Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 8 DE LA CAPITAL FEDERAL, 28 de Marzo de 2018, expediente CCC 050856/2017/TO01

Fecha de Resolución28 de Marzo de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 8 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 8 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 50856/2017/TO1 Buenos Aires, 27 de marzo del 2018.

Y VISTA:

Para redactar los fundamentos de la sentencia dictada el 23 de marzo de 2018, en la causa N°

5499 de este Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 8, en la que interviene unipersonalmente el juez J.A., con la asistencia de la Secretaria J.C.F. de V..

El proceso fue elevado a juicio por el delito de robo en grado de tentativa, respecto de M.E.A., D.N.

  1. 33.655.964, argentino, nacido el 12 de marzo de 1988 en Avellaneda, provincia de Buenos Aires, hijo de G.A. y de B.M.M., soltero, albañil, identificado con prontuarios TM 93.954 de la Policía Federal y Legajo N° 3.192.744 de Reincidencia, con domicilio en Toay 5638, W., provincia de Buenos Aires.

    Intervienen en el proceso representando a Ministerio Público Fiscal, la F.M.L.P., y en la defensa del imputado, el Defensor Oficial Ramiro Rúa.

    Y CONSIDERANDO:

    1. - La acusación A fs. 65/66, el A.F. formuló la acusación, con la que se abrió el juicio (art. 374 del Código Procesal penal de la Nación):

      […] Se atribuye al nombrado [M. E. A.]

      haber intentado apoderarse ilegítimamente, mediante violencia en las

      personas, del celular marca ‘Samsung Galaxy J2 Prime’ […] propiedad de

      R..

      El evento ocurrió el 28 de agosto de 2017, alrededor de las

      10.30 horas, en la parada de la línea de colectivos de la línea 45, próxima a la

      intersección de calles Brasil y Lima de esta ciudad.

      En esas circunstancias, el imputado sorprendió a la víctima

      cuando utilizaba el aparato y se lo arrebató de sus manos, dándose

      posteriormente a la fuga corriendo por Lima en dirección a P..

      Fecha de firma: 28/03/2018 Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.C.F., Secretaria de Cámara #31037092#202264218#20180328100028605 Acto seguido, F. comenzó a correrlo para intentar

      alcanzarlo, en tanto un ocasional transeúnte, de nombre J. A.,

      advirtió lo que ocurría desde la puerta del taller mecánico sito en Lima 1881 y,

      al escuchar los gritos del damnificado anunciando que lo habían robado, lo

      interceptó al imputado en el cruce de las calles Lima y P. y lo

      detuvo con ayuda del ciudadano H. A. G., hasta el arribo de

      personal policial.

      Finalmente, los oficiales R. L. A. y Raúl Alberto

      Giménez formalizaron la detención, ocasión en a cual se incautó en poder de

      Avellaneda –del bolsillo delantero de su campera el referido celular, que el

      damnificado reconoció como propio, como también al nombrado como autor

      del despojo […].

      El F. calificó el hecho como tentativa de robo simple, y entendió que Avellaneda era su autor (arts. 42, 45 y 164 del Código Penal).

    2. - La indagatoria En el debate, M.E.A. dijo:

      […] Respecto de sus condiciones personales, dijo que tiene

      cinco hijos, el mayor de 12 años de edad, los cuatro menores de su actual

      pareja, pero aclara que están todos ellos a cargo de su madre pues por su

      adicción y la de su pareja –aclara que ambos consumen habitualmente paco,

      y no pueden superar la adicción no puede hacerse cargo de los chicos.

      Explicó que intentó en varias oportunidades realizar un tratamiento para su

      adicción, que incluso ahora estuvo averiguando para internarse. Dijo que

      cursó hasta 9no. año del colegio, y que trabajó en plomería y albañilería, pero

      por cuestiones vinculadas a su adicción no pudo mantenerlos. Señaló, a

      preguntas de la fiscal, que el año pasado el nivel de consumo fue muy alto, al

      punto que pasaban días –a veces hasta doce sin comer y sólo drogándose.

      Explicó que cuando volvía a su casa volvía todo sucio y en malas condiciones.

      Interrogado en relación al hecho, dijo que iba a declarar y que todo ocurrió tal

      cual fue descripto en el requerimiento de elevación a juicio, y agregó que está

      muy arrepentido de lo que hizo. Dijo, a continuación, que no iba a responder

      preguntas del tribunal […].

    3. - Las pruebas En el juicio prestó declaración R.D.F.:

      […] Declaró que estaba esperando el colectivo en la salida

      de la estación Constitución, en la primer calle paralela a la estación, un día de

      semana –cree que fue un miércoles de agosto, pero no lo puede precisar,

      entre las 10.15 o las 10.30, y como recibía una llamada sacó el celular para

      atender y pasó este señor con una señorita embarazada que le sacó el celular

      Fecha de firma: 28/03/2018 Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.C.F., Secretaria de Cámara #31037092#202264218#20180328100028605 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 8 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 50856/2017/TO1 y salió corriendo. Que él corrió detrás del sujeto y se cayó dos veces por la

      mochila que le estorbaba, y en las dos caídas se lastimó, pero tuvo la suerte

      de que un muchacho y otra señorita lo ayudaron, y el señor detuvo al sujeto.

      Dijo que habrá corrido unos 150 o 200 metros, y que no conocía a este sujeto,

      y que el teléfono era un celular Samsung J2, que recuperó. Que luego se

      llamó al SAME por las lesiones que había sufrido él en el codo, en la palma de

      la mano y en el brazo, y luego le sacaron una radiografía para determinar que

      no hubiera otra lesión. Dijo que la policía llegó junto con el SAME. Señaló que

      el teléfono lo recuperó al día siguiente o al otro, pues se lo quedó la policía

      para determinar que no fuera robado. Dijo que vio el teléfono en el lugar, y el

      celular lo tenía el policía y lo vio cuando traía esposado al sujeto autor del

      robo. A preguntas de la fiscal, dijo que tomó el teléfono con la mano derecha y

      se lo arrebató, pero no recuerda si lo empujó o no porque fue todo muy

      rápido. Dijo que el sujeto se acercó de atrás y de allí se lo tocó. Dijo que ese

      día no pudo ir a trabajar sino que tuvo que pedir el día, pues lo liberaron de

      todo el trámite casi a las 15.30. Dijo que hacía 7 u 8 meses que tenía el

      celular. En cuanto a la señorita que acompañaba al masculino, dijo que lo

      primero que hizo fue descartar un bolso en el que no sabe qué tenía, y que

      además gritaba que no la toquen porque está embarazada. Preguntado por

      cómo se dio cuenta que estaba con esta persona, señaló que fue ella la

      primera en tratar de descartar el bolso y en decir que no hiciera nada.

      Requerida la lectura parcial de la declaración del testigo por la fiscal, para

      determinar respecto de la fecha del hecho y el lugar, y tras señalar la defensa

      que no tenía objeción, se leyó su declaración anterior en relación a dichos

      puntos, que el testigo ratificó. A preguntas de la defensa, dijo que el detenido

      no tenía lesión de ningún tipo, y que al momento de su detención el nombrado

      fue detenido con mucho respeto por parte del personal policial. Preguntado

      por la actuación de los particulares que lo detuvieron, dijo que podrán haber

      existido agresiones orales porque estaban estas personas muy alteradas,

      pero sí puede decir que físicamente nadie lo tocó, y aclara que él vio que el

      sujeto venía caminando, esposado, y que cuatro personas venían atrás del

      personal policial. Preguntado por los motivos del alboroto de estas personas,

      dijo que señalaban que ya conocían al sujeto porque los particulares eran del

      lugar. Preguntado por la defensa si por la pérdida del día laboral sufrió alguna

      reducción de sueldo, dijo que cree que no pero para confirmarlo debería

      revisar sus recibos de sueldo […].

      A pedido de la Fiscalía y con la conformidad de la defensa, se introdujeron por lectura las declaraciones de:

      R.L.A. (fs. 1):

      […] que en la fecha [28 de agosto de 2017] siendo las 11.00

      horas, en momento en que se hallaba recorriendo el barrio de Constitución en

      prevención y represión de ilícitos, cuando al circular por la calle V. y

      P. de esta ciudad, fue solicitada su presencia por dos personas

      del sexo masculino, desde la calle P. y Lima. Arribado al lugar,

      Fecha de firma: 28/03/2018 Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.C.F., Secretaria de Cámara #31037092#202264218#20180328100028605 tomó contacto con esas personas, que tenían demorada a una persona de

      sexo masculino, que momento antes había sustraído un teléfono celular a una

      de sexo...

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