Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 30 DE LA CAPITAL FEDERAL, 27 de Abril de 2018, expediente CCC 072580/2016/TO01

Fecha de Resolución27 de Abril de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 30 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 30 de la Capital Federal CCC 72580/2016/TO1 REGISTRO N° 30 / 2018 Buenos Aires, 27 de abril de 2018.-

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa nro. 5262 seguida a A.A.T. –DNI n° 41.541.519, nacido el 1° de noviembre de 1998 en la Pcia de Bs As, argentino, hijo de M.L.T. y de J.L., Prio Pol RH 310.588, con domicilio anterior en la calle A. 220, T., Pcia de Bs As, actualmente alojado en la Unidad N° 45 del SPB a disposición del Tribunal Oral en lo Criminal N° 3 del Departamento Judicial de San Isidro, por el delito de robo agravado por tratarse de un vehículo dejado en la vía pública en grado de tentativa, en calidad de coautor (arts. 42, 45 y 167 inc. 4° en función del inciso 6° del art. 163 del CP).-

Y RESULTA:

En el acta que luce a fs 278/9, la señora A.F., doctora C.T., de la Fiscalía General n° 26, con el consentimiento del procesado T., en lo que al respecto es requerido por ley y contando el encartado con la asistencia de su defensora oficial, doctora A.E., solicitaron se diera curso a un juicio abreviado, todo ello según las previsiones del art. 431 bis del Código Procesal Penal.

Es así que las partes acordaron la pena de un año y seis meses cuyo cumplimiento puede ser dejado en suspenso y costas, por considerar a T. autor penalmente responsable del delito de robo agravado por tratarse de un vehículo dejado en la vía pública en grado de tentativa (arts. 42, 45 y 167 inc 4 en función del inc 6° del art. 163 del CP).-

Y CONSIDERANDO:

Fecha de firma: 27/04/2018 Alta en sistema: 02/05/2018 Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.M.A., SECRETARIO DE CAMARA #30454846#204920629#20180502141400211

PRIMERO

La materialidad del hecho y la prueba recopilada en el expediente.

  1. El hecho investigado en autos.

    Por requerimiento de elevación a juicio obrante a fs 132/3 de la causa 5262 se le imputa a A.A.T.:

    (...) el haber intentado apoderarse, junto con el coimputado de la motocicleta Z.D., dominio 110-LOH, propiedad e F.G.F..-

    El día 30 de noviembre de 2016 a las 23.30 hs, A.A.T. y su coimputado forzaron los cables de encendido, el plástico y las luces de la parte delantera de la citada moto que estaba estacionada en la intersección de las calles Manzanares y Vuelta de Obligado de esta ciudad y la trasladaron a pie durante aproximadamente 150 metros, hasta la intersección de la primera arteria mencionada y su par Cuba, donde la dejaron estacionada sobre la vereda.-

    No obstante, el ciudadano D.E.V. advirtió lo que estaba sucediendo por lo que dio aviso al 911. A raíz de ese llamado el cabo 1° Santos Herrera de la Policía Federal Argentina fue desplazado por el Departamento Federal de Emergencias al cruce de las calles Manzanares y Vuelta de Obligado de esta ciudad donde encontró a T. y R., quienes al advertir la presencia del uniformado emprendieron su escape hacia el interior de la plaza Balcarce, ubicada en el lugar. Sin embargo, el preventor logró

    alcanzarlos e identificarlos.-

    En ese momento se presentó V. quien reconoció a estas dos personas como aquellos que, previamente, habían trasladado la motocicleta, la cual posteriormente fue hallada y secuestrada al 3824 de la calle Cuba de esta ciudad. Por todo ello, el preventor materializó sus detenciones y secuestró el Fecha de firma: 27/04/2018 Alta en sistema: 02/05/2018 Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.M.A., SECRETARIO DE CAMARA #30454846#204920629#20180502141400211 Poder...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR