Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTA FE, 4 de Mayo de 2018, expediente FRO 032302/2016/TO01

Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTA FE

Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe FRO 32302/2016/TO1 (MS)

Sentencia N° 38/18.

Santa Fe, 4 de mayo de 2018.

AUTOS Y VISTOS:

Estos caratulados “GONZALEZ, A.S. – BASIMIANI, R.N.S./ infracción ley 23.737 (art. 5° inc. c y 11 inc. a), expte. N° FRO 32302/2016, de entrada ante este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe; de los que, RESULTA:

Que habiendo finalizado la deliberación prevista en el art. 396 del CPPN, corresponde al tribunal pronunciarse, por orden de voto de sus integrantes, sobre todas las cuestiones que han quedado planteadas en el contradictorio, de conformidad a lo que prescriben los arts. 398 y 399 del Código Procesal Penal de la Nación.

El Dr. J.M.E.C. dijo:

  1. Se inician las presentes actuaciones a partir de la intervención telefónica del abonado N°

    342-4454406, autorizada por el titular del Juzgado Fecha de firma: 04/05/2018 Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.R.H., SECRETARIO DE CAMARA #29609538#205277517#20180504142206707 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe FRO 32302/2016/TO1 (MS)

    Federal N° 4 de Rosario, en el marco de las actuaciones caratuladas “NN: S.. Av. inf. ley 23.737 S/infracción ley 23.737”, Expte. FRO 37768/2015, debido a que dicha línea podía estar siendo utilizada por un hombre apodado “B.”, quien podía encontrarse llevando a cabo maniobras de tráfico de estupefacientes junto a las personas investigadas en la causa referida (fs. 3/5 vta.).

    Luego de analizar el contenido de las conversaciones y de realizar tareas investigativas, lograron determinar que la persona identificada como “B.” se trataba de R.B., oriundo de la ciudad de Santa Fe, quien realizaría actividades vinculadas al narcotráfico desde su lugar de detención –posiblemente la Unidad de Detención de Coronda- (fs.

    17 y vta.).

    Ante ello, el 30 de agosto de 2016 el magistrado interviniente resolvió declarar la incompetencia territorial parcial de ese Juzgado, en relación a los hechos presuntamente ilícitos que se desprendieron de la intervención telefónica y remitir Fecha de firma: 04/05/2018 Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.R.H., SECRETARIO DE CAMARA #29609538#205277517#20180504142206707 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe FRO 32302/2016/TO1 (MS)

    las copias pertinentes al Juzgado Federal en turno de Santa Fe (fs. 26/28).

    Habiéndose recibido las actuaciones y formado expediente en el Juzgado Federal N° 2 de esta ciudad, se delegó la investigación en el Ministerio Público Fiscal de acuerdo a lo previsto por el art. 196 del CPPN (fs. 30).

    Promovida la acción penal, el fiscal federal le dio intervención a la Policía Federal Argentina, a quien le encomendó una serie de medidas, entre ellas la intervención telefónica directa –autorizada a fs. 52/54 vta.- de los abonados N° 342-5941441, 343-4351485 (titulares de identidad desconocida), 342-4454609 (utilizada por S.G., 342-5456746 (utilizada por “Julio”), 342-5378905 y 342-5121780 (ambos utilizados por G.C., ya que del análisis de la línea utilizada por B. surgen conversaciones en las que coordinaban posibles maniobras en infracción a la ley 23.737 (fs. 32/40).

    Posteriormente se agregaron transcripciones de escuchas directas (fs. 72/80) y parte informativo que dio cuenta sobre la identidad y datos personales de Fecha de firma: 04/05/2018 Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.R.H., SECRETARIO DE CAMARA #29609538#205277517#20180504142206707 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe FRO 32302/2016/TO1 (MS)

    algunos de los investigados, entre ellos R.N.B., su pareja A.S.G. y E.G.G.C. (fs. 82/108).

    Seguidamente el titular de la acción pública indicó que de las pesquisas realizadas y del análisis de las comunicaciones del abonado de B. –quien se confirmó que se encontraba detenido en la Unidad Penitenciaria N°1 de Coronda- surgieron nuevos números telefónicos que resultaban de interés (342-5396674, 342-5051904 y 342-4873675) y que tanto el nombrado como su pareja estarían usando nuevas líneas (342-5374539 y 342-5374361, respectivamente) (fs. 111/113).

    Ordenada la intervención de dichas líneas y la prórroga de las anteriores (fs. 115/117 vta. y 139/141 vta.), a continuación se agregaron las transcripciones correspondientes (fs. 126, 131/132 y 150/159).

    Seguidamente el fiscal federal analizó las conversaciones mantenidas por B. con S.G. y con las hijas menores de ésta, e infirió el acondicionamiento y presunta realización de maniobras ilícitas de venta de droga al menudeo en el inmueble Fecha de firma: 04/05/2018 Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.R.H., SECRETARIO DE CAMARA #29609538#205277517#20180504142206707 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe FRO 32302/2016/TO1 (MS)

    ubicado en calle M.N.° 7910, en los que eran utilizadas las menores. Además, hizo hincapié en las observaciones del domicilio, al que acudían personas por breve lapso, quienes luego de realizar un pasamanos en la finca se retiraban.

    Asimismo, indicó el domicilio de calle C.N.° 1770 como lugar de ocultamiento de la droga y del dinero producido de su venta, incorporando a la causa partes informativos y registros fílmicos (fs.

    165/226).

    En virtud de ello, en fecha 19 de octubre de 2016 se dispuso el allanamiento de ambos domicilios y la requisa de la celda donde se encontraba alojado R.B. (fs. 234/241 vta.), los que se llevaron a cabo al día siguiente, ante la presencia de testigos convocados para ello.

    En calle M.N.° 7910 –luego de la observación de un intercambio de dinero por estupefacientes- secuestraron doce envoltorios de papel satinado con cocaína –los que luego arrojaron un peso aproximado de 9,82 gramos-, nueve celulares, una tablet, un plato con restos de cocaína y sobre éste una Fecha de firma: 04/05/2018 Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.R.H., SECRETARIO DE CAMARA #29609538#205277517#20180504142206707 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe FRO 32302/2016/TO1 (MS)

    tarjeta plástica y un sorbete cortado; una mochila que contenía restos de marihuana, bolsitas plásticas con restos de cocaína, bolsas de nylon tipo consorcio, recortes de bolsas, diez paquetes de papeles satinados, catorce tubos eppendorf vacíos, tres balanzas de precisión y seis mil setecientos noventa y nueves pesos con ochenta y cinco centavos ($6799,85). Allí se detuvo a S.A.G., quien se encontraba en la vivienda con sus cinco hijos menores de edad (fs.

    251/254).

    Desde la celda N° 12, pabellón 14 del Instituto de Detención U-1 de Coronda, secuestraron un chip dentro de un bolsillo de un saco de Basimiani.

    También fueron incautados el libro de visitas y un listado de las visitas recibidas por el nombrado (fs.

    267 y vta.).

    En calle C.N.° 1770 –vivienda que se encontraba deshabitada- secuestraron una fotografía de Basimiani y desde una caja fuerte oculta bajo una baldosa de la cocina, tres envoltorios rectangulares recubiertos con papel aluminio y film -con peso Fecha de firma: 04/05/2018 Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.R.H., SECRETARIO DE CAMARA #29609538#205277517#20180504142206707 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe FRO 32302/2016/TO1 (MS)

    aproximado de 2741 gramos- y una balanza de precisión (fs. 272/273).

    La autoridad prevencional tramitó el pertinente sumario, incorporando croquis de los inmuebles (fs. 255 y 279/282), actas de detención (fs.

    256 y 269) y vistas fotográficas (fs. 257/260 y 275/277), elevándolo posteriormente al Juzgado Federal N° 2 de esta ciudad (fs. 285/286).

  2. En sede judicial se recepcionó

    declaración indagatoria de A.S.G. (fs. 295/297 vta.) y las testimoniales de los funcionarios policiales D.B.C. (fs.

    308/310), G.V. (fs. 311/312) y L.L. (fs. 313/314 vta.) y de los testigos de actuación Franco Vega (fs. 372/373), F.O. (fs. 374/375) y R.G. (fs. 411/412). Luego se agregaron planilla prontuarial de González (fs. 303), constancia de depósito judicial (fs. 339 vta.) e informes socio ambiental y del Registro Nacional de Reincidencia respecto de la nombrada (fs. 315/323 y 358/364, respectivamente).

    Fecha de firma: 04/05/2018 Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.R.H., SECRETARIO DE CAMARA #29609538#205277517#20180504142206707 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe FRO 32302/2016/TO1 (MS)

    Luego de recibirle declaración indagatoria a R.B. (fs. 384/388 vta.), se ampliaron las indagatorias (fs. 389/392, 421/424 y 425/428) y se agregó informe respecto de los antecedentes del nombrado (fs. 430/435).

    El 23 de noviembre de 2016 se dictó el procesamiento de G. y B. como presuntos autores responsables del delito de comercio de estupefacientes (art. 5 inc. 5 de la ley 23.737)

    agravado por servirse de menores de dieciocho años (art. 11 inc. a de la ley de la ley 23.737) en concurso real con tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (art. 5 inc c de la ley 23.737), convirtiendo en prisión preventiva sus detenciones (fs.

    437/458).

    Seguidamente se incorporaron el informe de la División Antidrogas de Rosario respecto de las intervenciones y los remitidos por el laboratorio químico y la División de Informática y Comunicaciones de la DGPCA (fs. 469/580, 586/594 vta. y 629/631, respectivamente).

    Fecha de firma: 04/05/2018...

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