Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 19 DE LA CAPITAL FEDERAL, 6 de Abril de 2018, expediente CCC 000969/2016/TO01

Fecha de Resolución 6 de Abril de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 19 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 19 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 969/2016/TO1 Buenos Aires, 6 de abril de 2.018.-

Y VISTOS:

Este debate presidido por el Dr. H.E.B., integrante del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº 19 de la Capital Federal, con la presencia del Sr. Secretario de Cámara, Dr. M.C.E.G.M., se constituye a fin de dictar sentencia en esta causa N° 969/2016 (nro.

interno 5.086) que por los delitos de lesiones dolosas leves agravadas por el vínculo en concurso ideal con amenazas simples, se sigue a M.R.C., sin alias ni apodos, de nacionalidad argentina, titular del Documento Nacional de Identidad N° 33.077.521, nacido el 9 de septiembre de 1.987 en Yapeyú, Pcia. de Santa Fe, hijo de A.D.C. y de V.E.M., soltero, en pareja, se dedica a realizar trabajos de herrería y flete, con estudios secundarios incompletos, con domicilio real en manzana 27, casa 95bis de la Villa 21, y constituido en la sede de la Defensoría Pública Oficial N° 12, sita en Diagonal R.S.P. 1190, 4to. piso, ambos de esta ciudad, P.. Pol. A.G.E. 208012, sin antecedentes penales condenatorios.

Intervienen en el proceso el representante del Ministerio Público Fiscal, D.E.C.M., y la defensa del imputado M.R.C., Defensor Público Oficial, Dr. R.A.R..

RESULTA:

I) DEL REQUERIMIENTO DE ELEVACIÓN A JUICIO.

A fs. 134/136 obra el requerimiento de elevación a juicio por el que el Sr. Fiscal de Instrucción, Dr. M.E.M.L., le Fecha de firma: 06/04/2018 atribuyó a M.R.C. el siguiente suceso: “…haber agredido Firmado por: H.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.E.G.M., SECRETARIO DE CAMARA #29747573#202943687#20180406095050620 físicamente a su progenitora V.E.M., al darle golpes de puño a la altura de de las costillas, ocasionándole un hematoma, para luego continuar intimidándola verbalmente al decirle “… te voy a matar, voy a matar a todos…” (textual). Ello ocurrió el día 1° de enero del año 2016, entre las 22:30 y las 23:00 horas, en el interior de la casa 95, manzana 27 de la villa 21 de esta ciudad, en la que los mencionados convivían en aquél entonces. En esas circunstancias, la víctima comenzó a mantener un entredicho con su hijo cuando lo increpó por una discusión que minutos antes había tenido con otra de sus hijas, y ofuscado por ello, C. la amedrentó a través de todo tipo de improperios, exhibiéndole también sus partes íntimas. Luego continuó

diciéndole “… sos una hija de puta, vos no sos nadie, te voy a matar…”

(textual). Inmediatamente intervino uno de los yernos de la denunciante, pero lejos de acabar con su accionar, el procesado continuó golpeando el lavarropas y le dio un golpe de puño a su madre a la altura de las costillas, siendo interceptado rápidamente por otro de sus yernos. A los pocos minutos arribó al lugar personal de Gendarmería Nacional que había sido convocado por una vecina, quienes se entrevistaron con el acusado y se retiraron del lugar. Luego, cuando aquella fuerza se retiró de su vivienda, el mencionado siguió

con las agresiones, y exhibiéndole un arma de fuego volvió a intimidar a su progenitora diciéndole “… te voy a matar, voy a matar a todos, viste que no hacen nada, sos una enferma de mierda, tendrías que seguir internada en el Moyano…” (textual).-”

II) DEL DEBATE.-

  1. LA INDAGATORIA.-

    Fecha de firma: 06/04/2018 Firmado por: H.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.E.G.M., SECRETARIO DE CAMARA #29747573#202943687#20180406095050620 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 19 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 969/2016/TO1 En la etapa instructora, M.R.C. hizo uso de su derecho de negarse a declarar.

    Posteriormente, al finalizar la etapa de testimoniales, el nombrado explicó que “en ese momento tuve una discusión con mi vieja. Solo discusión. Yo le reclamaba por el tema que insultaba a mis nenes, la insultaba a mi señora. Fue una discusión nada más. Dice que yo le pegué pero en ningún momento yo le pegué a ella ni le falté el respeto. Todo eso que está diciendo es todo mentira”.

  2. TESTIGOS.-

    1. - V.E.M.: quien refirió que es la madre del imputado, M.R.C., que en el momento de los hechos traídos a juicio vivía en la manzana 27, casa 95 de la Villa 21 y que ya no vive más allí. Aclaró que moraba en la parte inferior de la casa y le cedió la parte de arriba a M. para que construya su vivienda. Refirió

      que actualmente vive en la provincia en la casa de una persona que le prestó el lugar. Contó que para la época de los sucesos investigados tomaba mucha medicación y que recuerda que el día referido su nuera, N., fue a su casa, subió, bajó y se retiró. Que luego, fue M. y le preguntó por qué había insultado a N. y le contestó que no la había insultado. Que al ser preguntada sobre qué le había dicho M. se puso a llorar y dijo que él es su hijo y que la había insultado. Que después regresó N. y comenzó a tirarle botellas mientras M. continuó insultándola y pegando piñas en el lavarropas hasta romperlo.

      Contó que estuvo internada en el M. y que luego se fue a vivir con su hija V. a su casa de F.. Que en un momento, V. quiso cobrarle siete mil pesos de alquiler y que como no tenía con qué

      Fecha de firma: 06/04/2018 Firmado por: H.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.E.G.M., SECRETARIO DE CAMARA #29747573#202943687#20180406095050620 pagarle, V. la echó cuando la iban a operar. Que por ello, regresó

      a la casa de la manzana 27 del referido asentamiento. Que al poco tiempo comenzó a tener problemas con M.. Que W. le compró

      un lavarropas más chico. Que el día de la discusión, M. le pegó un golpe al lavarropas y lo rompió. Que él continuó insultándola y le pegó

      una piña (señalando su costilla derecha). Al ser inquirida nuevamente sobre dónde había sido golpeada, dijo: “No me acuerdo bien, en ese momento estaba medicada, está en el expediente”. Que en ese momento salió su yerno, J.J., alias “C.”, quien lo quiso parar y recibió un golpe por parte de M., por lo que se metió adentro de su casa otra vez. Que luego apareció D., el cuñado, que tenía un arma y ya no se metió más. Que le pidió a C. que llame a R. para que lo calme a M.. Que fue R. y llegó la policía que subió a calmar a M. y que luego se retiró. Que siempre era lo mismo ya que llamaba a la policía y como estaba con tratamiento psiquiátrico ellos decían que estaba medicada y que era violenta, por lo que la policía se iba. Que M. se bajó el pantalón y le mostró sus partes íntimas desde las escaleras, mientras le decía que se la chupara. Que él subió

      corriendo, regresó con un arma y le dijo: “con esto te voy a matar”. Que la policía le dijo que se tenía que ir por protección hacia mi persona y mi familia. Adunó que vivió en varios lados como en la casa de su nuera y su hermana, quienes al tiempo le pidieron que se vaya. Que ahora trabaja y tiene alojamiento con sus hijos menores, L. y N.. Que uno de ellos perdió el año escolar porque empezó a consumir. Que la casa de la planta baja de la villa 21 actualmente está destruida. Que con su hijo M. se llevaba bien, que él era chofer, ganaba bien y “la tiraba” (la plata). Que le recomendaba que deje de gastar plata y le dio el espacio para que se construya sobre su vivienda para que no alquile Fecha de firma: 06/04/2018 Firmado por: H.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.E.G.M., SECRETARIO DE CAMARA #29747573#202943687#20180406095050620 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 19 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 969/2016/TO1 más. Él construyó y la parte de abajo quedó rota. Que no quiere volver más a la villa, en la que vivió veintiséis años. Que después estuvo internada en el Moyano durante dos meses. Que dicha internación fue antes del episodio que dio origen a esta causa. Reiteró que cuando salió

      del hospital fue a vivir con V., su hija mayor, durante aproximadamente un año. Que ella la echó de la casa porque no le podía pagar el alquiler que ella pedía. Que en el mes de diciembre se fue de la casa de V. y regresó a la casa de la Villa 21. Que contra su hija V. hizo una denuncia porque le sacó todas sus cosas a la calle, le rompió todo y no le dejó nada. Que únicamente pudo recuperar la heladera rota y un lavarropas. Señaló que no posee ningún conflicto con sus restantes hijos. Que sus hijos G. y N. consumen drogas.

      Que tiene once hijos, que ocho hijos los tuvo con un padre, C., y que los otros dos los tuvo con G.. Refirió que no recuerda bien a qué

      hora fue el episodio de enero, casi a “la nochecita”. Que en ese momento, en la casa se encontraba N., L., K., el esposo de ella, los hijos de K., y A. -su ex pareja-. Que no sabe por qué

      M. bajó diciéndole que había insultado a N.. Estaba enojado desde que había vuelto. Explicó que con N. nunca había tenido ningún conflicto, que ella la peinaba y le pintaba las uñas cuando estuvo internada. Que supone que durante la noche del hecho investigado N. puede haber estado tomada. Que el suceso ocurrió en la entrada de la casa y que el lavarropas estaba cerca de la puerta. Que K. llamó a la Prefectura porque ella le pidió que llame. Que personal de Prefectura habló con M. y se fue. Que luego, oficiales de esa fuerza regresaron cuando hablaron con K., quien les comentó lo que había pasado. Que había botellas rotas por todos lados porque N. las había Fecha de firma: 06/04/2018 tirado desde arriba.

      Firmado por: H.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.E.G.M., SECRETARIO DE CAMARA #29747573#202943687#20180406095050620 2.- R.R.: Explicó que conoce a M.C. desde que él era chico porque son vecinos e iban a la misma Iglesia Evangélica. Que vive en la manzana 27, casa 92 de la Villa 21, a tres casas de distancia y en la misma cuadra de la casa de V.E.M.. Que la conoce porque asistían juntas a la misma iglesia. Que la noche de los hechos investigados estaba en su casa y la fue a buscar el yerno de V. -cuyo nombre no recuerda- para decirle que ella estaba mal. Que refirió que cada vez que V. se sentía mal la mandaba a llamar. Que...

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