Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTA FE - SECRETARIA, 15 de Mayo de 2018, expediente FRO 024011/2015/TO01

Fecha de Resolución15 de Mayo de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTA FE - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe FRO 24011/2015/TO1 (MVV)

SENTENCIA Nº 46/18 Santa Fe, 15 mayo de 2.018.-

VISTOS: Estos caratulados “MALDONADO, D.V. –S., ROSAURA ESTELA – CARDOZO, O.A. –M., R.S.. LEY 23737 (art. 5to. inc. c)”

E.. N° 24011/15/TO1 y su acumulado N° 24011/15/TO2 “MALDONADO, D.G.S.. LEY 23737 (art. 5to.

inc. c)”, de los registros de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe; incoados contra D.V.M., argentino, casado, instruido, comerciante, D.N.

  1. Nº 26.460.394, nacido el 31/05/1978 en Santa Fe, hijo de M.J.A. y de E.B.D., domiciliado en calle Centenera Nº 4024 de esta ciudad y detenido en la U-1 de Coronda; ROSAURA ESTELA SALVA, argentina, casada, instruida, D.N.

  2. 25.721.430, nacida el 09/06/1977 en esta ciudad, comerciante, hija de G.A.S., con domicilio en calle Centenera Nº 4024 de esta ciudad y detenida en el Instituto de Recuperación de Mujeres U-5 de Rosario; O.A.C., argentino, soltero, instruido, D.N.

  3. Nº 35.771.458, nacido el 19/12/1990 en la ciudad de Tostado, provincia de Santa Fe, Fecha de firma: 15/05/2018 Alta en sistema: 16/05/2018 Firmado por: M.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.R.H., SECRETARIO DE CAMARA #29980270#206275411#20180515180116351 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe FRO 24011/2015/TO1 (MVV)

    estudiante y peluquero, hijo de O.A. y S.V.C., con domicilio en calle Bv. L.N.° 1186 y detenido en el Instituto Correccional Modelo U-1 de Coronda; R.M., argentina, soltera, instruida, D.N.

  4. Nº 34.950.917, nacida el 27/01/1990 en la ciudad de Tostado, empleada administrativa, hija de H.R. y de R.H.B., con domicilio en calle S. s/N°, entre Neuquén y Río Negro de esa ciudad y D.G.M., argentino, soltero y en concubinato, comerciante, instruido, D.N.

  5. 39.952.041, nacido el 18/09/1996 en esta ciudad, hijo de D.V.M. y P.G.G., domiciliado en calle L. Nº 3900 de Santa Fe y detenido en la U-1 de Coronda; y en los que intervienen el fiscal general, Dr. Martín

  6. Suárez Faisal, los Dres. N.G. e I.A.G. y la defensora oficial coadyuvante, Dra. M.R. y H.; de los que, RESULTA:

  7. Que se inician estas actuaciones en virtud de las tareas investigativas llevadas a cabo por la Brigada Operativa Departamental I de la Dirección General de Prevención y Control de Adicciones de la Fecha de firma: 15/05/2018 Alta en sistema: 16/05/2018 Firmado por: M.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.R.H., SECRETARIO DE CAMARA #29980270#206275411#20180515180116351 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe FRO 24011/2015/TO1 (MVV)

    Policía de la Provincia de Santa Fe, que se iniciaron a partir de una denuncia de fecha 5/8/15 y en relación a una vivienda ubicada en calle J.D.N.° 3963 de esta ciudad y dos fincas contiguas a esa, en las que se comercializaría material ilícito por parte de quienes fueran identificados como D., alias “P.”, y J.; inmuebles éstos que serían de propiedad del llamado D.M., quien habitaría en calle Centenera al 4000 (fs. 2 y 10/16).

    Delegada la investigación en el Ministerio Público Fiscal de conformidad con el art. 196 del C.P.P.N., la fuerza preventora da cuenta -a través de distintos partes informativos- que en la vivienda sita en calle J.D.N.° 3963 se verifica un continuo movimiento de individuos que concurrían al lugar en el que se realizarían presuntas transacciones con estupefaciente, precisando que la misma funcionaría como lugar de venta del material prohibido, acompañándose registros fotográficos de las transacciones; además se ratifica la actividad ilícita en las dos fincas contiguas, describiendo sus características y detallando que en una de éstas funcionaría un local de ropa atendido por la hija de Fecha de firma: 15/05/2018 Alta en sistema: 16/05/2018 Firmado por: M.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.R.H., SECRETARIO DE CAMARA #29980270#206275411#20180515180116351 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe FRO 24011/2015/TO1 (MVV)

    M.. Además se acompañan fotografías del sindicado “J.” y se informa que las tareas de venta de droga serían realizadas por éste junto a D.G.M., también hijo del investigado M. (fs. 10/16, 42/44 y 56/64).

    En dicho marco se agregan distintos partes informativos (fs. 71/83, 91/98, 104/120, 125 y 139/146)

    que dan cuenta de un continuo movimiento de individuos que concurren al lugar determinado como “punto de venta”, quienes luego de un breve lapso se retiran del domicilio, acompañando vistas fotográficas y fílmicas.

    También se informa que el principal investigado, V.D.M., fue visto ingresando a la finca de J.D. al 3900, ubicada al lado del local de ropa y donde conforme las tareas investigativas se vendería el material tóxico. Además, se hace referencia a un cuarto domicilio -ubicado sobre la misma calle J.D.-, al cual se accedería por un pasillo contiguo a dicho local, donde se almacenaría ese material que también sería de propiedad de M..

    Por otro lado, en fecha 11/4/16 se reciben del Juzgado Federal de Rafaela las actuaciones caratuladas “B.O.D. XII –ELEVA ACTUACIONES s/

    Fecha de firma: 15/05/2018 Alta en sistema: 16/05/2018 Firmado por: M.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.R.H., SECRETARIO DE CAMARA #29980270#206275411#20180515180116351 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe FRO 24011/2015/TO1 (MVV)

    INFRACCION LEY 23.737”, Expte. N° FRO 31650/2015, toda vez que su titular declina su competencia en favor del Juzgado Federal de Reconquista con fundamento en la conexidad objetiva y subjetiva existente. En las mismas se investigaba la presunta comercialización de estupefacientes por parte de los identificados como O.A.C., alias “N.”, R.M. y H.Z. (fs. 1/8 de esos actuados), que residirían en Barrio Campo de mayo de la localidad de T. y que a partir de numerosas intervenciones telefónicas, dispuestas en dicho marco investigativo y de las tareas desarrolladas por la B.O.D. XII, se habría corroborado que el proveedor de las sustancias prohibidas sería D.V.M..

    De las diligencias investigativas se logra determinar que el domicilio del referido O.A.C. sería de calle E.L.N.° 1186, y éste frecuentaría las viviendas de: calle S. –entre sus similares de Río Negro y Neuquén-, lugar donde residiría su pareja R.M.; calle E.P. –

    entre Roca y R.-, donde viviría su abuela E.D. y la finca sita en la intersección de calles Río Negro y S.J. (residencia de su tía R.C.F. de firma: 15/05/2018 Alta en sistema: 16/05/2018 Firmado por: M.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.R.H., SECRETARIO DE CAMARA #29980270#206275411#20180515180116351 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe FRO 24011/2015/TO1 (MVV)

    Celiz), todas de esa ciudad (fs. 5/36, 29/30 y 197 y vta. de dicha causa).

    Asimismo, se determinó que el nombrado C. llevaría a cabo las transacciones ilícitas bajo la modalidad “delivery”, concertando el lugar para efectuarlas a través de llamadas telefónicas y/o mensajes de texto. Se acompaña también un registro fílmico de una de éstas maniobras realizada por él en el exterior del domicilio de su tía (fs. 199 de autos N° 31650/2015 y Cd reservado).

    Como corolario de la investigación, y habiéndose acumulado esos actuados a esta causa (conf.

    fs. 1006 de esos), a instancia del fiscal (fs. 215/230)

    el juez instructor autoriza los allanamientos de los domicilios sitos en la localidad de T. y respecto a los investigados en esta ciudad mencionados ut supra, previa realización de un procedimiento con resultado positivo en relación al domicilio de calle J.D. y Pasaje Mitre -punto de venta- y ordenándose el registro fílmico de todo lo actuado (fs. 235/242).

    Dichas medidas se llevaron a cabo en forma simultánea el día 28 de mayo del año 2016, por personal de la B.O.D. XII, los que constituidos –con los Fecha de firma: 15/05/2018 Alta en sistema: 16/05/2018 Firmado por: M.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.R.H., SECRETARIO DE CAMARA #29980270#206275411#20180515180116351 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe FRO 24011/2015/TO1 (MVV)

    testigos de actuación convocados al efecto- en horas de la noche en el domicilio de calle S. s/Nº entre Río Negro y Neuquén de la ciudad de Tostado, en el que habitarían R.M. y O.C., se secuestra –

    en presencia de los nombrados- un tubo eppendorff y un envoltorio de nylon negro con sustancia similar a la cocaína, una balanza de precisión marca “KITCHEN SCALE ELECTRONIC”, dos celulares marca “PHILIPS” y “MOTOROLA”, dinero en efectivo y papeles varios. De la requisa personal del nombrado se incautan dos envoltorios de nylon blanco con sustancia blanquecina y cien pesos ($100), conforme surge de fs. 261/264.

    Se procede también al allanamiento de la finca situada en calle E.P., entre J.A.R. y C.R. de dicha ciudad, en la que habitaría la abuela de C. -ElenaD.-, no secuestrándose elemento de interés para la causa (fs. 271/272)

    De la requisa de la vivienda ubicada en la intersección de calles Río Negro y San Juan de esa localidad, donde habitaría la tía de C.R.C.C., se secuestra un celular marca “SAMSUNG”

    y ocho envoltorios de nylon blanco conteniendo una Fecha de firma: 15/05/2018 Alta en sistema: 16/05/2018 Firmado por: M.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.R.H., SECRETARIO DE CAMARA #29980270#206275411#20180515180116351 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe FRO 24011/2015/TO1 (MVV)

    sustancia blanquecina similar a la cocaína (fs.

    276/278).

    En relación al domicilio de calle E.L.N.° 1186 de la ciudad referida (residencia de Cardozo), se incauta desde el dormitorio que pertenecería al investigado: tres capuchones con vestigios de sustancia pulverulenta similar a la cocaína y un envoltorio de nylon color verde claro con igual sustancia (fs. 290/291).

    En igual fecha, de la requisa domiciliaria efectuada por la...

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