Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORDOBA 1 - SECRETARIA, 26 de Abril de 2018, expediente FCB 091003213/2012/TO01

Fecha de Resolución26 de Abril de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORDOBA 1 - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORDOBA 1 Córdoba, 26 de abril de 2018.

VISTOS:

Estos autos caratulados “MARIGLIANO, EDUARDO S/INFRACCIÓN LEY 23.737 (ART. 5 INC. C)” (E.. FCB 91003213/2012/TO1), que tramitan ante este Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº

1 de Córdoba, integrado de manera unipersonal por el Juez de Cámara Dr. JULIAN FALCUCCI, y en el que actúan, como F. General, el Dr. M.H., y el Dr. J.P. lo hace en ejercicio de la defensa técnica del imputado E.M., argentino, DNI N° 11.977.856, hijo de A.M. y de M.R., nacido el 10 de febrero de 1958 en la ciudad de Córdoba, provincia del mismo nombre, y domiciliado en una vivienda propia sita en calle J.K.N.° 154 de B° Ampliación América de esta ciudad de Córdoba. Que al momento del hecho el imputado era viudo y se encontraba a cargo de un hijo menor de edad, trabajaba como vendedor ambulante y realizaba changas de albañil, permitiéndole solventar los gastos diarios y sustentar a su familia. El acusado carece de antecedentes penales computables. De instrucción primaria incompleta, manifestó que ingería alcohol, pero no se reconoció adicto. Padece de hipertensión arterial y se encuentra medicado.

Fecha de firma: 26/04/2018 Firmado por: JULIAN FALCUCCI, Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: URRETS ZAVALIA PABLO, SECRETARIO DE CÁMARA #16340005#204873871#20180426112903952 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORDOBA 1 Que conforme el requerimiento fiscal de elevación a juicio de fs. 239/244 al imputado se le atribuye la comisión de los siguientes hechos: “Primer Hecho: Con fecha 26 de enero de 2011, siendo las 22,55 hs., en su domicilio sito en calle J.C.N.° 154 de B° Centro América, de ésta ciudad de Córdoba -vivienda de construcción tradicional, con su fachada revocada sin pintar, con aberturas de color blancas, la cual consta vista de frente de izquierda a derecha de un portón de tres hojas de color blanco, ventanas con rejas de color blanca, galería tipo cochera, donde se observa pasillo y otra ventana de color blanca con rejas;–E.A.M. (a) “L. vendió a P.E.M., la cantidad de 0,60 gramos de una mezcla de cocaína, cafeína, cloruros y sustancias reductoras acondicionada en un envoltorio de papel glasé color dorado.

En dicha oportunidad M. arribó a la citada vivienda a bordo de una motocicleta de color oscura con dominio visible como conductor y se entrevistó con el imputado M., con quien efectuó un intercambio de elementos pequeños, lo que se conoce como movimiento de “transas” de estupefacientes, y luego se retiró.

El hecho precedentemente descripto fue constatado por el O.I.G.G.B., de la División Drogas Peligrosas de la Policía de la Provincia de Córdoba, Fecha de firma: 26/04/2018 Firmado por: JULIAN FALCUCCI, Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: URRETS ZAVALIA PABLO, SECRETARIO DE CÁMARA #16340005#204873871#20180426112903952 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORDOBA 1 comisionado en la presente investigación, quien encontrándose vigilando en las inmediaciones del domicilio investigado, al observar la transacción descripta entre M. y M., cuando éste se retiró del mismo, le dio aviso radial al resto del personal que colaboraba en las inmediaciones, tomando conocimiento a continuación por la misma vía que el Cabo Primero N.F.R. se encontraba controlando a M.. En esa ocasión R. interceptó a M. en la vía pública, mas precisamente en calle S.A.N.° 2338 de B° Centro América, de la ciudad de Córdoba, procediendo a la requisa del mismo, secuestrando en su poder la sustancia ilícita en cuestión.

Segundo hecho: Con fecha 04 de febrero de 2011 siendo las 22,55 hs., en su domicilio sito en calle J.C.N.°

154 de B° Centro América, de ésta ciudad de Córdoba -vivienda de construcción tradicional, con su fachada revocada sin pintar, con aberturas de color blancas, la cual consta vista de frente de izquierda a derecha de un portón de tres hojas de color blanco, ventanas con rejas de color blanca, galería tipo cochera, donde se observa pasillo y otra ventana de color blanca con rejas-; E.A.M. (a) “L.

vendió a J.E.V., la cantidad (0,60) gramos de una mezcla de cocaína cafeína, cloruros y sustancias reductoras acondicionada en el interior de un envoltorio de Fecha de firma: 26/04/2018 Firmado por: JULIAN FALCUCCI, Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: URRETS ZAVALIA PABLO, SECRETARIO DE CÁMARA #16340005#204873871#20180426112903952 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORDOBA 1 papel glasé de color plateado. En dicha oportunidad J.E.V.H., arribó al lugar de infante acompañado de otro sujeto para luego entrevistarse con el imputado M., con quien efectuó un intercambio de elementos pequeños, lo que se conoce como movimiento de “transas” de estupefacientes y luego se retiró del lugar. El hecho precedentemente descripto fue constatado por el O.I.G.G.B., de la División Drogas Peligrosas de la Policía de la Provincia, comisionado en la presente investigación, quien encontrándose vigilando en las inmediaciones del domicilio del imputado, al observar la transacción descripta entre M. y Villarreal, cuando éste se retiró del lugar le dio aviso radial a la Agente Emilia S.R. de que controle a Villarreal.

En esa ocasión R. interceptó a Villarreal en la vía pública, más precisamente en la intersección de las calles P.M. y Lola Membrides B° Centro América de la ciudad de Córdoba, procediendo a la requisa del mismo, secuestrando en su poder la sustancia ilícita en cuestión desde el bolsillo delantero derecho del pantalón que vestía.

Tercer Hecho: Con fecha 22 de febrero de 2011, a las 22:15 hs., en su domicilio sito en calle J.C.N.° 154 de B° Centro América, de ésta ciudad de Córdoba -vivienda de construcción tradicional, con su fachada revocada sin pintar, Fecha de firma: 26/04/2018 Firmado por: JULIAN FALCUCCI, Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: URRETS ZAVALIA PABLO, SECRETARIO DE CÁMARA #16340005#204873871#20180426112903952 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORDOBA 1 con aberturas de color blancas, la cual consta vista de frente de izquierda a derecha de un portón de tres hojas de color blanco, ventanas con rejas de color blanca, galería tipo cochera, donde se observa pasillo y otra ventana de color blanca con rejas– E.A.M. (a) “L. vendió

a L.M.M., la cantidad de 0,60 gramos de una mezcla de cocaína, cafeína, cloruros y sustancias reductoras acondicionada en el interior de un envoltorio de papel glasé

de color plateado. En dicha oportunidad M. arribó al citado domicilio a bordo de un vehículo Fiat Duna de color blanco, dominio VBE-546 como conductor del mismo, siendo atendido por el imputado M., con quien efectuó un intercambio de elementos pequeños, lo que se conoce como movimiento de “transas” de estupefacientes, y luego se retiró.

El hecho precedentemente descripto fue constatado por el oficial I.G.G.B., de la División Drogas Peligrosas de la Policía de la Provincia de Córdoba, comisionado en la presente investigación, quien encontrándose vigilando en las inmediaciones del domicilio investigado, al observar la transacción descripta entre M. y M., cuando éste se retiró del mismo, le dio aviso radial al resto del personal que colaboraba en las inmediaciones, tomando conocimiento al cabo de unos minutos por la misma vía que la Fecha de firma: 26/04/2018 Firmado por: JULIAN FALCUCCI, Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: URRETS ZAVALIA PABLO, SECRETARIO DE CÁMARA #16340005#204873871#20180426112903952 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORDOBA 1 Agente G.P.N. con la colaboración del Cabo Primero N.F.R. controlaron a M..

En esa ocasión N. interceptó a M. en la vía pública, mas precisamente en la calle S.A.N.° 2935, de B° Centro América, de la ciudad de Córdoba, y R. requisó

al mismo, secuestrando en su poder la sustancia ilícita en cuestión.

Cuarto Hecho: Con fecha 26 de febrero de 2011, siendo las 02:15 hs, en su domicilio sito en calle J.C.N.°

154 de B° Centro América, de ésta ciudad de Córdoba -vivienda de construcción tradicional, con su fachada revocada sin pintar, con aberturas de color blancas, la cual consta vista de frente de izquierda a derecha de un portón de tres hojas de color blanco, ventanas con rejas de color blanca, galería tipo cochera, donde se observa pasillo y otra ventana de color blanca con rejas-; E.A.M. (a) “L. le vendió a J.A.F., la cantidad de 0,60 gramos de una mezcla de cocaína, cafeína, cloruros y sustancias reductoras acondicionada en un envoltorio de papel glasé de color plateado, plegado en cuadrícula en forma rectangular.

En dicha oportunidad F. arribó al citado domicilio a bordo de una motocicleta de color oscuro marca Appia Stronger 150 cilindradas dominio 261 GSM de la que descendió como acompañante, siendo atendido por el imputado M., con Fecha de firma: 26/04/2018 Firmado por: JULIAN FALCUCCI, Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: URRETS ZAVALIA PABLO, SECRETARIO DE CÁMARA #16340005#204873871#20180426112903952 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORDOBA 1 quien efectuó un intercambio de elementos pequeños, lo que se conoce como movimiento de “transas” de estupefacientes, y luego se retiró.

El hecho precedentemente descripto fue constatado por el O.I.G.G.B., de la División Drogas Peligrosas de la Policía de la Provincia de Córdoba, comisionado en la presente investigación, quien encontrándose vigilando en las inmediaciones del domicilio investigado, al observar la transacción descripta entre M. y F., cuando éste se retiró del mismo, le dio aviso radial al resto del personal que colaboraba en las inmediaciones, tomando conocimiento al cabo de unos minutos por la misma vía que la agente E.S.R., con la colaboración del Cabo Primero R. se encontraba controlando a F..

En esa ocasión R. interceptó a F. en la vía pública, mas precisamente en la calle General Paz N° 3893 de B° Panamericano, de la ciudad de Córdoba y R. requisó al mismo, secuestrando en su poder la sustancia ilícita en cuestión (fs. 52/54).

Quinto Hecho: Con...

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