Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 19 DE LA CAPITAL FEDERAL, 26 de Marzo de 2018, expediente CCC 071417/2017/TO01

Fecha de Resolución26 de Marzo de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 19 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 19 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 71417/2017/TO1 FUNDAMENTOS DE LA SENTENCIA DICTADA EL 19 DE MARZO DE 2018 EN LA CAUSA N° 71417/2017 (INTERNO 5371) –procedimiento de flagrancia- SEGUIDA CONTRA J.N.R.Y.F.F.M. POR EL DELITO DE ROBO DE VEHÍCULO DEJADO EN LA VÍA PÚBLICA EN GRADO DE TENTATIVA.

RESULTANDO:

I) D. requerimiento de elevación a juicio.

Que el Sr. Auxiliar Fiscal de Instrucción, Dr.

E.F. a fs. 122, describió el hecho que se imputa a J.N.R. y F.F.M. de la siguiente forma: “Se imputa a J.N.R. y F.F.M. el hecho ocurrido el día 27 de noviembre de 2017, a las 16.00 hs.

aproximadamente, en la vía pública, más precisamente, en la intersección de las Avdas. B. y S.M., de esta ciudad. En dicha oportunidad, los acusados arribaron al lugar a bordo de una motocicleta marca Gilera, modelo VC150, dominio 240-KVC, conducida por R., y se acercaron a la motocicleta marca Honda, modelo CBX250, dominio 151-KCG, propiedad de S.C., quien la había dejado estacionada allí en horas de la mañana para dirigirse a su trabajo. Una vez allí, R. permaneció a bordo de la motocicleta marca Gilera, vigilando que nadie pudiera deternerlos y para facilitar la posterior huida del lugar. En ese marco, M. se acercó a la motocicleta del damnificado y cortó los cables de ignición con un alicate, para así poder ponerla en marcha y sustraerla. Dicho accionar fue advertido por L.C., compañero de trabajo de la víctima, quien al ver a los acusados, dio inmediata intervención a personal policial que pasaba por el lugar, quienes procedieron a la detención de R. y M. como así también al secuestro de la alicate referida en su poder. El hecho precedentemente descripto resulta constitutivo del delito de tentativa de robo agravado por tratarse de un vehículo dejado en la vía pública (arts. 167 inc. 4 en Fecha de firma: 26/03/2018 Alta en sistema: 28/03/2018 Firmado por: H.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.E.G.M., SECRETARIO DE CAMARA #31005720#202261113#20180328100023689 función del art. 163 inc. 6 del CP) por el que ambos acusados deberán responder en calidad de coautores (art. 45 del CP)”.-

Al ser invitados a prestar declaración indagatoria y previo ser puesto en conocimiento de las disposiciones del art. 296 del C.P.P.N., dijeron:

1) F.F.M.: “Era para comentar lo que paso el día del hecho, yo había ido a comprar insumos para el lavadero de autos, tengo el lavadero al lado del taller de él. Ese día a la mañana había ido a hacer unos trámites a la agencia Clama y volví comprando los insumos, llegue al lavadero, comimos juntos, él tenía que ir a Capital y yo tenía que volver al lugar de vuelta, a hacer trámites, volvimos por la autopista, veníamos por Constituyentes, doblamos en Beiró, baje en Av. S.M., hice veinte pasos y era una agencia Clama, pero no la vi igual que la mañana, entonces le digo: Para que creo que ésta no es la agencia, lo voy a llamar al muchacho. Llamo, y estaba frenado el patrullero, y me gritan “muchachos contra la pared, guarda el teléfono, me empezaron a revisar y acá estamos”. Preguntado si estuvo en la agencia Clama ese día a la mañana dijo: “estuve dos veces en esa agencia, ese día a la mañana y había estado quince días antes. Salí

licitado por un auto, salí sorteado por el teléfono, fui y volví a ir a los quince días porque no llegaba con el dinero. Fui el lunes ese 27 a la mañana porque el vendedor L.R. de la agencia Clama de Beiró y Av. S.M., me había conseguido para sacar una tarjeta.

Hay una que está del otro lado de Av. S.M., son iguales las agencias. Me hicieron llenar unos formularios para la compra de un vehiculo de un Renault Kwid, yo tenía que entregar un dinero y ese día me había encontrado con el vendedor para la entrega de una tarjeta. Los papeles los mande a pedir cuando tuve este problema, se los pedí al vendedor. Dos semanas antes del 27, principio de noviembre, tenía un mes para entregar el dinero, y yo no tenía el dinero. La mande a solicitar por mi mujer, y ella se lo acercó a Rosales. Es más, estando detenido me llegaron unos pagarés de la Fecha de firma: 26/03/2018 Alta en sistema: 28/03/2018 Firmado por: H.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.E.G.M., SECRETARIO DE CAMARA #31005720#202261113#20180328100023689 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 19 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 71417/2017/TO1 agencia. A la agencia había ido una vez y ese mismo día. Yo salí

licitado y no quería saber nada pero mi mujer me dijo vamos a ver si tenemos suerte. Ese mismo día tenía que entregar once mil pesos, por la empresa Movistar, llevaba cinco mil quinientos pesos en el momento que me agarran y mi teléfono celular. Ellos tienen un convenio con un Banco, llamamos al Banco y yo ya tenía una tarjeta ahí pero fuimos a buscarla y no estaba, estaba en el correo, por eso volví al lavadero, agarré la plata que tenía y volvimos y paso lo que paso. Porque él me dijo entregame la mitad en efectivo hoy y la otra mitad el sábado”.

2) J.N.R.: “Ese día estaba en el taller, fui a comprar un repuesto, me mandan a la calle Z., vuelvo al taller, me cruzo con M., a la vuelta de mi taller el lava coches. Comimos juntos, le dije me voy a Capital a buscar unos repuestos –yo soy mecánico-, él tenía que hacer un tramite, compramos el repuesto y agarre la autopista de nuevo y bajamos en Constituyentes, me recuerda que lo lleve donde tenía que hacer un trámite, fuimos hasta B., doblamos a la derecha, seguíamos andando con la moto y me dice: “para, creo que es acá”. F. antes de llegar a la esquina, mano derecha. Me dice no es acá, para que llamo al muchacho. Sacó el teléfono del muchacho, llamo, llamo y en ese interín, frena un patrullero justo al lado de nosotros, nos quedan mirando y el patrullero en vez de arrancar derecho me encierra, se bajan, me dicen “bájese de la moto, que están haciendo”, le dije vinimos a hacer un trámite, nos hacen revisar -en un cesto de basura nos ponen-, nos palpan, uno de los policías me pega una patada en la rodilla, me tira al piso y le digo para, sino estoy haciendo nada. Me dicen “que moto se quieren robar”, le digo vengo a comprar, yo tenia la boleta y el repuesto en la mano. Nos pusieron las esposas, me sentaron medio de costado y acá estamos. Se llevaron la moto, los cascos. Había un alicate, lo tenía uno de los policías. Viene con el alicate, lo deja ahí y empezó a llamar testigos. No se si ellos lo quisieron poner o lo encontraron ahí el alicate. Preguntado porque lo Fecha de firma: 26/03/2018 Alta en sistema: 28/03/2018 Firmado por: H.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.E.G.M., SECRETARIO DE CAMARA #31005720#202261113#20180328100023689 querrían perjudicar los policías y si los conocía, dijo no se, jamás les vi la cara. Para mí quisieron robar la moto un rato antes y estaba el alicate tirado y nosotros estábamos ahí frenados. Había una moto con los cables cortados. Estábamos parados, palpándonos de armas, y el policía da la vuelta y me pega una patada. En el momento me dolía mucho la rodilla –yo tuve un accidente en moto-, ellos me querían arrodillar, no entiendo porque actuó así el policía, pero no estoy haciendo la denuncia de eso”.

Al momento de alegar, el Sr. Fiscal, Dr. E.C.M. expuso: “Voy a sostener la imputación porque encuentro numerosos elementos de prueba que me conducen a afirmar que el día 27 de noviembre de 2017 J.N.R. y F.F.M. intentaron apoderarse de una moto Honda que estaba estacionada en Beiró y S.M., de esta Ciudad. Para ello se cortaron los cables de ignición pero esto fue observado por un ciudadano que dio aviso a la policía. La materialidad y autoria surge del análisis de la prueba testimonial. El Sr. C., propietario de la moto, dijo que la había dejado apagada en el lugar para ir al trabajo, y Lucas Correa, otro de los testigos, que trabaja en la agencia “Clama”

nos dice que no vio solamente a dos personas cerca de la moto, sino que los vio en “actitud sospechosa cerca de la moto de su amigo”.

Esto hace que avise a la policía. No hay ningún tipo de confusión. No es que estaban hablando por teléfono o conversando. La policía actuó

inmediatamente. Ellos declararon en forma unánime que estaban realizando un trabajo, si bien policial, no era de prevención, en ese momento transportaban un vehículo e iban a buscar otro. F., P. y S. iban en el móvil 2403, y advirtió S. como éste ciudadano –Correa- le hacía una seña, una mención de que estaban realizando algo e inmediatamente actuaron. Los policías no vieron a una persona hablando por teléfono, sino una actitud sospechosa. Y luego C. se presentó y vio los cables cortados. Los policías S., P. y F. realizaron las actas de secuestro del alicate, esto no apareció tirado en el piso sino en el bolsillo del Fecha de firma: 26/03/2018 Alta en sistema: 28/03/2018 Firmado por: H.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.E.G.M., SECRETARIO DE CAMARA #31005720#202261113#20180328100023689 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 19 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 71417/2017/TO1 pantalón de uno de los imputados. La pericia dice que los cables fueron cortados, esto me lleva a decir que M. estaba con R. en el lugar y que intentaron sustraer la moto con el alicate. El secuestro fue después de la actuación policial. Tenían la tenencia de uno de los elementos secuestrados para realizar el delito. El acta de secuestro nos dice quien lo tenía encima el elemento. Los policías no conocían a los imputados, fueron llamados a intervenir y no hay ningún elemento que nos diga que estos policías quisieron agravar la situación. Más aún, tenemos los testigos del acta de secuestro: N.T. que vio el secuestro de la moto y también recordando un tema que no le quedo fijo en la memoria si estaba secuestrada la pinza. Por su parte, O.V., el otro firmante, dijo si, evidentemente había y se secuestro una pinza. Con esto que quiero decir, que hemos oído la defensa material, en primer lugar no hay...

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