Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL, 21 de Mayo de 2018, expediente CCC 074652/2017/TO01
Fecha de Resolución | 21 de Mayo de 2018 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL |
Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 74652/2017/TO1 nos Aires, 21 de mayo de 2018.
Y VISTA:
La presente causa n° 5989/6028/6029
(25835/49124/74652/2017) seguida ante este Tribunal Oral en lo
Criminal y Correccional n° 1 de la Capital Federal, integrado por el
Dr. L.J. Salas, como Juez unipersonal, por los delitos de robo
simple, en grado de tentativa –dos hechos , y robo en concurso
real entre sí, seguida contra F. E. M.,
D.N.I. n° 36.356.153, argentino, nacido el 4 de diciembre de 1991,
en la Pcia. de Buenos Aires, hijo de R. y de Yolanda
Maldonado.
La Sra. Agente F., Dra. S. a fs
74/77 –c. n° 5989, ilícito del 28/4/17 requirió la elevación contra
F. por ser autor del delito de robo simple,
en grado de tentativa (art. 42, 45 y 164 del Código Penal); la Sra.
Agente F., Dra. C. O. a 232/233 –c. n°6028,
ilícito del 20/8/17 requirió la elevación de la causa a juicio contra
el nombrado, a quien endilgó ser autor del delito de robo simple, en
grado de tentativa (arts. 42, 45 y 164 del Código Penal); y la Sra.
Agente F., Dra. S. a fs. 366/370 –c. n° 6029, ilícito
del 11/12/17 requirió la elevación a juicio respecto de M.
a quien endilgó ser autor del delito de robo simple (arts. 45 y 164
del Código Penal).
Fecha de firma: 21/05/2018 Firmado por: L.R.J.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: E.S.M., SECRETARIO DE CAMARA #31135930#206590117#20180521123521833 Ante el Tribunal la Sra. A. F., Dra.
A. D., interviniente en el presente proceso,
requirió a fs. 423/vta. la prosecución del procedimiento por la vía
abreviada que regula el artículo 431 bis del Código Procesal Penal,
y solicitó se condene a F. por ser autor
penalmente responsable de los delitos que calificó como robo y
robo simple, en grado de tentativa reiterado en dos oportunidades,
los cuales concurren en forma real entre sí, y se le imponga la
pena de cuatro meses de prisión, de efectivo cumplimiento, y a
cumplir la pena única de ocho meses de prisión, comprensiva de la
mencionada precedentemente y de las penas de tres meses de
prisión, en suspenso dictada el 8 de agosto de 2017 en la causa n°
46810/17 del Juzgado Criminal y Correccional n° 38 y a la pena de
cuatro meses de prisión, en suspenso, dictada el 3 de agosto de
2017 en la causa n° 4701 del TOCC 24, y el pago de las costas
(arts.29 inc. 3°, 40, 41, 42, 45, 55, 58, y 164 del Código Penal).
Cabe señalar que el nombrado M.,
asistido por su defensor, Dr. F., interviniente en el
presente proceso, reconoció su participación en los hechos motivo
del mismo y manifestó su conformidad respecto de la calificación
legal propuesta y la pena solicitada por la Sra. Fiscal. El acta fue
firmada por la Dra. A. D., el procesado y el
Defensor, D. Larrain .
El imputado compareció a los fines previstos por
el art. 41, inciso 2°, del código de fondo y 431 bis, apartado 3°, del
Fecha de firma: 21/05/2018 Firmado por: L.R.J.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: E.S.M., SECRETARIO DE CAMARA #31135930#206590117#20180521123521833 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 74652/2017/TO1 Código Procesal Penal. Durante la audiencia se le exhibió el
acuerdo obrante y ante preguntas manifestó haber sido informado
respecto de la naturaleza y efectos de éste y que hubo prestado
libremente su consentimiento, por lo que la presente causa quedó
en condiciones de ser resuelta.
Y CONSIDERANDO:
ilícito 28/4/17, c. n° 5989 Se encuentra acreditado que el 28 de abril de 2017,
aproximadamente a las 21.40, F. intentó
apoderarse ilegítimamente mediante fuerza en las cosas, de
elementos que se encontraban en el interior del rodado marca
Chevrolet
dominio HXI258, el cual el día anterior
aproximadamente a las 17, su propietario, J.,
había dejado estacionado en el lugar ya indicado.
Para lograr el desapoderamiento M.
rompió la ventanilla trasera derecha del vehículo, e ingresó al
mismo, para salir instantes después portando dos bolsas en sus
manos; dicho accionar fue observado por dos testigos que dieron
aviso a personal policial que procedió a la detención del imputado
y al secuestro de dos bolsas que contenían efectos que
posteriormente fueron reconocidos por el damnificado como de su
propiedad.
ilícito 20/8/17, c. n° 6028 Se le imputa a F. que el
20 de agosto de 2017, aproximadamente a las 23.30, intentó
Fecha de firma: 21/05/2018 Firmado por: L.R.J.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: E.S.M., SECRETARIO DE CAMARA #31135930#206590117#20180521123521833 apoderarse ilegítimamente, mediante fuerza en las cosas, de los
bienes que se hallaban en el interior del rodado marca “Peugeot
207” dominio GUO976, propiedad de J., que se
encontraba estacionado en la Av. Entre Ríos 1349.
Para lograr su cometido, rompió el vidrio de la
puerta del conductor al golpearla con una piedra que fue
encontrada en su interior:
Finalmente, el Oficial Palomino tras escuchar la
modulación irradiada por el Departamento de Emergencias
Policiales, se dirigió a la zona y observó un sujeto con las
características que le habían sido aportadas, que miraba
insistentemente un vehículo y tenía restos de vidrio en el buzo que
portaba y cortes en su rostro, por lo cual procedió a detener al
mismo.
ilícito 11/12/17, c. n° 6029 Se le imputa a M. el suceso ocurrido el
11 de diciembre de 2017, en horas de la noche/madrugada,
consistente en haber sustraído bienes existentes en el interior del
rodado marca “Toyota” dominio LYH049, que se encontraba
estacionado en la calle A. próximo a su intersección con
A..
Para lograr su cometido ejerció fuerza sobre el
mismo rompiendo su vidrio trasero derecho; tras ello sustrajo del
baúl diversos elementos, propiedad de S. B., quien
manifestó que el vehículo había quedado estacionado en la
Fecha de firma: 21/05/2018 Firmado por: L.R.J.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: E.S.M., SECRETARIO DE CAMARA #31135930#206590117#20180521123521833 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 74652/2017/TO1 intersección detallada, el día anterior (10 de diciembre)
aproximadamente a las 22, y que al regresar el día siguiente a
buscarlo advirtió tal situación.
En la fecha indicada...
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