 de diciembre de l977-, ser autor responsable del delito de tormentos agravados por ser ejercidos contra perseguidos políticos, en perjuicio de L.A.H., R.M.S.M., R.O.S., J.J.P., O.A.B., F.A., F.A.K., C.A.R. y J.M.V..

    Respecto a J.Á.D., C.P. de Gendarmería y con desempeño como Director Interventor Interino de la Unidad Carcelaria de Coronda desde el 8 de febrero de l977 hasta el 12 de marzo del mismo año y desde el 18 de noviembre de l977 hasta el 1° de febrero de l978, lo acusaron de ser autor penalmente responsable del delito de tormentos agravados por ser ejercidos contra perseguidos políticos en perjuicio de L.A.H., R.M.S.M., R.O.S., J.J.P., Fecha de firma: 07/06/2018 Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CESAR EDUARDO TOLEDO #16434351#208390066#20180607113913543 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe FRO 54000004/2007/TO1 Orlando A.B., F.A., F.A.K., C.A.R. y J.M.V. y como autor penalmente responsable del homicidio agravado cometido en perjuicio de L.A.H.. En lo que hace a A.K., C. mayor de Gendarmería Nacional que cumplió funciones en la Unidad Carcelaria de Coronda desde el 9 de octubre de l976 hasta el 13 de febrero de l977 y se desempeñó como director de la misma desde el 1° de febrero de l978 hasta el 4 de diciembre de 1979, fue acusado de ser autor penalmente responsable del delito de tormentos agravados por ser ejercidos contra perseguidos políticos en perjuicio de R.M.S.M., R.O.S., J.J.P., O.A.B., F.A., F.A.K., C.A.R. y J.M.V. y como autor penalmente responsable del homicidio agravado cometido en perjuicio de R.M.S.M..

  3. - A su turno (fs. 2461/2498), la Fiscalía requirió la elevación de la causa a juicio en relación a O.Z. reprochándole haber intervenido como autor mediato en los delitos de tormentos agravados por haberse Fecha de firma: 07/06/2018 Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CESAR EDUARDO TOLEDO #16434351#208390066#20180607113913543 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe FRO 54000004/2007/TO1 cometido contra perseguidos políticos (art. 144 ter, segundo párrafo del CP, conforme ley 14.616), hechos sufridos por L.A.H., R.M.S.M., E.F., R.O.S., R.A.V., L.J.A., R.J.B., J.J.P., E.R.S., S.A.A., O.A.B., R.O.P., E.R.G., C.A.C., F.S.S., C.A.L.P., F.A., N.R.S.C., F.A.K., R.M., E.A., A.E.M., D.O.G., Carlos A.

    Raviolo Rojas, E.A.F., R.D.R., J.A.K., R.J.C., L.E.B., J.M.R., J.D.P., J.M.V., H.R.B., J.E.K., C.P.R., G.D.M., J.A.C., R.M.A.A. y Hugo René

    Donnet, todos ellos en concurso real (art. 55 del Código Penal).

    Respecto de J.A.D. requirió la elevación a juicio de la causa por considerarlo autor Fecha de firma: 07/06/2018 Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CESAR EDUARDO TOLEDO #16434351#208390066#20180607113913543 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe FRO 54000004/2007/TO1 mediato del homicidio (art. 79 del C.P.) de L.A.H. y haber intervenido como autor mediato en los delitos de tormentos agravados por haberse cometido contra perseguidos políticos (art. 144 ter, segundo párrafo del CP conforme Ley 14.616) en perjuicio de las mismas personas mencionadas en concurso real (art. 55 del Código Penal).

    Por último hizo lo propio con el llamado A.K., requiriendo la elevación a juicio por considerar que intervino en calidad de autor mediato en el homicidio (art. 79 del C.P.) de R.M.S. martín y como autor mediato en los delitos de tormentos agravados por haberse cometido contra perseguidos políticos (art. 144 ter, segundo párrafo del CP, conforme ley 14.616) en perjuicio de los nombrados precedentemente, en concurso real (art. 55 del Código Penal).

  4. - Sorteada la etapa intermedia y no habiéndose deducido excepciones ni formulado oposición a la elevación a juicio, se declaró clausurada la instrucción y se ordenó

    la remisión de la causa a este Tribunal, juntamente con la documental incorporada a la misma.

    Fecha de firma: 07/06/2018 Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CESAR EDUARDO TOLEDO #16434351#208390066#20180607113913543 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe FRO 54000004/2007/TO1 Efectuada la radicación en esta sede (fs. 2.516), se dispuso la verificación del cumplimiento de las prescripciones de la instrucción y se citó a las partes a juicio (fs. 2.542), ordenándose como instrucción suplementaria el pedido de informes sobre los antecedentes de los imputados al Registro Nacional de Reincidencia y la realización del examen mental obligatorio que prevé el artículo 78 del CPPN por intermedio del Cuerpo Médico Forense.

    Habiendo ofrecido pruebas la defensa de A.K. (fs. 2.558/2.560), el Ministerio Público Fiscal (fs. 2561/2566), el Dr. C.E.T.d.S. en ejercicio de la defensa técnica del imputado J.A.D. (fs. 2.568 y vta.) y los Dres. G.M. y L.P. en su carácter de apoderados de la parte querellante (fs. 2.570/2.577 y vta.), se proveyeron en el decreto de fojas 2.627/2.633 y una vez producidas y realizada la audiencia preliminar prevista en la Acordada 1/12 de la Cámara Federal de Casación Penal, se fijó fecha de audiencia de debate y se dispuso a fojas 2.581 y vta. la extinción de la acción penal y sobreseimiento del Fecha de firma: 07/06/2018 Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.V., JUEZ DE CAMARA...

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