Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3, 4 de Abril de 2018, expediente CFP 010938/2007/TO01

Fecha de Resolución 4 de Abril de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3 CFP 10938/2007/TO1 Causa n° 1796/15 “L., J.L. s/

inf. arts. 289, inc. 3° y 296, en función del 292 del CP

T.O.F. 3 Registro n°

la ciudad de Buenos Aires, a los días del mes de marzo de dos mil dieciocho, el señor juez del Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 3, Dr. Fernando M.

Machado Pelloni, asistido por el señor secretario, Dr.

Juan Carlos Bernial, con el objeto de dictar sentencia en esta causa n° 1796/15, seguida contra J.L.L., argentino, nacido el 14 de mayo de 1957 en Ezeiza, provincia de Buenos Aires, titular del documento de identidad n° 12.485.846, hijo de J.P. y M.E.D., soltero, comerciante, domiciliado en la Av. N.B. 1962, departamento 5, de la localidad de L.G., partido de E.E., provincia de Buenos Aires; proceso en el que intervinieron, en representación del Ministerio Público Fiscal, la señora fiscal general, Dra. Estela S.F.L. y, en ejercicio de la asistencia técnica del procesado, el señor defensor público oficial coadyuvante, Dr. M.G..

I A fs. 875/83, el señor fiscal de instrucción requirió la elevación de la causa a juicio por encontrar mérito suficiente para imputar a J.L.L. la comisión del delito de uso de documento público Fecha de firma: 04/04/2018 Alta en sistema: 05/04/2018 Firmado por: F.M.M.P., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.C.B., SECRETARIO DE CAMARA #26818763#202123644#20180404153333981 adulterado, agravado por tratarse de los destinados a habilitar la circulación de un vehículo automotor, en concurso ideal con el delito de sustitución de chapas patentes, en calidad de autor (arts. 45, 54, 289, inc.

  1. y 296 en función del 292, segundo párrafo del Código Penal).

Para ello, le atribuyó “…el haber exhibido una cédula de identificación del automotor Control nro.

21.489.382 adulterada, con pedido de secuestro de fecha 07/09/2004 por haber sido robada en blanco con intervención de la Comisaría de San José de Temperley, Lomas de Z., Pcia de Bs. As…”.

Refirió que las presentes actuaciones se iniciaron el 5 de julio de 2007, a las 12:40 hs.

aproximadamente, a la altura 900 de la calle D. de esta ciudad, en oportunidad de que personal de la División Sustracción de Automotores de la Policía Federal Argentina detuvo al nombrado cuando circulaba a bordo de un automóvil marca Renault, modelo Clio, dominio FOZ-869 cuyas chapas patentes, a la postre, se pudo determinar que eran falsas, la numeración del motor y chasis se encontraban adulterados, y los cristales presentaban una deficiencia en cuanto al grabado.

II A fs. 964/6, la señora fiscal de juicio y el imputado, asistido por su defensa, celebraron un acuerdo de juicio abreviado, conforme lo autoriza el 431 bis, segundo párrafo, del Código Procesal Penal de la Nación —ley 23.984—, en virtud del cual la representante Fecha de firma: 04/04/2018 Alta en sistema: 05/04/2018 Firmado por: F.M.M.P., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.C.B., SECRETARIO DE CAMARA #26818763#202123644#20180404153333981 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3 CFP 10938/2007/TO1 del Ministerio Público Fiscal estimó verificados los hechos comprendidos en la requisitoria y compartió la calificación propuesta. En función de ello, previa ponderación de las pautas establecidas en los arts. 40 y 41 del ordenamiento de fondo, tales como la naturaleza de los hechos y la modalidad de su comisión, como así

también el nivel de instrucción, el informe socio ambiental obrante a fs. 38/40 del legajo de personalidad y la colaboración asumida con el accionar de la justicia en el...

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