Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: VELAZQUEZ ROTELA, JUAN ADALBERTO s/INFRACCION LEY 24.769 QUERELLANTE: AFIP- DIRECCIÍÓN GENERAL DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Número de expedienteCPE 000830/2015/TO01
Fecha14 Mayo 2018
Número de registro206040333

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL PENAL ECONOMICO 3 CPE 830/2015/TO1 Buenos Aires, 14 de mayo de 2018.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa N° 2695 (830/2015/TO1)

caratulada “V.R.J.A. s/infracción ley 24769” del registro de este Tribunal Oral en lo Penal Económico N° 3.

RESULTANDO:

  1. Que a fs. 1351/1354 obra el resolutorio por medio del cual se dispuso “

  2. SOBRESEER PARCIALMENTE a J.A.V.R.…con relación al hecho consistente en la presunta omisión de depósitos en término de los aportes con destino al Régimen Nacional de la Seguridad Social retenidos a los empleados, que fueron depositados pasados los diez días hábiles administrativos posteriores al término de vencimiento legal por los períodos enero/2010 ($73.460,35); abril/2010 ($99.294,40); junio/2010 ($89.686,53); julio/2010 ($89.143,68); como así también, la omisión de depósitos de los aportes retenidos de igual tenor correspondientes a los períodos octubre/2010 ($62.251,70) y noviembre/2010 ($45.932,30), que le fueran atribuidos en calidad de partícipe necesario (art. 45 del C.P.) bajo las previsiones del art.

    9 de la ley N° 24.769, a fs. 1140/1144 y 1146/1153 (art. 336 inc. 3° del C.P.P.N.; 2° del CP y art. 7 de la ley 27.430)”.

  3. Que contra dicho pronunciamiento el Sr. Fiscal M.A.V., a cargo de la Fiscalía n° 4 y la parte querellante por intermedio del Dr. J.N., interpusieron sendos recursos de casación a fs. 1355/1366 y 1367/1374, respectivamente. Ello, en base a las consideraciones allí expuestas, las que en honor a la brevedad se tienen aquí por reproducidas...

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