Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 29 DE LA CAPITAL FEDERAL, 30 de Mayo de 2018, expediente CCC 012002/2017/TO01

Fecha de Resolución30 de Mayo de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 29 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 29 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 12002/2017/TO1 n la Ciudad de Buenos Aires, a los veintinueve días del mes de mayo del año dos mil dieciocho, siendo las 13.00 horas, se reúne el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 29, el suscripto, como Presidente del Tribunal, R.

Gustavo Goerner, como Vocales, los Dres. J.M.R.P. y M.C.D.G., para dar a conocer los fundamentos de la sentencia cuya parte dispositiva se diera a conocer el día 21 de mayo del corriente año, en la presente causa N° 12.002/2017 (Registro Interno N° 5323) seguida contra U.L. TORRES - argentino, titular del D.N.

  1. 42.224.505, nacido el 18 de enero de 1999 en la Ciudad de Buenos Aires, soltero, desocupado, hijo de A.T. y de S.M.O., con último domicilio aportado en autos en calle 50, PB, del Barrio Presidente Mitre de esta Ciudad, Prio Pol AGE. N.. 204.751 y RNR N° 03039240, actualmente detenido a disposición conjunta con el Juzgado Nacional de Menores N° 5, Secretaría N° 14, en el Complejo Penitenciario Federal para Jóvenes Adultos, Anexo Unidad 24-, en orden al delito de abuso de armas en concurso ideal con lesiones graves, que a su vez concurre en forma real con el delito de portación ilegítima de arma de guerra en calidad de coautor (arts. 45, 54, 55, 90, 104 segundo párrafo y 189 bis inc. 2°, 4to párrafo del C.P.N.) fijándose para el próximo martes 29 de mayo del corriente a las 16:00 horas, la audiencia para dar íntegra lectura de la misma, por las razones expuestas en el acta que antecede (art. 400 y concordantes del Código Procesal Penal de la Nación).

    Intervienen en representación del Ministerio Público Fiscal, el A.F.D.N.L.; por la defensa del imputado U.L.T. la Dra. C.M., a cargo de la Defensoría Oficial N°11.

    Finalizado el juicio oral y público, corresponde que el Tribunal dicte sentencia, conforme las reglas de la sana crítica y lo establecido en los arts. 398, 399 y concordantes del Código Procesal Penal de la Nación.

    Practicado el sorteo correspondiente para el tratamiento de las cuestiones objeto del juicio, el orden de votos es el siguiente: D.. G., R.P. y D.G..

    Fecha de firma: 30/05/2018 Firmado por: M.C.D.G., JUEZ Firmado por: R.G.G., JUEZ Firmado por: J.M.R.P., JUEZ Firmado(ante mi) por: A.M., SECRETARIA #30234129#207701331#20180530145559676 RESULTA:

  2. -Requerimiento de elevación a juicio.

    …Se imputa a U.L.T. haberle provocado lesiones de carácter grave mediante disparos de arma de fuego a E.J.P. en su pie y pierna derecha, en tanto a T.M.G. le provocó lesiones de carácter leve en su muslo derecho.

    El día 14 de febrero de 2017, a las 20.19 horas, U.L.T. llegó al parque S., a la altura de las calles G. delR. y Conde esta ciudad, a bordo de una motocicleta Yamaha FZ de color negra que era conducida por el menor de 16 años Z.A.C. -circunstancia presumiblemente conocida por Torres. Allí bajó del rodado, extrajo una pistola calibre 9 mm. y se dirigió hacia el sector en el que se encontraban los damnificados junto con otras personas, precisamente sentados en unos bancos ubicados junto al sector de las canchas de bochas de un centro de jubilados que hay en el lugar. A ellos les preguntó por A.P., alías “Chucho”, lo que motivó que E.J.P. lo increpara por haberlos intimidado con el arma de fuego que exhibía.

    A raíz de ello, T. efectuó, al menos, tres o cuatro disparos con el arma que tenía en su poder, en dirección a las piernas de Pradines, lo que le provocó las lesiones en su pie y pierna derecha, justo por arriba del tobillo. En tanto, G. sufrió ¬una herida en su muslo derecho presumiblemente por el rebote de uno de los proyectiles.

    Tras ello, T. y C. huyeron velozmente del lugar, a bordo de la moto en la que llegaron, por la calle C. hasta que fueron perdidos de vista.

    Asimismo se le atribuye a U.L.T. la portación sin la debida autorización legal de una pistola calibre 9 mm. en el hecho I, cuyas circunstancias de tiempo, modo y lugar, fueran antes descriptas…

    Fecha de firma: 30/05/2018 Firmado por: M.C.D.G., JUEZ Firmado por: R.G.G., JUEZ Firmado por: J.M.R.P., JUEZ Firmado(ante mi) por: A.M., SECRETARIA #30234129#207701331#20180530145559676 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 29 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 12002/2017/TO1

  3. -Desarrollo del debate.

    Durante el juicio oral prestaron declaración testimonial E.J.P.; T.M.G.; S.N.B.; N.M.B. –quien aportó certificado médico-; I.A.P. y A.L.P., cuyas declaraciones constan en los DVD agregados precedentemente.

    A su vez, a pedido de la Fiscalía y con la conformidad prestada por la defensa, se desistió de los testimonios del I.J.R. (fs.

    13/14) y del I.P.M.M.C. (fs. 30/31 y 205).

    Por su parte, al momento de hacer uso de su principal acto de defensa material durante el debate, el encartado U.L.T. refirió

    que esos pibes denunciaron y lo involucraron en un hecho en el que no tenía nada que ver, que lo acusaban de algo que no hizo. Agregó que el arma la secuestraron en un lugar en el que no vivía él, porque en su casa no hallaron nada.

    Finalmente, fueron incorporadas por lectura y/o exhibición, las siguientes pruebas: copia del DNI de Bortoni de fs. 3, de M.B. de fs. 5 y de E.J.P. de fs. 18, de A.L.P. de fs. 44; croquis de fs. 10; copia de Facebook de fs. 33/35, 36/38 y 70; informe de Nosis de fs. 39; fotografías de fs. 46/47, 50, 52/53, 74/85, 131; informe de la vista del DVD de fs. 86; historia clínica del Hospital Pirovano de T.M.G. y de E.J.P. de fs. 113/117, 120/128; informe de la DNRPA de fs. 145; fotos de Torres e informe médico legal de fs.

    3 y 4 del legajo para el estudio de la personalidad; acta de detención de fs. 6 del mismo legajo; acta de fs. 1, acta de fs. 15 transcripta a fs. 16; informe técnico de la División Balística de fs. 99/104 y 134/137; acta de lectura de derechos y garantías de Torres de fs. 175/176; acta de allanamiento de fs.

    206/7; informe del Cuerpo Médico Forense respecto de Pradines de fs.

    362/364; acta de fs. 391 transcripta a fs. 392; informe socio ambiental de Fecha de firma: 30/05/2018 Firmado por: M.C.D.G., JUEZ Firmado por: R.G.G., JUEZ Firmado por: J.M.R.P., JUEZ Firmado(ante mi) por: A.M., SECRETARIA #30234129#207701331#20180530145559676 Torres de fs. 14/15 del legajo para el estudio de la personalidad, el soporte óptico de la División Monitoreo de Imágenes del GCBA que se encuentra reservado en Secretaria y fuera certificado a fs. 426. Declaraciones testimoniales del I.J.R. de fs. 13/14 y del I.P.M.M.C. de fs. 30/31 y 205.

  4. Alegato de la Fiscalía.

    Concluida la recepción de las pruebas, y tal como surge del acta que antecede, formuló su alegato el Dr. N.L..

    El representante del Ministerio Público Fiscal, comenzó

    diciendo que tenía por acreditado que en horas de la noche, del día 14 de febrero de 2017, el encartado U.L.T. arribó en una moto, conducida por otro, a un sector del parque S., ubicado a la altura de las calles G. delR. y C. de esta ciudad, donde se encontraba un grupo de personas.

    Fue así que, el imputado descendió del vehículo, extrajo un arma de fuego y realizó una serie de disparos contra los miembros inferiores de E.J.P., impactando uno de ellos en su pie y otro en su pierna derecha, en tanto que uno de los proyectiles también produjo heridas a T.M.G., quien también se hallaba presente en el lugar.

    Inmediatamente después T. volvió a subir a la moto y se alejaron del lugar.

    Dijo que también se encontraba acreditado, la portación por parte del nombrado, sin la debida autorización legal, de una pistola 9 mm utilizado en el hecho descripto precedentemente.

    Explicó que el cuadro probatorio colectado permitía afirmar, la materialidad de los hechos y la responsabilidad penal de U.L.T. en los mismos.

    En primer lugar, citó los dichos de E.J.P. quien dijo no recordar nada por el estado de shock que padeció, pero al Fecha de firma: 30/05/2018 Firmado por: M.C.D.G., JUEZ Firmado por: R.G.G., JUEZ Firmado por: J.M.R.P., JUEZ Firmado(ante mi) por: A.M., SECRETARIA #30234129#207701331#20180530145559676 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 29 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 12002/2017/TO1 leérsele su declaración, recordó que lo habían llevado al hospital, pero no sabía si iba alguien más, en el asiento trasero de un auto.

    Sin embargo, al proponer la Fiscalía la demora del testigo en el Tribunal, al calificarlo de reticente y a la espera de los restantes testimonios, la Presidencia realizó una serie de preguntas que le permitieron al testigo realizar un relato completo de lo ocurrido.

    Recordó que estaba reunido con unas personas hasta que se dirigió a saludar a su amigo N. y en un momento vio que frenó una moto donde estaban todas las motos y en la misma iban dos sujetos que comenzaron a proferir insultos hacia ellos.

    Relató que escuchó unos estruendos y empezaron a los gritos, pudiendo ver que una de las mujeres se agarraba la panza. También advirtió

    que estaba herido, aunque no se daba cuenta de lo que le pasaba.

    El testigo expresó que lo primero que hizo fue sacarse la zapatilla y mover los dedos para ver si tenía bien la pierna. Agregó que en el lugar también estaban S. y su hermano A., y que, cuando llegaron los agresores de la moto, le manifestaron algo al bajar; no recordando si preguntaban o reclamaban por alguien.

    Aseveró que los disparos provinieron de los que venían en la moto.

    El Sr. Fiscal General, continúo su alegato citando los dichos de A.L.P. quien refirió conocer de vista al imputado ya que vivía en Barrio Mitre y no recordar lo ocurrido el l4 de febrero porque estaba “empastillado”.

    Contó que se enteró al día siguiente que a su hermano le habían dado dos tiros. Le contaron que estaba en el parque fumando un porro y, supuestamente, llegó una moto con dos personas y empezaron los tiros, uno llevaba el casco y el otro estaba encapuchado, pero él no recordaba nada.

    Dijo que no sabía quienes estaban en la plaza, pero sí que había mucha gente en el Parque.

    Fecha de firma: 30/05/2018...

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